Actualidad
PRODUCE autoriza inicio de la segunda temporada de pesca de anchoveta en la zona sur del país desde 1 de julio
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) autorizó el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en el área marítima comprendida entre los 16°00’LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú.
El titular de PRODUCE, Sergio González, indicó que la cuota de captura asciende a 251 000 toneladas de anchoveta y que iniciara el 1 de julio de 2024 a las 00:00 horas. Asimismo, precisó que la fecha de conclusión de la segunda temporada será el 31 de diciembre de 2024 o una vez alcanzado el límite máximo total de captura permisible.
“El inicio de esta segunda temporada de pesca de anchoveta y anchoveta blanca en el sur del país representa un impulso a la economía del país y asegura la continuidad de una actividad vital. Desde PRODUCE seguimos trabajando para promover la sostenibilidad de la pesca de anchoveta en Perú y el bienestar de la economía nacional”, resaltó.
Cabe mencionar que solo se podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la segunda temporada de pesca en la zona sur del país, que será publicado en la Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto de PRODUCE.
Los titulares de las embarcaciones pesqueras con permisos de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) permiten y brindan las facilidades necesarias para el desarrollo y cumplimiento de las funciones de PRODUCE, incluyendo las actividades a ser realizadas por los fiscalizadores acreditados por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción
El incumplimiento de la Resolución Ministerial que establece el inicio de la segunda temporada de pesca es sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 012-2001-PE, en el Decreto Legislativo N.º 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 021-2008- PRODUCE, en el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables.
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¿A su perro le gusta echarse a tomar sol? –
Aunque solemos pensar que nuestros perros toman baños de sol para obtener vitamina D, en realidad los canes tienen otras razones para buscar ese rayito de sol.
Al respecto el médico veterinario Rodrigo Rondón, sostuvo que muchas veces lo hacen porque el calor les resulta agradable y puede ayudarles a regular su temperatura, especialmente cuando sienten frío.
Eso sí, como en todo, ¡los excesos no son buenos!, precisa el especialista.
Rondón indicó que debemos evitar que permanezca demasiado tiempo bajo el sol, especialmente durante las horas de mayor calor, y asegurarnos de que siempre tenga agua limpia, en un envase limpio, así como un lugar con sombra.
Nos recuerda que la próxima vez que encuentre a su engreído disfrutando de su baño de sol, lo más probable es que simplemente está disfrutando de ese momento grato.
Echarse al sol es saludable para los perros si se hace con moderación, proporcionando beneficios físicos y emocionales mientras se minimizan los riesgos.
Siga estas recomendaciones:
- Permitir que el perro elija entre sol y sombra según su comodidad.
- Evitar la exposición prolongada en horas de máximo calor.
- Revisar la piel y el pelaje regularmente para detectar signos de quemaduras o irritaciones.
- Consultar al veterinario antes de administrar suplementos de vitamina D, ya que los perros regulan esta vitamina de manera diferente a los humanos.
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Gobierno oficializó la reorganización del Liceo Naval Almirante Guise –
El Gobierno declaró la reorganización de la gestión educativa y gobernanza institucional del Liceo Naval Almirante Guise, bajo la conducción del Ministerio de Educación hasta el 31 de diciembre del 2027.
La medida de carácter extraordinaria y temporal que quedó establecida mediante el Decreto Supremo N.° 016-2026-Minedu, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que durante este proceso deberá mantenerse la calidad educativa alcanzada por la institución y garantizarse la prestación del servicio con un enfoque centrado en la protección integral de los estudiantes.
Asimismo, se fortalecerán las condiciones de seguridad, convivencia, prevención y atención frente a situaciones de violencia, de acuerdo con la normativa vigente.
Como parte de la reorganización, el Minedu realizará las acciones necesarias para designar de manera extraordinaria y temporal al director responsable del proceso, quien ejercerá el cargo hasta el 31 de diciembre del 2027.
La norma establece también que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Defensa, adopte las medidas necesarias para asegurar la continuidad del servicio educativo, brindar atención y acompañamiento socioemocional a los estudiantes y a la comunidad educativa, así como prevenir actos de violencia, intimidación o represalias.
Finalmente, el decreto precisa que la implementación de las medidas será financiada con cargo a los presupuestos institucionales de los sectores involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La norma es refrendada por los ministros de Educación y Defensa.
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