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Conoce estas 12 normas tributarias empresariales que estarán vigentes este año – Diario Nacional Realidad.PE
Comenzamos el año y el momento es oportuno para conocer algunas de las normas empresariales que estarán vigentes este año.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) nos detalla un conjunto de 12 normas tributarias que rigen este año. Algunas de ellas fueron expedidas a finales del 2022.
El gerente del Centro Legal del gremio empresarial, Álvaro Gálvez, explica que las normas expedidas al cierre del año pasado se deben a la periodicidad anual de algunos tributos, como el impuesto a la renta, para los cuales necesariamente la norma modificatoria debía publicarse hasta el 31 de diciembre del 2022, para que pueda aplicarse al siguiente ejercicio.
Mayor difusión
Para la CCL es importante dar a conocer estas importantes disposiciones con incidencia en la actividad de las empresas; las mismas que se sintetiza a continuación:
1.-Los contribuyentes tendrán un día para comunicar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) sobre la emisión de la factura electrónica.
2.- Exoneración del impuesto a la renta venta de acciones. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la exoneración del impuesto a la renta a la venta de acciones realizadas a través de la bolsa de valores, por personas naturales, hasta las primeras 100 UIT de la ganancia de capital anual.
3.-Deducción por investigación científica. Para fines del impuesto a la renta, los contribuyentes con ingresos de hasta 2,300 UIT podrán deducir:
(i) 240% si el proyecto se realiza por el contribuyente o centros de investigación domiciliados
(ii) 190% si el proyecto se realiza en centros de investigación no domiciliados.
En caso que los contribuyentes tengan ingresos de más de 2,300 UIT pueden deducir:
(i) 190% si el proyecto se realiza por el contribuyente o centros de investigación domiciliados;
(ii) 160% si el proyecto se realiza en centros de investigación no domiciliados.
4.- Regímenes especiales de depreciación. Se permite la depreciación de edificios y construcciones con la tasa máxima del 33.33% anual, hasta su total depreciación, siempre que se destinen exclusivamente al desarrollo empresarial, y se cumplan dos requisitos: que la construcción se inicie a partir del 1 de enero de 2023: y que al 31 de diciembre 2024 se haya avanzado por lo menos el 80% de la obra.
También se permite la depreciación de vehículos de transporte terrestre híbridos (con motor de embolo y motor eléctrico) o eléctricos (con motor eléctrico), adquiridos en los ejercicios 2023 y 2024, con la tasa máxima del 50% anual, hasta su total depreciación.
5.-Condición de sujeto sin capacidad operativa. Se regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, en el marco de la lucha contra la evasión tributaria, considerando como tal a aquél que figura como emisor de los comprobantes de pago, pero no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o estos no resulten idóneos para realizar las operaciones por las que se emiten dichos documentos.
6.-Prórroga de exoneraciones del IGV. Se establece la prórroga de la vigencia de los apéndices I y II de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, hasta el 31 de diciembre de 2025.
7.- Recuperación anticipada del IGV. Excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre del 2024, pueden acceder al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, las personas naturales o jurídicas que realicen un proyecto de inversión, en cualquier sector de la actividad económica, que genere renta de tercera categoría y cuya ejecución involucre un compromiso de inversión no menor a dos millones de dólares, como monto de inversión total, incluyendo la sumatoria de todos los tramos, etapas o similares.
8.- Devolución del IGV en actividades mineras e hidrocarburos. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 la vigencia de la Ley 27623, que dispone la devolución del IGV a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; y de la 27624, que dispone la devolución del IGV para la exploración de hidrocarburos.
9.- Programa impulso Myperú. Se crea el Programa Impulso Empresarial Mype (Impulso Myperú), a través del otorgamiento de una garantía del Gobierno Nacional a los créditos generados en favor de las mypes; y el subsidio denominado “Bono al Buen Pagador de Impulso Myperú” (BBP).
El límite de garantía individual que otorga este programa a los créditos otorgados a la mype en moneda nacional, aplica de acuerdo con la siguiente cobertura:
a) Hasta S/ 30.000: 98% de la cartera por deudor
b) Desde S/ 30.001 hasta S/ 90.000: 90% de la cartera por deudor
10.- Plazo de Reactiva Perú – FAE Turismo y FAE Texco. Se amplió hasta el 30 de junio del 2023, el plazo de acogimiento de las reprogramaciones de Reactiva Perú, FAE Turismo, y FAE- Texco, a que se refieren los Decretos de Urgencia 011-2022. 012-2022 y 004-2022, respectivamente.
11.- Prorrogan uso de adhesivos con advertencias publicitarias. Se amplía hasta el 30 de junio de 2023, el plazo que permite a los productos importados el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias, referidas al contenido de grasas saturadas, azúcar, sodio y grasas trans.
