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Hallazgo arqueológico en Caral: descubren maquetas a escala de edificios de Ciudad Sagrada – Diario Nacional Realidad.PE
Por Julio Castillo Bellido, enviado especial
Los hallazgos e investigaciones en la zona arqueológica Caral, ubicada en el valle del Supe, provincia de Barranca, región Lima, y considerada como la más antigua y organizada civilización de América, siguen mostrando al mundo la capacidad constructiva de los antiguos peruanos.
Esta vez se trata de una maqueta a escala, conservada casi a la perfección, y descubierta durante los trabajos arqueológicos realizados en el asentamiento El Molino, ubicado en el centro poblado del mismo nombre, que está situado en la margen derecha del río Supe, en la carretera que lleva a la Ciudad Sagrada de Caral.
Es una maqueta que tiene representaciones de edificios piramidales con una plaza circular, una escalera principal y plataforma superpuestas. Este hallazgo significa que la civilización Caral tenía conocimiento de la planificación urbana.
La explicación la hace el arqueólogo David Palomino Olivos, quién declaró en exclusiva a la Agencia Andina, que el hallazgo de la maqueta representa todo un hito en los trabajos arqueológicos que se hacen desde hace 29 años en la civilización Caral liderados por la doctora Ruth Shady.
“Este hallazgo significa que el desarrollo urbano en el antiguo Perú estuvo relacionado también con la planificación urbana, es decir se trata de un diseño predeterminado antes de las construcciones que hemos encontrado en la ciudad capital, el litoral y en esta parte del valle de Supe”, manifestó.
Palomino Olivos precisó que se trata de cuatro maquetas encontradas en sector C-1, de uno de los tres edificios que conforman el asentamiento El Molino, y solo una de las cuatro está en muy buen estado, en tanto, las otras tres, sí están afectadas por el paso del tiempo.
El investigador acotó que las tres maquetas deben haber tenido las mismas características y estructura de la que está en buen estado, pero que su estado de conservación no se ha preservado.
“Durante las excavaciones que se estaban realizando en la parte superior del edificio piramidal en El Molino, se ha encontrado, en la parte posterior del salón ceremonial, lo que corresponde a la representación de una maqueta de un centro urbano que puede haber sido replicado en este asentamiento así como en otro, es decir esta escala ha debido ser trasladada a dimensiones mayores”, señaló.
El arqueólogo detalló que por los elementos arquitectónicos y características que representa la maqueta, debe haber sido aplicada en El Molino “porque contiene una plaza circular y recintos en la parte superior (del edificio) que tienen esquinas curvas, que es también característico del asentamiento El Molino”.
Sostuvo que el modelo de la maqueta también puede haber sido replicado en Caral porque refleja también una plaza circular, plataformas y también un conjunto de edificios ordenados en un espacio central.
Para el arqueólogo, la maqueta tiene todas las características de lo que corresponde a los diferentes centros urbanos de la civilización Caral.
Agregó que la antigüedad del prototipo descubierto está dentro del desarrollo de Caral, es decir entre 3000 a 1800 años antes de Cristo.
David Palomino refirió luego que las maquetas fueron descubiertas entre el año 2017 a 2018 en el marco de las excavaciones que iniciaron en el año 2012 en El Molino, como parte del programa Puesta en Valor y recuperación de los monumentos arqueológicos.
Al respecto, reseñó que la excavación de la maqueta ha sido un proceso lento, minucioso y de estudio además de la preservación y conservación.
“Es un trabajo largo y detallado que hasta la actualidad continúa porque en estos casos hay que hacer los estudios e investigaciones respectivas para determinar la temporalidad y lo que representa, ello demanda tiempo”, enfatizó al destacar nuevamente la importancia del hallazgo.
En ese aspecto, mencionó que se debe tener en cuenta que el asentamiento está rodeado de viviendas modernas y para evitar avances urbano, se iniciaron las excavaciones pero también, en el marco de la política que se aplica en todo Caral, se involucra a los habitantes de El Molino en diversas labores en que se les requiera.
“Deben ser los primeros defensores de El Molino”, apuntó el arqueólogo al informar también que se están tomando las precauciones del caso para proteger el sitio arqueológico de las lluvias ante la presencia del Fenómeno El Niño.
Indicó que el Ministerio de Cultura ha dispuesto una partida económica para todo Caral y que en el caso de El Molino se va instalar un techo con canaletas para hacer discurrir el agua y evitar se dañen las excavaciones entre ellas las maquetas.
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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento
Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación
Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.
Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.
La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.
La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.
En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:
- Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
- Locales municipales y demás entidades públicas.
- Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
- Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.
Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.
Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.
El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.
Lima, 14 de junio de 2026
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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.
Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/
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