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-BRUTAL: todo lo que está mal en la sentencia contra el periodista que se atrevió a escribir sobre César Acuña
Esta mañana el Poder Judicial sentenció a dos años de pena privativa contra la libertad (suspendida) al periodista Christopher Acosta y al editor Jerónimo Pimentel por el libro Plata como cancha. También les exige una reparación civil de 400 mil soles por «agraviar el honor de César Acuña Peralta».
Lord Aquña y Enrique Ghersi escuchando la sentencia.
Imagen: Una mala persona
El juez encargado del caso se llama Raúl Jesús Vega del 30 Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima y su sentencia contra el ejercicio de la libertad de prensa ha sido apelada y tendrá que discutirse en una segunda instancia del Poder Judicial.
Por supuesto, para todas las personas sensatas del país, la sentencia es abusiva y afecta directamente la libertad de expresión, de información y, por consiguiente, la democracia.
Estas fueron algunas reacciones
El querellado es el periodismo.
– Lisseth Melendez Vargas (@lismelendezpm) 10 de enero de 2022
Escuchado la sentencia del caso de Cesar Acuña contra @TrujiYo Como abogada estoy en shock, para el juez no vale como fuente una entrevista publicada en un diario de quien dijo algo que se incorpora en el libro. ¿Entonces que puede usar como fuente? #PlataComoCancha
– Pierina Oliva Perla (@pierinaoliva) 10 de enero de 2022
El juez Jesús Raúl Vega está (re) definiendo lo que para el periodismo de investigación en el Perú debe ser «fuente confiable».
Eso es terrible.– Daniel Yovera (@danielyovera) 10 de enero de 2022
César Acuña nunca quiso darse cuenta de que este acto de prepotencia y arbitrariedad acaba con sus posibilidades de ser presidente.
– Raúl Tola Pedraglio (@eldiarionegro) 10 de enero de 2022
si Acuña tenía algún problema con todas esas afirmaciones debería haber querellado a todos los que las dijeron con nombre y apellido. pero no lo hizo.
— ️ Marco Sifuentes (@ocram) 10 de enero de 2022
«no es necesario ser autor del libro para verificar su contenido», dice la sentencia para irse contra la editorial
esto es una brutalidad
— ️ Marco Sifuentes (@ocram) 10 de enero de 2022
Nunca se olviden los nombres de los abogados que ayudaron a Acuña a sentenciar a Christopher Acosta, Jerónimo Pimentel y ponerle la mordaza a todos los periodistas: Enrique Ghersi Silva, Omar Toledo Touzet, Julio Galarreta Angulo, Carlos Saul Gutiérrez y Eduardo Estrada Palacios. pic.twitter.com/pzlx4wrq3D
— Jonathan Castro (@jsudaka) 10 de enero de 2022
Pero, ¿qué cosas están mal en la sentencia contra el periodismo?
Acuña acusó 55 frases como difamatorias, aunque el juez no le ha dado la razón en todas. Sin embargo, las que fueron admitidas son bastante problemáticas pero vamos a detenernos en solo algunos ejemplos que pueden ayudarnos a señalar qué cosas están mal en esta sentencia.
Sobre la denuncia publica de violencia
En el 2014, la excongresista y exesposa de Acuña, Rosa Núñez, acusó públicamente al líder de Alianza para el Progreso de violencia, en medio de un litigio patrimonial tras su divorcio. Lo hizo en el dominical de canal 5, Panorama y también en Perú 21.
Aqui pueden ver el video:
Y aquí la entrevista en Perú 21:
No vayan a leer esta entrevista a Rosa Nuñez porque el señor Acuña se molesta mucho. No la lean. https://t.co/Lck1W24RUW
– Emilio Camacho (@CamachoEmilio) 10 de enero de 2022
Lo que hace el periodista Christopher Acosta es recoger las frases dichas por Rosa Núñez en esas notas y colocarlas en su libro con la cita específica. Hace lo que todo periodista o académico hace:
Abusivos son con mi pata Servando.
Imagen: Gestión
El juez Raúl Jesús Vega considera que Acosta comete difamación. ¿Por qué? Porque no puede demostrar los hechos de los cuales se le acusa a Acuña en esas frases y no ha citado una «fuente confiable».
