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Con una única tarifa, podrás unificar tus trayectos en estas rutas de corredores
Los usuarios de los corredores Azul y Rojo deben emplear las tarjetas del Metropolitano o Lima Pass y realizar el pago
La ATU, como parte del despliegue del Sistema Integrado de Transporte (SIT) y con el propósito de brindar un servicio público de transporte más eficiente, recuerda a la comunidad que en los corredores complementarios Azul y Rojo se permite combinar dos viajes abonando una única tarifa.
Corredor Rojo
En el corredor Rojo, los usuarios pueden desplazarse desde Cieneguilla o La Molina hasta el óvalo de La Perla (Callao), o viceversa, combinando dos servicios y pagando solo una tarifa de S/ 2.20.
Por ejemplo, si un pasajero toma el autobús del servicio 201 en el óvalo de La Perla y su destino final es Musa en La Molina, puede bajarse en el paradero Flora Tristán y abordar otra unidad de la ruta 204, todo esto con un solo pago por ambos trayectos.
De igual forma, si un usuario se dirige hacia la Universidad San Marcos desde el óvalo de La Perla, puede tomar un autobús de la ruta 201 y, en el paradero Universitaria (cruce de las avenidas La Marina con Universitaria), conectar su viaje con los servicios 206 o 209. La primera validación de la tarjeta costará S/ 2.20, mientras que la segunda será gratuita.
Es fundamental tener en cuenta que el tiempo máximo permitido para realizar estos trasbordos es de 120 minutos. Además, el corredor Rojo ofrece otras alternativas de integración tarifaria que se pueden consultar en el siguiente enlace.
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Corredor Azul
En el corredor Azul, los usuarios del servicio 371, que va desde «Lomas del Rímac» hasta la avenida Amancaes, tienen la opción de conectar con el servicio 301 hasta Barranco, abonando una única tarifa de S/ 2.20, siempre y cuando no haya pasado más de 60 minutos desde el inicio del primer viaje.
Además, los pasajeros del servicio 370, que comienza en Flor de Amancaes (Rímac) y llega al paradero Acho (avenida 9 de Octubre), pueden hacer una parada en el paradero 24 de Junio (avenida Prolongación Amancaes) y continuar su trayecto usando el servicio 301 hacia Barranco, todo esto por una tarifa única de S/ 2.20.
También, los usuarios que quieran ir a San Isidro, Miraflores y Barranco pueden hacer la conexión en el paradero Leoncio Prado (avenida Alcázar) y pagar la misma tarifa de S/ 2.20, siempre y cuando no hayan pasado más de dos horas desde el inicio del primer viaje. Para conocer otras opciones de integración tarifaria en el corredor Azul, se pueden consultar en el siguiente enlace.
Es importante mencionar que estos beneficios aplican al usar las tarjetas del Metropolitano o Lima Pass, las cuales se pueden recargar en más de 1200 puntos ubicados en comercios como boticas, supermercados y tiendas Tambo.
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El limón inicia la semana a menos de S/ 10 por kilogramo en el mercado mayorista
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Noticias
Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento
Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación
Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.
Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.
La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.
La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.
En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:
- Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
- Locales municipales y demás entidades públicas.
- Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
- Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.
Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.
Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.
El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.
Lima, 14 de junio de 2026
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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.
Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/
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