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Obstaculizan ejecución de obra que beneficiará a cerca de medio millón de pobladores en el bajo Piura

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Un megaproyecto para mejorar el sistema de alcantarillado y agua potable en el bajo Piura y anunciado entusiastamente por la ministra de Vivienda Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cuéllar, podría quedar sin efecto luego de que el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) decidió suspender irregularmente la firma del contrato con el consorcio que se adjudicó la Buena Pro, cuando está por vencer el plazo legal para el inicio de las obras, según afirmaron pobladores de la zona.

El megaproyecto, denominado “Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado en los distritos de PiuraCastilla y Veintiséis de Octubre”, cuyo monto de inversión alcanza los S/617 millones para el beneficio de una población calculada en 460 mil habitantes, debe estar a cargo del Consorcio Piura y Castilla (CPC), integrado por China Tiesiju Civil Engineering Group Co.LTD Sucursal del Perú y J.P.C Ingenieros SAC y, según anunció la ministra Pérez de Cuéllar, las obras están programadas para iniciarse en abril de este año.

Según explicó el asesor jurídico del CPC, pocos días después del anuncio de la ministra, el PNSU les envió una carta comunicándoles de la existencia de observaciones que ellos debían absolver, siendo la principal observación que se habia detectado que una empresa del consorcio CPC (China Railway Construction Engineering Group Co. Ltd.) también participó en la licitación como parte de otro grupo económico, en referencia a la empresa (China Railway Construction Corporation Limited), ambas parecidas en nombre, pero totalmente diferentes conforme lo demostraron al exhibir la diferencia en los códigos de identificación del contribuyente.

“Nosotros hemos absuelto satisfactoriamente las observaciones de la entidad y hemos cumplido rigurosamente con todos los requisitos para ganar transparentemente la adjudicación de la Buena Pro y por más que hemos insistido hasta el momento no cumplen con la convocatoria para la firma del contrato”, declaró Micky García, el asesor jurídico del CPC.

En opinión del abogado, esta situación corresponde a un lamentable error de los funcionarios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano que podría perjudicar grandemente los intereses de la población piurana tan golpeada por los desastres naturales y que merece que esta obra se inicie y avance conforme al anuncio de la ministra Pérez de Cuéllar.

La obra comprende la construcción de 295 kilómetros de líneas y redes de agua potable, tres reservorios y una cisterna, 7,844 nuevas conexiones domiciliarias de agua potable y la renovación de 7,639 conexiones más.



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Midis informó que más de 53 000 usuarios de zonas alejadas cobran Pensión 65 con “carritos y avioncitos pagadores”

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• Programa social instalará puntos de pago en 231 localidades del país para llegar a los lugares más remotos.

Con el objetivo de garantizar que ningún usuario de Pensión 65 quede excluido, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), inició el pago de la subvención bimestral de S/350 a 53 382 usuarios que viven en los centros poblados y anexos más alejados del país, mediante el despliegue de las Empresas Transportadoras de Valores (ETV), conocidas como los “carritos y avioncitos pagadores”.

Esta estrategia permite acercar el Estado a las zonas de difícil acceso, superando barreras geográficas y climáticas, y asegurando que el apoyo económico llegue de manera oportuna, segura y digna a quienes más lo necesitan. La campaña comenzó el jueves 15 de enero en 12 localidades, donde se atendió a más de 2754 adultos mayores.

En la primera jornada, los “carritos pagadores” llegaron a localidades como Oroncoy (Ayacucho), Machaguay (Arequipa), Saramiriza, Bellavista y 12 de Octubre (Loreto); así como a los centros poblados de Asunción y Vista Alegre (Cajamarca), Paccaritambo y Marcapata (Cusco), Chilahuito y Santa Lucía (Puno), y San Ignacio (La Libertad).

El Midis informó que las ETV instalarán puntos de cobro en 231 localidades a nivel nacional, como parte de un despliegue sin precedentes que se extenderá hasta el 24 de febrero, fecha en la que se cerrará la campaña en el centro poblado Untuca, distrito de Quiaca, en la región Puno.