Según lo que nos explicó la constitucionalista y exministra de Justicia, Ana Neyra, el juez coloca una prueba estándar casi imposible de alcanzar. Es decir:
¿Quién o qué es «fuente confiable» según el juez Raúl Jesús Vega?
¿Por qué un periodista debe ser testigo presencial de un hecho del que escribirá? Y si no lo es, ¿Por qué el periodista es culpable de algo que dijeron otros?
Aquí el periodista Ricardo León resume bien el problema de esta sentencia usando como ejemplo al propio César Acuña:
Acuña hace poco en una entrevista para @elcomercio_peru dijo: «Este gobierno no ha hecho nada en cien días». Según el juez, yo no debí haber publicado esa frase (¡que él dijo!) sin antes comprobar que este gobierno no ha hecho nada en cien días.
— Ricardo León (@erreleon) 10 de enero de 2022
Y el problema se hace mayor:
- Imagínense ahora lo que pasaría con los reportajes sobre denuncias de violencia de género que incluyen la reserva de las fuentes que acusan a un personaje o personajes.
- Ahora imagínense qué sucederá con los cientos de reportajes que incluirán testimonios de colaboradores eficaces que acusaron a alguien de corrupción.
Si la sentencia contra el periodista Christopher Acosta se confirma, será imposible escribir e informar. Lo que manda el juez Raúl Jesús Vega es que solo nos ciñamos a las fuentes oficiales ya sentencias condenatorias. Y lo que hace el periodismo es precisamente eso: cuestionar las fuentes oficiales. Y no lo decimos nosotros, sino el presidente de Transparencia, Iván Lanegra:
El estándar de verificación de información que están usando en el caso @TrujiYo obligaría en muchos casos a solo poder usar fuentes oficiales. Está bien exigir rigurosidad, pero la investigación periodística puede implicar precisamente cuestionar la información oficial.
— Iván Lanegra (@ilanegra) 10 de enero de 2022
Además, hay un precedente internacional
Hay algo llamado el «Reporte fiel» que es un estándar internacional que figura en la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh).
¿Qué dice el «Reporte fiel»?
- Que “La reproducción fiel de información no da lugar a responsabilidad, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona”. (Este es un aporte de la exministra Ana Neyra en su cuenta de Twitter).
Sin embargo, este precedente no ha sido tomado en consideración por el juez Raúl Jesús Vega en la sentencia contra Christopher Acosta y Jerónimo Pimentel, director de la editorial Penguin Random House. Y sobre esto último hay otra cosa muy mala también en lo dictado por el juez.
Responsabilizar a una editorial
La exministra Ana Neyra también nos explicó por qué responsabilizar a la editorial Penguin en un proceso por difamación marca un precedente negativo. Esto es lo que dijo el juez:
#PlataComoCancha
En su sentencia, el juez señala que el editor (@jeropim) no necesita ser autor del libro para hacerse responsable de su contenido, aduciendo la posibilidad de futuros problemas legales en torno a contenidos.— Pájinas libres (@paginaslibrespe) January 10, 2022
Sentenciar también a Jerónimo Pimentel, director de la editorial que publica Plata como cancha indica que todas las editoriales deberán hacerse responsables junto con sus autores de los problemas que se deriven de una publicación. Esto también limita los alcances del negocio editorial. La editora te presta la plataforma y en el contrato se estipula que el autor es responsable de lo que publica. Implicar a una editorial es como denunciar a Twitter por un tuit falso de López Aliaga. Por tanto, también marca un precedente preocupante.
La sentencia, si bien ha sido apelada, ya ha sido leída y pública. El daño está hecho y solo queda estar vigilantes de lo que pueda hacer el Poder Judicial como institución y sus magistrados sobre los que recaiga la apelación de algo que, de permanecer, afectará la manera cómo concebimos no solo la prensa, sino la democracia y el país entero. Esta nota ni siquiera podría escribirse si se confirma todo lo que el juez Raúl Jesús Vega dictaminó esta mañana.
