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Empleo adecuado creció 6.9% en Lima Metropolitana en 2024

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Empleo adecuado creció 6.9% en Lima Metropolitana en 2024

A pesar del avance en la calidad laboral y el incremento del ingreso promedio, el subempleo y las dificultades de inserción para jóvenes y mujeres reflejan retos estructurales en el mercado laboral peruano.

El empleo adecuado en Lima Metropolitana creció un 6.9% en 2024, según el INEI, con 212,300 personas más trabajando bajo condiciones óptimas. Esto representa un total de 3′273,500 trabajadores adecuadamente empleados, destacando el progreso sostenido en este segmento desde 2020. Claudia Sícoli, directora de Economía de la UPC, resalta que “el 72% de los empleos adecuados son dependientes, lo que refleja estabilidad en la recuperación”. Sin embargo, 2′185,800 personas permanecen en situación de subempleo, siendo la mayoría mujeres (60%), lo que evidencia limitaciones en la mejora integral del mercado laboral.

Los ingresos promedio en Lima Metropolitana crecieron un 6.6% anual, alcanzando S/2,035.4. Sin embargo, persisten disparidades importantes. Los jóvenes de 14 a 24 años ganaron en promedio S/1,223.8, muy por debajo de los S/2,131.7 que perciben los trabajadores de 25 a 44 años. Además, la brecha salarial de género sigue siendo un desafío: los hombres recibieron en promedio S/2,305.5, mientras que las mujeres solo S/1,713.8. Según Paola Herrera, economista senior del IPE, “aunque hay señales positivas, todavía no superamos los niveles de calidad laboral de 2019, lo cual debería ser nuestro nuevo punto de referencia”.

La situación laboral de los jóvenes es especialmente preocupante. Miguel Jaramillo, del GRADE, señala que “el alto costo de contratar jóvenes y la falta de mejoras en productividad mantienen un desempleo estructuralmente elevado”. Aunque el sector servicios generó la mayor cantidad de empleos adecuados (112,500), y el comercio registró un crecimiento del 6.7%, Herrera enfatiza la necesidad de invertir en capacitación para mejorar la empleabilidad juvenil. Con un crecimiento económico proyectado del 3.2% en 2024 y 3.0% en 2025, expertos coinciden en que la clave para mejorar el mercado laboral radica en fortalecer la productividad y reducir las brechas estructurales en el empleo.

Fuente: El Comercio

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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