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Delia Espinoza pide al JNE evaluar exclusión de Fernando Rospigliosi tras condena por difamación

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Delia Espinoza pide al JNE evaluar exclusión de Fernando Rospigliosi tras condena por difamación


La decana del Colegio de Abogados de Lima, Delia Espinoza, presentó un pedido formal ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que se evalúe la exclusión de la candidatura del congresista fujimorista Fernando Rospigliosi, luego de que fuera condenado a nueve meses de prisión suspendida por el delito de difamación agravada.

La solicitud fue dirigida al presidente del JNE, Roberto Burneo, en medio de un proceso electoral que aún no concluye oficialmente y cuando todavía no se determina qué candidatos superarán la valla electoral para integrar la futura Cámara de Diputados y el Senado.

El pedido abre nuevamente el debate sobre los requisitos de idoneidad de los candidatos y la posibilidad de aplicar medidas correctivas incluso en una etapa avanzada del proceso electoral.

La base del pedido: una condena vigente

En el documento remitido al máximo órgano electoral, Espinoza sostiene que la actual condición jurídica de Fernando Rospigliosi como condenado obliga al JNE a revisar si mantiene las condiciones necesarias para continuar en carrera electoral.

“Siendo la actual situación jurídica de condenado del señor Fernando Rospigliosi Capurro, y estando a que no se ha culminado con el cómputo de votos, y por ende no se ha determinado aún quienes han superado la valla para acceder a la Cámara de Diputados y Senadores, es necesario que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones evalúe la condición actual de dicho candidato”, señala el escrito.

“Siendo la actual situación jurídica de condenado del señor Fernando Rospigliosi Capurro, y estando a que no se ha culminado con el cómputo de votos, y por ende no se ha determinado aún quienes han superado la valla para acceder a la Cámara de Diputados y Senadores, es necesario que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones evalúe la condición actual de dicho candidato”, señala el escrito.

¿Por qué fue condenado Fernando Rospigliosi?

La magistrada Norma Carbajal declaró culpable a Fernando Rospigliosi por difamación agravada tras determinar que realizó afirmaciones sin pruebas contra Delia Espinoza, entonces exfiscal de la Nación.

Entre las expresiones consideradas agraviantes figura haberla calificado públicamente como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, además de otros términos despectivos como llamarla “desquiciada”.

Entre las expresiones consideradas agraviantes figura haberla calificado públicamente como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”, además de otros términos despectivos como llamarla “desquiciada”.

Como consecuencia, además de la pena suspendida, se ordenó el pago de una reparación civil de 200 mil soles a favor de Espinoza.

Pedido de Delia Espinoza ante el Jurado Nacional de Elecciones. Fuente: Diego Casimiro- Infobae.

Espinoza recuerda declaraciones de Roberto Burneo

En su presentación, la decana del Colegio de Abogados de Lima también recordó recientes declaraciones del presidente del JNE, Roberto Burneo, quien afirmó públicamente que el proceso electoral seguía en curso y que el organismo estaba dispuesto a tomar decisiones firmes si fuera necesario.

Espinoza citó sus palabras para reforzar su pedido: “evaluarán todas las incidencias, y que incluso si se tienen que tomar decisiones, así sean las más drásticas, las implementará”.

Según argumenta, el JNE debe garantizar que ningún candidato que ya no cumpla los requisitos legales sea proclamado de manera irregular.

“Parte del adecuado desarrollo del proceso electoral es asegurarse que ningún candidato que ya no reúna los requisitos, o haya incurrido en algún impedimento, sea proclamado de forma ilegal”, sostiene el documento.

Un primer pedido ya fue rechazado

No es la primera vez que se solicita la exclusión de Fernando Rospigliosi por este caso. Semanas atrás, una solicitud similar fue presentada ante el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2, pero fue declarada improcedente.

La razón principal fue que en ese momento todavía no existía una sentencia formalmente notificada, sino únicamente el adelanto del fallo anunciado por la jueza Norma Carbajal.

