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Aprueban Ley para fortalecer capacidad financiera y reactivación de las mypes – Diario Nacional Realidad.PE

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El Congreso de la República aprobó la Ley que establece la libre disposición de los fondos de las cuentas de detracciones para fortalecer la capacidad financiera de las micro y pequeñas empresas (mypes) y contribuir con su reactivación económica.

De esta manera hoy se publicó la Ley N° 31903 en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

El objetivo de esta Ley es establecer, de manera extraordinaria, la libre disposición de los fondos de las cuentas de detracciones y perfeccionar los procedimientos generales del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) para las mypes.

Con ello se fortalecerá la capacidad financiera y se impulsará la reactivación económica de este segmento empresarial ante el impacto de la crisis económica, precisa el dispositivo.

Aplicación

Esta Ley es aplicable a las mypes, personas naturales o personas jurídicas, cuyas ventas anuales cumplan con los límites máximos establecidos en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo 013-2013-Produce.

  • Microempresa: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias
    (UIT).
  • Pequeña empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1,700
    Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
  • Promperú: el 85% de empresas expositoras en el Perú Moda Deco son mypes

Para determinar los límites de las ventas anuales de estas mypes, se consideran las ventas totales al cierre del ejercicio fiscal 2021 o al cierre del ejercicio fiscal anterior al de la fecha de publicación de la Ley para aquellas mypes registradas en el ejercicio 2022 en adelante.

Así, las mypes que sean titulares de las cuentas de detracciones en el Banco de la Nación u otras entidades financieras, de corresponder, pueden solicitar la libre disposición de los montos depositados y acumulados en dichas cuentas, sujetos a las siguientes condiciones:

a) La solicitud de liberación de las mypes se presenta, por única vez, desde el primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente ley hasta el último día del tercer mes siguiente al de la publicación de esta.

b) La solicitud es presentada ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), mediante Sunat Operaciones en Línea.

c) La solicitud comprende el saldo acumulado en la cuenta de detracciones hasta la fecha de la solicitud de liberación de fondos.

d) La solicitud de liberación comprende todas las cuentas de detracciones de las mypes y por todos los conceptos, incluyendo la cuenta especial – IVAP.

e) La liberación de los fondos no está sujeta a ninguna condición adicional, salvo las señaladas en esta Ley.

Obligaciones tributarias

Se precisa que el uso de los fondos de detracciones es solo para obligaciones tributarias.

Así, la Sunat solo puede trasladar de oficio los fondos de las cuentas de detracciones, a cargo de los titulares de las mypes consideradas en este Ley, para el pago de las deudas tributarias administradas o recaudadas por dicha entidad.

No son de aplicación para las mypes comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente ley las causales dispuestas en el párrafo 9.3 del artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 940, aprobado por el Decreto Supremo 155-2004- EF, referente al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central.

Se prohíbe a la Sunat realizar de oficio transferencias de fondos de las cuentas de detracciones de las mypes a ser ingresados como recaudación bajo supuestos no contemplados en la presente ley.

Asimismo, se establece el procedimiento general de liberación automática de fondos mediante el cual la Sunat procede de oficio, sin requerir solicitud del titular, para la liberación de los fondos de los titulares de las cuentas de las mypes respecto de los fondos acumulados que no fueron agotados en los tres últimos meses consecutivos.

Ello, teniendo como único requisito no tener, a la fecha de presentación de la solicitud, deuda tributaria pendiente de pago administrada por la Sunat. No se considera como deuda pendiente de pago las cuotas de aplazamiento o fraccionamiento de carácter particular o general que no hubieran vencido a la fecha de presentación de la solicitud.

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Día del Padre también se celebró en los cementerios de Lima y Callao

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Parte de las celebraciones por el Día del Padre se realizaron en los cementerios de Lima y Callao, hasta donde llegaron miles de personas que decidieron visitar a los papás que partieron.

En el cementerio El Ángel, familiares llevaron hasta conjuntos criollos para llevarle serenata a los padres. “A mi abuelo Jerónimo Alarcón lo recordamos con mucho cariño y amor. Era una persona muy querida, ejemplar, bailarín, una persona A1. Me enseñó valores que hasta ahora recuerdo”, manifestó su nieto.

En el cementerio de Comas, no faltaron lo que llevaron botellas de cerveza hasta el nicho donde reposan los restos de su padre para brindar en su nombre y como fondo musical las canciones que más le recordaban a su papá. En varios cementerios se prohibió llevar flores naturales para evitar los frascos con agua.



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Sector agroexportador ha llamado la atención de los inversionistas

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“Si bien el sector agroexportador enfrenta desafíos propios del sector, las oportunidades de desarrollo son significativas y han captado el interés de diversos inversionistas”, indicó Licia Vergara, de Macroinvest.

El sector agroexportador peruano es uno de los motores de crecimiento más dinámicos en la economía del país, así lo expresó Licia Vergara de Macroinvest. “Los productos estrella son sin duda el arándano (25% del total de exportaciones de frutas y hortalizas en 2023), uva (25%), aguacate (14%) y espárrago (7.5%). Estos cultivos han posicionado a Perú como uno de los principales productores agrícolas a nivel mundial: primer productor de arándano y espárrago; segundo productor de uva; y tercer productor de aguacate”, detalló.

De acuerdo con las proyecciones macroeconómicas del MEF, el sector agrícola impulsará el crecimiento del PBI en los siguientes años, con un crecimiento esperado del PBI agrícola de 3.2% para el 2024 (3.1% PBI total) y 4.0% para el 2025-2027 (3.0% PBI total). Al respecto, Vergara sostuvo que Perú es un país con abundantes recursos hídricos, siendo uno de los países con mayores reservas hídricas a nivel mundial. “Sin embargo, la distribución de este recurso es desigual. Mientras que la región amazónica cuenta con una gran cantidad de agua, las regiones costeras, donde se concentra gran parte de la actividad agroexportadora, enfrentan problemas de escase”, advirtió.

Finalmente, destacó que grandes proyectos de irrigación como Olmos y Chavimochic ayuden a mitigar estos problemas al permitir transferir agua para su aprovechamiento en la irrigación de tierras eriazas. ”Para impulsar la continuidad y desarrollo del sector, se siguen promoviendo megaproyectos de irrigación como Chavimochic III, Alto Piura, Chinecas y Majes Siguas II, con una inversión por $2,900 millones. Se estima que estos proyectos incrementarán la superficie cosechada en 170 mil hectáreas”, finalizó.

Fuente: Gestión

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