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Congreso aprueba por insistencia aumento remunerativo de auxiliares de educación

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El pleno del Congreso aprobó por insistencia mejorar las remuneraciones mensuales de los auxiliares de educación, nombrados y contratados, por un monto no menor del 85 % de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) prevista para la primera escala magisterial, regulada en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.

Durante el debate, diversos legisladores enfatizaron en la necesidad de brindar mejoras salariales al personal docente de los colegios públicos, haciendo énfasis en el importante rol de los auxiliares de educación que acompañan a los estudiantes durante sus primeros años de formación.

“Teniendo conocimiento del rol fundamental que desempeña el auxiliar de educación al proporcionar apoyo al personal docente en sus actividades formativas y disciplinarias, contribuyendo con la formación integral de los estudiantes, es que nos encontramos en la necesidad de realizar una regularización remunerativa”, puntualizó el congresista Segundo Quiroz.

En esa línea, también se manifestó el legislador Esdras Medina, quien manifestó que la referida iniciativa “representa un paso significativo hacia la consolidación de los derechos y reconocimientos que merecen los auxiliares de educación, actores fundamentales en el proceso formativo de nuestros estudiantes”.

“No es solo una modificación legal, sino un acto de justicia que reconoce la importancia de la labor que cumplen los auxiliares de educación en la formación de nuestras futuras generaciones. Establece claramente los montos, criterios y condiciones de los derechos y beneficios de auxiliares de educación, ya sean nombrados o contratados”, señaló al respecto el congresista Paul Gutierrez.

En otro momento, los legisladores rechazaron las observaciones realizadas por el Ejecutivo, mismas que versaron acerca del equilibrio fiscal y la falta de un correcto estudio cualitativo y cuantitativo para el ya señalado aumento salarial.

Finalmente, la congresista Elizabeth Medina agregó que el Congreso “es democrático y por lo tanto se va a hacer respetar en cuanto a lo que es su remuneración. De lo que ellos tenían S/ 1,430 a ganar S/2, 230 como mínimo al concluir el año 2023”.

El proyecto de ley N.º 1003/2021-CR, aprobado por insistencia con 104 votos a favor y 1 abstención, dispondrá así el aumento remunerativo de los auxiliares de educación, contratados y nombrados, a partir del año 2024.

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JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA

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Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE

A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.

De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.

Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.

La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.

El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.

Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.

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JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA OESTE 3 SE INSTALA PARA LAS ELECCIONES GENERALES 2026

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Impartirá justicia electoral en primera instancia

Asume funciones de supervisión y resolución de expedientes clave para el proceso electoral del 12 de abril.

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 inició formalmente sus funciones para impartir justicia electoral en primera instancia y resolver expedientes vinculados con propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad de los funcionarios, con miras a las Elecciones Generales (EG) 2026.

Este órgano electoral comprende las jurisdicciones de Barranco, Chorrillos, La Molina y Santiago de Surco, y tiene como propósito consolidar un proceso electoral justo e imparcial.

El Pleno del JEE Lima Oeste 3 está conformado por Víctor Jimmy Arbulu Martínez, presidente y representante de la Corte Superior de Lima; Clara Mercedes Cahua Gutiérrez, segundo miembro en representación de la Junta de Fiscales Superiores de Lima, y Roberto Eduardo Vázquez Soriano, tercer miembro, representante de los ciudadanos.

Son las principales responsabilidades del JEE Lima Oeste 3 dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades jurisdiccionales, fiscalizadoras y administrativas en su jurisdicción. Esto garantiza que se respete la voluntad popular y que las campañas electorales se desarrollen bajo los principios de legalidad, equidad y transparencia.

Es importante señalar que este órgano electoral temporal opera bajo el respaldo del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales, que establece los procedimientos necesarios para asegurar un proceso transparente y equitativo, en línea con los principios constitucionales que rigen la democracia en el país.

La sede del JEE Lima Oeste 3 se encuentra en la Urbanización Las Gardenias, en la calle Jr. Morro Solar N° 1352, Santiago de Surco. La atención al público está disponible de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., y los fines de semana de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

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