El JEE argumentó que no podía actuar sobre la base de una decisión aún no formalizada jurídicamente.

“Advirtiéndose que en el presente caso se ha denunciado la existencia de un adelanto del fallo y no de una sentencia condenatoria”, indicó la resolución.

La sentencia completa fue recién leída y notificada oficialmente a las partes el 15 de abril de 2026.



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Exgeneral PNP es sentenciado por enriquecimiento ilícito tras desbalance patrimonial de más de S/ 250 mil

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Exgeneral PNP es sentenciado por enriquecimiento ilícito tras desbalance patrimonial de más de S/ 250 mil


Este martes la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Centro logró una sentencia condenatoria contra el exgeneral de la Policía Nacional del Perú, Máximo Sánchez, tras demostrarse un incremento patrimonial ilícito durante su paso por importantes cargos dentro de la institución.

El fallo judicial impuso cinco años de pena privativa de libertad suspendida por un periodo de prueba de cuatro años, además de una inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de una reparación civil superior a los 300 mil soles.

La sentencia fue obtenida por el Tercer Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, bajo la conducción de la fiscal Janny Sánchez Porturas.

Fiscalía acreditó incremento patrimonial injustificado

Durante el juicio oral, la fiscal adjunta provincial Katerin Yeni Ramírez Ccopa logró demostrar que entre los años 2010 y 2015, Máximo Sánchez incrementó ilícitamente su patrimonio en S/ 250 190.56, monto que no pudo justificar con ingresos legales ni documentación sustentatoria.

Durante ese periodo, el entonces oficial ocupó posiciones estratégicas dentro de la Policía Nacional, incluyendo cargos de alto mando en zonas sensibles como el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), el Huallaga y la dirección de la Región Policial Junín.

Estas responsabilidades le otorgaban una alta exposición institucional y la obligación de transparentar sus ingresos y bienes ante los órganos de control del Estado.

Pericia financiera reveló depósitos masivos

Uno de los elementos centrales del proceso fue la pericia financiera realizada por el Ministerio Público, la cual permitió detectar un patrón de ocultamiento deliberado de activos.

Según la investigación, el exgeneral realizaba depósitos masivos en cuentas a plazo fijo que llegaron a acumular hasta S/ 400 000, una cifra incompatible con los ingresos declarados oficialmente durante su carrera policial.

Sin embargo, en sus declaraciones juradas presentadas ante la Contraloría General de la República, Máximo Sánchez aseguraba bajo juramento no poseer ahorros, inversiones ni capitales relevantes.

Para la Fiscalía, esta conducta evidenció una clara intención de evadir el control estatal y ocultar la verdadera dimensión de su patrimonio.

No pudo justificar origen legal del dinero

Durante el proceso judicial, el exalto mando policial intentó explicar el origen de los fondos señalando que correspondían a ahorros familiares y a un estilo de vida austero.

No obstante, el Poder Judicial concluyó que dichos argumentos no fueron suficientes ni contaban con respaldo documental que acreditara la legalidad de los recursos.

La falta de sustento sobre el origen del dinero permitió consolidar la acusación por enriquecimiento ilícito, delito que sanciona el incremento patrimonial no justificado de funcionarios públicos durante el ejercicio de sus funciones.

La sentencia establece que el incremento patrimonial afectó no solo el patrimonio público, sino también la confianza ciudadana en las instituciones encargadas de la seguridad y el orden interno.

Reparación civil supera los 300 mil soles

Además de la condena penal, el Poder Judicial dispuso la inhabilitación de Máximo Sánchez para ejercer cualquier cargo público durante un año.

Asimismo, deberá pagar una reparación civil de S/ 300 190.56, monto que incluye la devolución del dinero considerado irregularmente incorporado a su patrimonio, así como una indemnización por el daño ocasionado a la imagen del Estado.

Esta medida busca no solo reparar el perjuicio económico, sino también reforzar el mensaje de sanción frente a actos de corrupción cometidos desde altos niveles de poder.