Al respecto, el director ejecutivo de Pensión 65, Luis Aguilar, señaló que los “carritos y avioncitos pagadores” recorrerán 15 departamentos del país. Destacó que Puno concentrará el mayor número de puntos de pago, con 47 en total, seguido de Apurímac (42), Loreto (25), Amazonas y Arequipa (19 cada uno), entre otras regiones, reafirmando el compromiso del Midis de llegar hasta los lugares más alejados y vulnerables del Perú.

Para revisar el cronograma completo, pueden ingresar al siguiente enlace: https://acortar.link/mdE3af.

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Elecciones 2026: JNE fija reglas de reemplazo para autoridades que renuncien o pidan licencia para postular

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la Resolución N° 00747-2025-JNE. Conoce quiénes asumen las alcaldías y gobiernos regionales cuando los titulares dejan el cargo para hacer campaña y cuáles son los plazos de retorno.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó la Resolución N° 00747-2025-JNE. Conoce quiénes asumen las alcaldías y gobiernos regionales cuando los titulares dejan el cargo para hacer campaña y cuáles son los plazos de retorno.

De cara a las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2026, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha establecido las disposiciones oficiales para evitar vacíos de poder en los gobiernos subnacionales. A través de la Resolución N° 00747-2025-JNE, el ente electoral detalló cómo se procederá ante la renuncia o licencia de gobernadores y alcaldes que decidan participar como candidatos.

La normativa busca garantizar que la prestación de servicios públicos no se interrumpa durante la campaña electoral. A continuación, te explicamos los escenarios planteados por el JNE.

1. Sucesión por Renuncia: ¿Quién asume el cargo?

Cuando la autoridad decide renunciar definitivamente para postular a un cargo de elección distinto, la sucesión es automática:

  • Gobiernos Regionales: Ante la renuncia del gobernador, el vicegobernador regional asume la titularidad.
  • Municipalidades: Ante la renuncia del alcalde, asume el primer regidor (o el siguiente en el orden de prelación).

El trámite: La nueva autoridad debe solicitar su credencial al JNE en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que la renuncia se hace efectiva. En el caso municipal, también se tramita la credencial del regidor accesitario para completar el concejo.

2. Sucesión por Licencia sin goce de haber

Para aquellos que soliciten un permiso temporal (licencia) para dedicarse a la campaña, el mecanismo de reemplazo es el mismo, pero las credenciales otorgadas son provisionales.

  • El vicegobernador o primer regidor asumen funciones inmediatamente.
  • Deben solicitar la credencial provisional al JNE dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud de licencia.

3. ¿Cuándo deben regresar a sus funciones?

Este es uno de los puntos más importantes de la resolución. El JNE hace una distinción sobre el fin de la licencia dependiendo del cargo al que se postula:

  • Candidatos a Alcalde, Regidor o Consejero: Su licencia finaliza el mismo día de la elección. Por tanto, deben reasumir sus funciones al día siguiente de los comicios.
  • Candidatos a Gobernador y Vicegobernador: La licencia se prorroga automáticamente hasta la proclamación oficial de resultados de la elección del 4 de octubre de 2026.

Ojo: Si hay una segunda vuelta regional, la licencia se extiende hasta el día de esa votación. La autoridad retorna al cargo al día siguiente.

4. Caso especial: Acefalía Regional

¿Qué ocurre si el gobernador y el vicegobernador renuncian o piden licencia simultáneamente? El JNE dispone que el Consejo Regional deberá elegir entre sus miembros hábiles a los reemplazos. El consejero delegado tendrá 10 días para gestionar las credenciales ante el jurado electoral.

Establecen disposiciones para el reemplazo de los gobernadores regionales y alcaldes que renuncien con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y para los casos en que soliciten licencia sin goce de haber – RESOLUCION – – JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

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