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Retiro de AFP: disponen apertura automática de cuentas para facilitar pago – Diario Nacional Realidad.PE | Noticias relevantes del Perú
A fin de implementar el proceso de pago de los ahorros jubilatorios liberados por la Ley 31192, el Poder Ejecutivo autorizó hoy que las entidades del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación (BN), y las empresas de dinero electrónico puedan abrir cuentas a nombre de los beneficiarios identificados por las entidades que instruyen el pago, de forma masiva o individual, sin la necesidad previa de contratos y aceptación por parte de los titulares.
La medida se dispuso mediante decreto de urgencia (DU) 057-2021, publicado hoy en el diario El Peruano.
Se fija que las empresas del sistema financiero y las compañías emisoras de dinero electrónico, pueden compartir, con la entidad estatal o privada que instruye el pago, información de identificación de la cuenta o cuentas prexistentes de los beneficiarios, incluyendo el Código de Cuenta Interbancario (CCI); lo cual está exceptuado del alcance del secreto bancario.
La entidad estatal o privada que instruye el pago, puede compartir los datos personales de los beneficiarios que resulten estrictamente necesarios para el propósito descrito en los párrafos que anteceden, lo cual se considera dentro de lo dispuesto en el inciso 9 del artículo 14 de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, únicamente a fin de efectuar la transferencia de fondos.
Se establece que las cuentas dispuestas líneas arriba pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos.
Se determina que (las cuentas) también pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico, cuando éstas no mantengan saldo por un periodo mínimo de seis meses o a solicitud del titular.
Se faculta a la SBS a establecer las características y condiciones adicionales para la apertura, uso y cierre de estas cuentas, a través de normas reglamentarias.
El presente DU tiene vigor hasta el 30 de setiembre del 2021, salvo las modificaciones del DL 1508, cuya vigencia es hasta el 31 de diciembre del 2022; así como lo referente a la apertura de cuentas den el sistema financiero, cuya vigencia es hasta el 30 de noviembre del 2021.
En los considerandos de la norma se señala que a través de la Ley 31192, aprobada por el Congreso, que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) a retirar hasta 17,600 soles o cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de sus ahorros jubilatorios, a fin de aliviar la economía familiar afectada por los efectos de la pandemia del covid-19.
Se explica que con el propósito de implementar el proceso de pagos de los fondos liberados para los afiliados al SPP, resulta necesario permitir la apertura de cuentas a los ciudadanos para que puedan efectuar diversas operaciones y acceder a diferentes servicios financieros, entre ellos: depósitos, conversión, pagos de bienes y servicios, transferencias bancarias, retiro de efectivo, entre otros.
Beneficios de cuentas de ahorro
Se menciona que la apertura de cuentas permitirá beneficiar a los ciudadanos en el contexto de Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional que atraviesa el país, de la siguiente manera:
- Mayores medidas de seguridad a efectos de reducir la exposición al riesgo de acudir presencialmente a las oficinas de las entidades del sistema financiero para la apertura de cuentas.
- Menores costos de transacción para los usuarios, al evitar el desplazamiento hacia la oficina de la entidad del sistema financiero.
- Mayor rapidez para el uso inmediato de los fondos liberados a su favor.
Se destaca que como consecuencia de la aplicación de estas medidas a favor de los ciudadanos, se fomenta el desarrollo de un ecosistema de pagos con una adecuada infraestructura y cobertura de canales convenientes y accesibles para todo público; y se fortalecen los sistemas de protección de la población y la adecuada gestión de conducta de mercado de los proveedores de servicios financieros.
La medida dispuesta en el presente DU tiene vigencia hasta el 30 de noviembre del 2021.
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SCOTIABANK: LA ECONOMÍA PERUANA CRECIÓ ALREDEDOR DE 3% EN EL SEGUNDO TRIMESTRE POR EL IMPACTO DE EL NIÑO
El banco estima que el fenómeno climático le restó cerca de un punto porcentual al PBI de junio, principalmente por la menor pesca y el impacto en la agricultura, en un trimestre que suele concentrar el mayor peso de los sectores primarios.
El Departamento de Estudios Económicos de Scotiabank estimó que la economía peruana creció alrededor de 3% entre abril y junio de este año, por debajo del 3.5% registrado en el primer trimestre. El banco atribuyó esta desaceleración al impacto del Fenómeno El Niño (FEN) sobre la actividad productiva del país durante estos meses.
Según la entidad, solo en junio el fenómeno le habría restado cerca de un punto porcentual al PBI: «El impacto del Fenómeno El Niño sobre el Producto Bruto Interno habría sido cercano a 1 punto porcentual», señaló, considerando tanto el menor desembarque de anchoveta como la caída en los rendimientos agrícolas. Scotiabank remarcó que el segundo trimestre suele ser, además, el de mayor peso de los sectores primarios dentro del PBI, lo que amplifica el efecto de este tipo de choques climáticos sobre el resultado trimestral.
Este resultado se suma a un primer trimestre que ya había mostrado señales de esa misma vulnerabilidad: en marzo, la agricultura registró una ligera caída de 0.1%, explicada por el adelanto de cosechas —como el de la uva— ante el temor a las lluvias intensas asociadas a El Niño, lo que anticipó el tipo de ajustes que el fenómeno seguiría generando en los sectores primarios a lo largo del año.
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MOODY’S ADVIERTE QUE EL APOYO ESTATAL DE US$2000 MILLONES A PETROPERÚ SIGUE SIN RUTA CLARA DE EJECUCIÓN
Más de dos meses después del anuncio del Gobierno, la calificadora de riesgo señala que no hay claridad sobre cuándo se desembolsará el financiamiento ni cómo se estructurará, mientras la petrolera estatal solo cuenta con US$34 millones en caja.
El Gobierno aprobó en mayo un decreto de emergencia que autoriza un esquema de financiamiento privado de hasta US$2000 millones para Petroperú, destinado a la compra de combustible y a garantizar la continuidad operativa de sus refinerías. La medida contempla recursos de la banca privada internacional, canalizados mediante un fideicomiso a cargo de ProInversión, sin comprometer el Tesoro Público. Sin embargo, más de dos meses después del anuncio, la calificadora de riesgo Moody’s advirtió que persisten dudas sobre cuándo se desembolsarán esos recursos, cómo se estructurará el financiamiento y cuál será el mecanismo para canalizarlo hacia la empresa estatal.
Para la agencia, esa falta de claridad afecta directamente la confianza de los inversionistas. «El apoyo gubernamental sigue siendo esencial para Petroperú, pero su ejecución es incierta», calificó Moody’s al decreto. El esquema contemplaba, además, un primer tramo de US$500 millones que debía desembolsarse en junio para financiar el capital de trabajo de la petrolera. Semanas antes, el presidente ejecutivo de ProInversión, Luis Del Carpio, había proyectado a RPP que «en el transcurso de este mes se da el primer tramo del financiamiento», destinado a la compra de crudo para las refinerías. Hasta la fecha, ese desembolso no se ha concretado.
La calificadora también alertó que la liquidez de Petroperú sigue siendo frágil, debido a que, a marzo de este año, la empresa contaba con apenas US$34 millones disponibles en caja, una cifra que considera reducida frente a sus necesidades operativas, y parte de sus operaciones se financian con pagos pendientes a proveedores. Pese a que la petrolera mejoró sus resultados —con un ebitda de US$273 millones en el primer trimestre— gracias a mayores márgenes de refinación, Moody’s remarcó que la liquidez, el alto nivel de deuda y la continuidad operativa siguen siendo los principales riesgos crediticios para la empresa, por encima incluso de los controles de precios de combustibles.
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