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Exigen anular elección de Tomás Gálvez como fiscal de la Nación

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Exigen anular elección de Tomás Gálvez como fiscal de la Nación


La elección del nuevo Fiscal de la Nación enfrenta un fuerte cuestionamiento legal y constitucional. La organización civil Fomento de la Vida (FOVIDA) solicitó formalmente a la Junta de Fiscales Supremos declarar fundado el recurso de reconsideración presentado contra la Resolución N.° 012-2026-MP-FN-JFS, que designó al actual titular del Ministerio Público, Tomás Gálvez, debido a presuntas irregularidades graves en el proceso.

El principal argumento del pedido se centra en la participación de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides Vargas, quien habría votado en la sesión decisiva pese a encontrarse suspendida en el ejercicio profesional de la abogacía por el Colegio de Abogados de Lima (CAL).

Según la documentación presentada, Benavides permanece suspendida desde el 27 de enero de 2026 por decisión del Consejo de Ética del CAL, medida que le impide ejercer legalmente la profesión por un periodo de seis meses. A pesar de ello, participó y emitió su voto en la Junta de Fiscales Supremos durante la elección del nuevo Fiscal de la Nación, lo que, según FOVIDA, afecta directamente la legalidad del proceso.

La Ley de la Carrera Fiscal, Ley N.° 30483, establece de manera expresa que todo fiscal debe encontrarse habilitado para el ejercicio profesional como requisito indispensable para permanecer en la carrera fiscal. Bajo ese criterio, la permanencia de Patricia Benavides como fiscal suprema y su intervención en la votación serían incompatibles con la normativa vigente.

El recurso de reconsideración sostiene que la resolución impugnada presenta vicios insubsanables que comprometen la validez de la designación. Entre ellos se señala la falta de competencia válida del órgano colegiado, debido a que la Junta de Fiscales Supremos habría estado integrada por una funcionaria legalmente impedida de participar.

Asimismo, se denuncia la existencia de un objeto ilícito del acto administrativo, al contravenir tanto la Constitución como la Ley de la Carrera Fiscal. También se advierte ausencia de motivación suficiente, ya que no se habría justificado formalmente la participación de Benavides en dicha sesión, además de un quiebre del procedimiento regular que afecta la legitimidad institucional de la decisión.

Argumentos de FOVIDA

FOVIDA sostiene que estos hechos no constituyen un simple error administrativo, sino una grave afectación a principios fundamentales del sistema de justicia como la legalidad, la autonomía del Ministerio Público y la lucha contra la corrupción.

La organización remarca que la elección del Fiscal de la Nación no puede ser tratada como un acto aislado, pues se trata de una decisión que impacta directamente en la estabilidad institucional del país y en la confianza ciudadana hacia el sistema judicial.

“El problema no es solo la designación en sí, sino permitir que una autoridad tan importante sea elegida bajo un procedimiento cuestionado desde su origen”, advierten.

El plazo legal para que la Junta de Fiscales Supremos responda al recurso vence el próximo 27 de mayo, dentro de los 30 días hábiles establecidos desde la presentación formal realizada el 14 de abril. Para esa fecha, Patricia Benavides habría permanecido aproximadamente cuatro meses ejerciendo presuntamente de manera irregular como fiscal suprema.

Tomás GálvezTomás Gálvez
Tomás Gálvez tomó juramento como titular del Ministerio Público hace unas semanas. Foto: Ministerio Público.

Diversos sectores consideran que esta situación podría sentar un grave precedente si no se corrige oportunamente. Permitir que una elección de esta magnitud se mantenga pese a una posible vulneración de requisitos legales esenciales debilitaría el Estado de Derecho y la legitimidad de una de las instituciones más importantes del sistema democrático.

Por ello, los solicitantes exigen que la Junta de Fiscales Supremos reevalúe la nueva prueba presentada, declare la nulidad de la Resolución N.° 012-2026-MP-FN-JFS y garantice un nuevo proceso de elección transparente, legal y legítimo.



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