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60% de juicios de corrupción a altos funcionarios son por tráfico de influencias y cohecho – Señal Alternativa

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El 60 % del total de procesos por delitos de corrupción en que están involucrados altos funcionarios de la administración pública, corresponden a delitos de tráfico de influencias y cohecho o soborno, se informó desde el Poder Judicial.

El juez de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, Manuel Luján Túpez, explicó que el tráfico de influencias consiste en hacer, tramitar o conseguir un resultado en la administración pública, a cambio de dinero u otro beneficio particular.

Se trata de un ilícito que puede ser perpetrado tanto por un alto funcionario como por cualquier ciudadano, manifestó el magistrado.

Si incurre en dicha figura alguien con capacidad de ejecutar lo que ofrece, se llama tráfico de influencia real, indicó Luján. Ejemplo de ello es el ofrecimiento que hace un ministro de Estado a un proveedor para darle el contrato de licitación de una carretera.

“En cambio, si lo ofrece un amigo del ministro, que no tiene el poder de concretarlo, se llama tráfico de influencias simulado o fraudulento”, precisó el magistrado.

Delito de cohecho

Sobre el delito de cohecho o soborno, este se configura “cuando una persona paga para que otra realice o deje de realizar algún acto que le corresponde”.

Un ejemplo práctico es el de un gobernador o gerente regional que para contratar proveedores o personal pide dinero a cambio. Esto se denomina cohecho activo, precisó el juez.

“Si es el trabajador quien, para conseguir un contrato, ofrece al gobernador o gerente darle tres sueldos, eso sería cohecho activo, porque el funcionario recibe lo que le entrega quien ofrece”, agregó

Las penas por cohecho pueden llegar hasta los diez años de cárcel. Por tráfico de influencias, hasta los ocho años.

El cumplimiento de estas condenas está exento de beneficios penitenciarios como los de la semilibertad o la libertada condicional, entre otros.

Fuente: Andina



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Se puede ser víctima, cuando se actúa con irresponsabilidad, creo que no. – Señal Alternativa

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El argumento para evitar se suspendido por 90 días del cargo de alcalde de Puente Piedra, es victimizarse.

El pasado 01 de mayo, un violento accidente de tránsito, ocupó la atención de la opinión pública y medios de comunicación. La razón, el vehículo siniestrado propiedad de Rennán SAC en su interior iba el alcalde Rennán Espinoza Rosales y tres acompañantes todos funcionarios de la municipalidad.

Posterior al violento accidente, hubo una serie de hechos que hoy investiga el Ministerio Público y seguramente ha de llegar a los fueros judiciales, en su oportunidad.

El alcalde Espinoza Rosales, como principal argumento a su defensa para evitar ser sancionado por el Concejo Municipal en la vía administrativa, con una merecida suspensión por 90 días, es afirmar, haber sido víctima del accidente de tránsito.

Señor alcalde, nada de esto hubiera sucedido, si usted no hubiera actuado con la irresponsabilidad con la que actuó previamente, haber entregado el manejo de su vehículo a una persona sin licencia de conducir, es por demás irresponsable y que hubiera producido irreparables daños personales a los que se encontraban como sus acompañantes dentro del vehículo.

No se puede ocultar esta verdad. Usted señor alcalde, actuó con irresponsabilidad y que merece ser sancionada para que no se vuelva a repetir, es de justicia.

Fuera de juego

Al cierre de esta edición, la sesión extraordinaria convocada para debatir una sanción por 90 días de suspensión del cargo de alcalde de Puente Piedra, nos mostró un cohesionado bloque de regidores de minoría cuyos votos a pesar de sus argumentos, no alcanzaron los suficientes para lograr suspender al cuestionado alcalde de Puente Piedra. La batalla legal continuará en la sede del JNE que en segunda instancia resolverá. Si es que, dentro del plazo legal, se apela la decisión en primera instancia tomada por el Concejo Municipal de desestimar la suspensión del cargo de alcalde de Puente Piedra.



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Cinco establecimientos comerciales fueron sancionados por incumplir normas sanitarias. – Señal Alternativa

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Fueron sancionados desde el 30 % hasta 1 UIT.

Dentro del marco por la celebración del Día de la Madre, la municipalidad de Surco realizó diversas inspecciones inopinadas a los establecimientos que vienen funcionando en el distrito con el objetivo de garantizar que estos lugares brinden servicios con los más altos estándares de higiene y seguridad.

El personal de fiscalización y control en trabajo conjunto con salud pública, supervisaron minuciosamente las condiciones higiénico-sanitarias de los locales como restaurantes, cafeterías, panaderías, pastelerías, salones de spa, entre otros.

Durante las intervenciones, se observaron deficiencias en el área de producción, tales como falta de mantenimiento en equipos, artefactos y utensilios utilizados para la elaboración y almacenamiento de alimentos, así como estructuras que requieren renovación para mejorar el servicio ofrecido.

También, se verificó los sistemas de seguridad en los locales comerciales, incluyendo la operatividad de extintores, luces de emergencia, certificados de inspección técnica de seguridad en edificaciones y documentación municipal y más.

Como resultado de estas inspecciones, cinco locales fueron sancionados por no contar con las estructuras, instalaciones físicas o implementos adecuados, por deficiencias en los equipos y/o artefactos, utilizar bienes deteriorados y más, esos establecimientos recibieron una multa desde el 30% hasta 1 UIT.

Asimismo, se constató establecimientos que se encontraban en óptimas condiciones de salubridad.

La municipalidad de Surco continuará con estos operativos inopinados para asegurar el bienestar de nuestros vecinos y visitantes.



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