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MP pide prisión preventiva contra Nadeska Widausky por presunto delito de lavado de activos –
Por el presunto delito de lavado de activos, el Ministerio Público ha pedido al Poder Judicial variar la medida de comparecencia simple por ocho meses de prisión preventiva contra la modelo e influencer peruana Nadeska Widausky.
La solicitud fue elevada por el Primer Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, informó la institución a través de sus redes sociales oficiales.
Según el Ministerio Público, es “investigada por lavado de activos en la modalidad de ocultamiento de beneficios ilícitos y presentar desbalance patrimonial”.
“Según la acusación fiscal, Widausky habría generado beneficios ilícitos con propiedades y vehículos en favor de Ítalo Farías y Alfredo Vallejo”, señaló la institución.
Nadeska Widausky se encuentra actualmente recluida en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad Anexo de Mujeres, ubicado en el distrito limeño de Chorrillos; luego de que el Poder Judicial le dictara nueve meses de detención preventiva con fines de extradición.
Como se recuerda, en mayo pasado, agentes de la Policía Nacional detuvieron en Lima a la modelo e influencer, quien tiene una notificación roja de Interpol emitida por la justicia de Bélgica.
De acuerdo a la Policía Nacional, Nadeska Widausky es requerida por la justicia belga por “la presunta comisión de los delitos de trata de personas, proxenetismo, robo con violencia o amenaza, ilícitos que contemplan una pena máxima de hasta 20 años de prisión”.
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Segunda vuelta: Definición de resultados oficiales tardará hasta catorce días por revisión de 1,500 actas –
Advierten que las impugnaciones de las agrupaciones políticas amenazan con dilatar aún más la entrega del cómputo oficial definitivo.
Pese al avance sostenido de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el procesamiento de los sufragios de la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026, la proclamación del próximo presidente de la República se encuentra en un escenario de total incertidumbre jurídica. El retraso en los resultados definitivos no responde a la velocidad del conteo técnico, sino a la obligatoria auditoría legal de más de 1,500 actas observadas e impugnadas que han sido derivadas a los Jurados Electorales Especiales (JEE).
La situación adquiere una alta sensibilidad política debido al estrecho margen de diferencia entre los candidatos Keiko Fujimori y Roberto Sánchez. Expertos en derecho electoral advierten que resolver estos expedientes tomará un mínimo de 14 días, un plazo que podría prolongarse significativamente si las agrupaciones políticas deciden interponer recursos de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Tipología de las observaciones y el procedimiento de cotejo técnico
El paquete de actas enviado a la justicia electoral abarca tanto los documentos observados por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) debido a fallas operativas, como aquellos impugnados directamente por los personeros partidarios en las mesas de votación. De acuerdo con el marco normativo, las observaciones técnicas responden a criterios específicos que invalidan temporalmente el documento:
- Inconsistencias numéricas y de legibilidad: Discrepancias obvias en las sumas de los votos válidos, nulos y blancos, o grafías ilegibles que impiden identificar la cifra exacta.
- Errores formales: Omisión de las firmas obligatorias de los miembros de mesa o adulteración visible de las actas de escrutinio.
El procedimiento de subsanación exige que cada JEE analice de forma individual cada expediente mediante un cotejo minucioso con el ejemplar original de la ONPE. Si las inconsistencias son estrictamente matemáticas, la ley permite un recuento pormenorizado con la presencia de los personeros de ambas fuerzas políticas, una labor metodológica que descarta cualquier resolución inmediata.
Votos en reserva y el impacto en la representatividad electoral
La relevancia de este bloqueo administrativo radica en el volumen de sufragios que permanecen congelados fuera del sistema oficial. Considerando que cada acta electoral concentra un promedio de 300 electores, las proyecciones estadísticas arrojan que existen más de 450,000 votos pendientes de incorporación en el resultado general.
Esta cifra supera ampliamente la diferencia matemática actual entre Fujimori y Sánchez, lo que convierte a la resolución de los Jurados Electorales Especiales en el factor definitivo para la adjudicación del cargo presidencial. Especialistas de la judicatura electoral reiteraron que el sistema de justicia electoral priorizará la exhaustividad legal sobre la celeridad para garantizar la transparencia del proceso.
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