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Oficializan Ley de promoción y fortalecimiento de la acuicultura – Diario Nacional Realidad.PE

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El Poder Ejecutivo oficializó la Ley de promoción y fortalecimiento de la acuicultura, la cual había sido aprobada anteriormente por el Congreso de la República.

Mediante la Ley Nº 31666, publicada hoy en la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, se busca establecer medidas para fortalecer el desarrollo de la acuicultura sostenible en el país y promover las sinergias entre las empresas acuícolas a nivel nacional.

La norma es aplicable a las personas naturales o jurídicas que cuenten con derecho administrativo y habilitación sanitaria vigente para realizar la actividad de acuicultura, en las siguientes categorías productivas: Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y la Acuicultura de Mediana y gran Empresa (AMYGE), las cuales deben cumplir con todas sus obligaciones tributarias y sanitarias correspondientes.

Se encuentran comprendidos en los alcances de la presente ley las personas naturales o jurídicas que cuenten con derecho administrativo y habilitación sanitaria vigente para realizar la actividad de acuicultura y que realizan procesamiento industrial (proceso de congelado, envasado o curado) con fines de conservación y comercialización.

La mencionada ley también crea el Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola, dependiente del Fondo Crecer y del Fondo Mypyme, que deberá contar con recursos reembolsables y no reembolsables, los mismos que se definirán en los respectivos reglamentos.

La participación de las empresas que gocen de este beneficio se rige bajo los criterios de idoneidad para participar de los beneficios del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola, así como las tasas y otras condiciones del financiamiento, que serán definidas en los respectivos reglamentos.

El Poder Ejecutivo debe elaborar y publicar el reglamento de la presente ley en un plazo de 90 días calendario. Además, el Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo de 90 días hábiles, aprueba el Reglamento del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola del Fondo Crecer y el Reglamento Operativo del Programa de Financiamiento y Garantía para el Sector Acuícola del Fondo Mypyme.



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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO

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Rumbo a las Elecciones Generales 2026

  • Organismo electoral de primera instancia intensifica acciones de orientación ciudadana y promoción del Pacto Social

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3, en el marco de las acciones de promoción del Pacto Social “Liga de la Democracia por un Voto Informado”, logró la suscripción de 11 pactos en los distritos de Santiago de Surco, La Molina, Chorrillos y Barranco, iniciativa destinada a ampliar la difusión de información electoral oficial y fortalecer la participación ciudadana de cara a las Elecciones Generales (EG) 2026.

Durante las jornadas informativas el Facilitador e Implementador de Voto Informado (FIVI) de la Dirección Nacional de Educación, Participación y Formación Cívica Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), brindó orientación a jóvenes, emprendedores, docentes, estudiantes y personal administrativo sobre los requisitos de las autoridades a elegir, el proceso electoral y la importancia del voto responsable.

Esto, mediante dinámicas lúdicas y material pedagógico, se reforzaron conocimientos electorales y se promovió una cultura cívica informada en distintos espacios académicos y comunitarios.

El JEE Lima Oeste 3 destacó que entre los nuevos espacios institucionales suscritos al Pacto Social figuran la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL), en La Molina, y la Institución Educativa José María Eguren, en Barranco, cuyos aliados se comprometen a difundir información electoral verificada a través de sus plataformas y entornos institucionales, ampliando el alcance del Programa Voto Informado rumbo a las EG 2026.

El organismo electoral informó que continuará impulsando la suscripción de nuevos pactos sociales en coordinación con instituciones públicas, privadas y organizaciones comunitarias, con el fin de fortalecer la red de aliados y asegurar que más ciudadanos accedan a información oficial, clara y oportuna para el proceso electoral.

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JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA

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Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE

A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.

De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.

Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.

La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.

El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.

Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.

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