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Retiro de AFP: disponen apertura automática de cuentas para facilitar pago – Diario Nacional Realidad.PE | Noticias relevantes del Perú

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Retiro de AFP: disponen apertura automática de cuentas para facilitar pago – Diario Nacional Realidad.PE | Noticias relevantes del Perú


A fin de implementar el proceso de pago de los ahorros jubilatorios liberados por la Ley 31192, el Poder Ejecutivo autorizó hoy que las entidades del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación (BN), y las empresas de dinero electrónico puedan abrir cuentas a nombre de los beneficiarios identificados por las entidades que instruyen el pago, de forma masiva o individual, sin la necesidad previa de contratos y aceptación por parte de los titulares.

La medida se dispuso mediante decreto de urgencia (DU) 057-2021, publicado hoy en el diario El Peruano.

Se fija que las empresas del sistema financiero y las compañías emisoras de dinero electrónico, pueden compartir, con la entidad estatal o privada que instruye el pago, información de identificación de la cuenta o cuentas prexistentes de los beneficiarios, incluyendo el Código de Cuenta Interbancario (CCI); lo cual está exceptuado del alcance del secreto bancario. 

La entidad estatal o privada que instruye el pago, puede compartir los datos personales de los beneficiarios que resulten estrictamente necesarios para el propósito descrito en los párrafos que anteceden, lo cual se considera dentro de lo dispuesto en el inciso 9 del artículo 14 de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, únicamente a fin de efectuar la transferencia de fondos.

Se establece que las cuentas dispuestas líneas arriba pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos.

Se determina que (las cuentas) también pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico, cuando éstas no mantengan saldo por un periodo mínimo de seis meses o a solicitud del titular.

Se faculta a la SBS a establecer las características y condiciones adicionales para la apertura, uso y cierre de estas cuentas, a través de normas reglamentarias.

El presente DU tiene vigor hasta el 30 de setiembre del 2021, salvo las modificaciones del DL 1508, cuya vigencia es hasta el 31 de diciembre del 2022; así como lo referente a la apertura de cuentas den el sistema financiero, cuya vigencia es hasta el 30 de noviembre del 2021.

En los considerandos de la norma se señala que a través de la Ley 31192, aprobada por el Congreso, que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) a retirar hasta 17,600 soles o cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de sus ahorros jubilatorios, a fin de aliviar la economía familiar afectada por los efectos de la pandemia del covid-19.

Se explica que con el propósito de implementar el proceso de pagos de los fondos liberados para los afiliados al SPP, resulta necesario permitir la apertura de cuentas a los ciudadanos para que puedan efectuar diversas operaciones y acceder a diferentes servicios financieros, entre ellos: depósitos, conversión, pagos de bienes y servicios, transferencias bancarias, retiro de efectivo, entre otros.

Beneficios de cuentas de ahorro

Se menciona que la apertura de cuentas permitirá beneficiar a los ciudadanos en el contexto de Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional que atraviesa el país, de la siguiente manera: 

  1. Mayores medidas de seguridad a efectos de reducir la exposición al riesgo de acudir presencialmente a las oficinas de las entidades del sistema financiero para la apertura de cuentas.
  2. Menores costos de transacción para los usuarios, al evitar el desplazamiento hacia la oficina de la entidad del sistema financiero.
  3. Mayor rapidez para el uso inmediato de los fondos liberados a su favor.

Se destaca que como consecuencia de la aplicación de estas medidas a favor de los ciudadanos, se fomenta el desarrollo de un ecosistema de pagos con una adecuada infraestructura y cobertura de canales convenientes y accesibles para todo público; y se fortalecen los sistemas de protección de la población y la adecuada gestión de conducta de mercado de los proveedores de servicios financieros.

La medida dispuesta en el presente DU tiene vigencia hasta el 30 de noviembre del 2021.



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TLC entre Perú y Hong Kong entrará en vigencia este año, anuncia el premier Galarreta

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TLC entre Perú y Hong Kong entrará en vigencia este año, anuncia el premier Galarreta

El acuerdo, ya ratificado internamente mediante decreto supremo, busca ampliar el acceso de productos como el arándano, la uva y la palta al mercado asiático, como parte del cuarto eje de la Política General de Gobierno.

El presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, anunció ante la Cámara de Diputados que el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Perú y Hong Kong entrará en vigencia este año, como parte de la estrategia del Gobierno para ampliar los mercados de exportación y consolidar al país como una plataforma de comercio entre Sudamérica y Asia-Pacífico. El anuncio se dio en el marco de la presentación de la Política General de Gobierno 2026-2031.

Galarreta remarcó que el crecimiento económico debe reflejarse en resultados concretos para las empresas y los trabajadores, no solo en cifras del PBI. «Crecer es que la empresa tenga reglas estables, que el productor consiga crédito y agua y que la carga llegue a tiempo al mercado”, afirmó. El premier destacó que el Perú cuenta actualmente con 24 acuerdos comerciales vigentes, que cubren el 87% de las exportaciones nacionales, y adelantó que este año también se avanzará en nuevos acuerdos y en la promoción de la oferta exportable de las regiones.

El TLC con Hong Kong ya fue ratificado internamente por el Perú mediante el Decreto Supremo N.° 030-2026-RE, lo que dejó pendiente solo la notificación oficial a la contraparte para definir la fecha exacta de su puesta en marcha. El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Berthin Gómez Vela, había explicado semanas antes que, con esta ratificación, «nuestro país concluye los procedimientos legales internos necesarios para su próxima entrada en vigor». Entre los productos peruanos con mayor demanda en ese mercado asiático destacan el arándano, la uva y la palta, mientras que las importaciones desde Hong Kong se concentran en productos siderúrgicos, químicos y metalmecánicos.

Fuente: Infobae

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Desempleo en Lima Metropolitana cae a su nivel más bajo desde que existen registros comparables

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Desempleo en Lima Metropolitana cae a su nivel más bajo desde que existen registros comparables

La tasa se ubicó en 4.7% entre mayo y julio, con una brecha que sigue golpeando más a las mujeres, mientras la masa salarial de los trabajadores creció 13.8% frente al año pasado.

La tasa de desempleo en Lima Metropolitana se ubicó en 4.7% en el trimestre móvil mayo-junio-julio de este año. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), se trata de la cifra más baja registrada desde que existe una serie comparable de la Encuesta Permanente de Empleo Nacional. El resultado representa una caída de 1.4 puntos porcentuales frente al mismo periodo de 2025, cuando la tasa llegó a 6.1%. En cifras absolutas, 294 100 personas buscaron empleo activamente durante estos meses.

La reducción no fue pareja entre hombres y mujeres, pues la tasa de desempleo femenino se ubicó en 5.5%, 1.6 puntos por encima de la masculina (3.9%). Del total de la población desempleada, el 55.4% (163 000 personas) fueron mujeres, frente al 44.6% (131 100) de hombres.

El INEI también reportó que la masa salarial —el conjunto de remuneraciones acumuladas por los trabajadores dependientes e independientes— creció 13.8% frente a similar trimestre del año anterior. La población ocupada, por su parte, llegó a 5988,700 personas (+7.7%), impulsada principalmente por el sector servicios, que concentra el 56.3% del empleo en la capital, seguido de comercio (22.4%), manufactura (12.9%) y construcción (7.1%).

Fuente: Andina

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