Connect with us

Noticias

MTC: aprueban sistema de doble comando para vehículos de instrucción – Diario Nacional Realidad.PE

Limaaldia.pe

Published

on

Escuchar Noticia:
MTC: aprueban sistema de doble comando para vehículos de instrucción – Diario Nacional Realidad.PE


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó las características técnicas del sistema de doble comando de los vehículos que serán utilizados en la instrucción y evaluación de manejo en la vía pública, con la finalidad de mitigar los riesgos en la circulación terrestre y garantizar la seguridad y protección de las personas.

De esta manera, cuando las escuelas de conductores deban realizar la instrucción de manejo en la vía pública, y se realice la evaluación de manejo en la calle, lo harán en vehículos que cuenten con un sistema adicional de pedales de freno y aceleración en el lado del copiloto. Ello con el fin de que el instructor o evaluador pueda asistir al conductor ante una posible maniobra peligrosa.

Cabe precisar que, dicha asistencia será solo para el caso de obtención de las licencias de conducir de clase A, categoría I (de uso particular).

Asimismo, el MTC aprobó los criterios que deberán tenerse en cuenta para certificar la instalación y el buen funcionamiento del sistema de doble comando en los vehículos. El certificado solo podrá ser emitido por una entidad certificadora de conformidad de vehículos, autorizada por el MTC.

Estas medidas se encuentran recogidas en la Directiva N° 003-2023-MTC/18, denominada “Características Técnicas del Sistema de Doble Comando en los vehículos de las escuelas de conductores y de los Centros de evaluación, así como criterios para la certificación de su instalación y buen funcionamiento”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 012-2023-MTC, en el marco del Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.

Es importante señalar que, desde el MTC, se vienen implementando disposiciones técnicas y normativas, de manera progresiva, para que los procesos de instrucción y evaluación de manejo se realicen en condiciones óptimas, garantizando de esta manera la seguridad vial.

Visitas 1



Source link

Continue Reading
Comments

Noticias

Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Limaaldia.pe

Published

on

Escuchar Noticia:
Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

Continue Reading

Noticias

ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

Limaaldia.pe

Published

on

Escuchar Noticia:
ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

Continue Reading

Trending

Copyright © 2014 - 2023 Limaaldia.pe Es operado por CC Multimedios. | Todos los titulares mostrados en esta página son leídos desde los RSS de los respectivos medios. Limaaldia.pe no tiene responsabilidad por el contenido de dichos titulares, solo se limita a mostrarlos. Si su medio no desea que sus RSS sean publicados en este portal, escríbanos a [email protected]