El Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada a favor del exalcalde de Anguía José Nenil Medina Guerrero, y anuló el mandato de prisión preventiva en su contra por los delitos de organización criminal, colusión agravada y lavado de activos en agravio del Estado.

Así lo decidió el magistrado Juan Núñez Matos, quien señaló en la resolución que no se puede admitir la prisión preventiva de 30 meses dispuesta por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional si no se efectuó ninguna valoración sobre otros medios de prueba para dictar esta medida coercitiva.

De acuerdo con la resolución, la medida fue excesiva y arbitraria ya que no se contaba con la justificación suficiente en relación con la evaluación del riesgo de fuga y obstrucción por parte del investigado, lo que indiscutiblemente lleva a la anulación de dichas resoluciones.

“No es suficiente que toda causa de privación o restricción del derecho a la libertad como la medida de prisión preventiva esté consagrada en la ley, sino que es necesario que esa ley y su aplicación respeten los requisitos y exigencias mínimas de los tratados internacionales sobre protección de derechos humanos”, indica la resolución

Medina Guerrero se encuentra investigado por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, colusión agravada y lavado de activos en agravio del Estado en el denominado caso Anguía.

De acuerdo con la investigación fiscal, el exalcalde de Anguía habría sido miembro del denominado Gabinete en la Sombra y de la presunta organización criminal liderada por el expresidente Pedro Castillo.


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