12.- No se aplicará sanciones por remitir bienes con guías de remisión sin nuevos requisitos. Se dispone aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 de Código Tributario (transportar bienes o remitir bienes, respectivamente, con documentos que no reúnen las características reglamentarias para ser consideradas guías de remisión), detectadas desde el 1 de enero del 2023 hasta el 30 de junio del 2023.
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Huancavelica apuesta por la innovación textil con moderna infraestructura para camélidos
El nuevo CITEtextil Camélidos contará con una inversión aproximada de S/14 millones y elevará la competitividad regional.
En el marco del desarrollo productivo y la innovación regional, el Secretario General del Ministerio de la Producción (PRODUCE), Jorge Bohórquez Li, supervisó en Huancavelica los avances en la implementación de la nueva infraestructura del CITEtextil Camélidos, un proyecto estratégico que busca dinamizar la actividad productiva regional y elevar la competitividad de los productores de fibra de alpaca y llama, con una inversión aproximada de S/ 14 millones.
“Esta infraestructura permitirá que los productores cuenten con tecnología moderna para mejorar la calidad de sus productos y acceder a nuevos mercados, fortaleciendo así la economía local”, destacó el secretario general Jorge Bohórquez durante la visita de supervisión.
La puesta en marcha del CITEtextil Camélidos Huancavelica fortalecerá la cadena de valor de los textiles de camélidos, promoviendo la innovación, el desarrollo tecnológico y la generación de mayores oportunidades para los productores y artesanos, no solo de la región, sino también del sur del país.
Actualmente, el ITP red CITE atiende en Huancavelica a productores acuícolas y, en una siguiente etapa, ampliará sus servicios a productores de fibra de alpaca y artesanos textiles, a través de la Unidad Técnica Acuícola Pesquera Huancavelica y del CITEtextil Camélidos, que se encuentra en proceso de implementación.
Posteriormente, el secretario general participó en una intervención multisectorial orientada a identificar las principales problemáticas que limitan el desarrollo de las provincias y del departamento de Huancavelica, con el objetivo de articular intervenciones estratégicas que impulsen el crecimiento territorial.
En ese marco, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) reafirma su compromiso de seguir promoviendo proyectos de infraestructura productiva, innovación tecnológica y asistencia técnica especializada, orientados a fortalecer las capacidades de los productores y contribuir al desarrollo económico sostenible de las regiones del país.
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Se prepublicó el reglamento de sanciones de Sanipes que refuerza el cumplimiento de las normas de inocuidad de productos hidrobiológicos.
– Mejoras permitirán aplicar sanciones más proporcionales y razonables. – Operadores pesqueros y acuícolas tendrán 30 días para enviar comentarios sobre el reglamento.
Mediante la Resolución Ministerial N° 000009-2026-PRODUCE, el Ministerio de la Producción (PRODUCE) prepublicó el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones Sanitarias de las Actividades Pesqueras y Acuícolas de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (Sanipes), con la finalidad de fortalecer el régimen sancionador y promover el cumplimiento de las normas que protegen la sanidad e inocuidad de los recursos y productos de toda la cadena de valor de la pesca y acuicultura en beneficio de los consumidores.
“Con este reglamento buscamos un sistema sancionador más justo y eficiente, que proteja la salud pública sin afectar innecesariamente la sostenibilidad de las actividades productivas”, señaló el ministro de la Producción, César Quispe.
Mejoras al reglamento
El nuevo RISSPA incorpora beneficios importantes. Por un lado, clasifica a los infractores según su capacidad operativa y el riesgo sanitario asociado, permitiendo aplicar sanciones proporcionales.
Asimismo, establece topes de multas razonables y aprueba una escala diferenciada para los pequeños acuicultores, evitando afectar la sostenibilidad de sus actividades. Por otra parte, permite el fraccionamiento de las multas impuestas y actualiza el marco sancionador conforme a las nuevas obligaciones sanitarias vigentes.
Además, aplica criterios agravantes sectoriales, sancionando con mayor severidad cuando las infracciones generan lesión grave o muerte, afectan la salud de poblaciones de alto riesgo o comprometen el estatus sanitario del país.
Con estas mejoras, el reglamento pasó de un régimen sancionador uniforme para todos los agentes de la cadena de valor a un modelo diferenciado que reconoce que una mayor capacidad productiva implica un mayor riesgo sanitario. Este enfoque permite aplicar sanciones más proporcionales y razonables y, a su vez, es más severo frente a incumplimientos que generen daño a la salud pública y al estatus sanitario nacional.
Recepción de comentarios
Dado que el RISSPA se encuentra en etapa de consulta, durante los siguientes 30 días calendario, a través del correo [email protected], se estarán recibiendo comentarios, aportes u opiniones de los operadores pesqueros y acuícolas, así como de la ciudadanía en general, con el fin de optimizar el reglamento antes de su futura publicación
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