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La modificación de la Constitución
Por : Mayor General FAP Carlos Ordoñez Velazquez
La modificación de la Constitución Política puede comenzar desde el primer día de legislatura y por vía constitucional: la ley Nº 27600 de 2001 declarada “constitucional” por el TC, así lo ordena.
En los últimos días se ha estado hablando en diferentes foros acerca de la propuesta de Perú Libre de propiciar un referéndum para conformar una Asamblea Constituyente que modifique totalmente la Constitución Política de 1993.
Por otro lado, sabemos que la única forma de realizar una modificación total o parcial de la constitución, es mediante el cumplimiento a lo establecido en el artículo 206º de la Carta Magna; sin embargo, algunos reconocidos juristas opinan que, a pesar de lo clara que es la norma del citado artículo, lo mejor es gestionar una modificación al mismo, en donde se especifique la prohibición de modificar la constitución mediante una Asamblea Constituyente, lo cual es una muy buena iniciativa pero que llevará algún tiempo en implementarla y llevarla a buen término.
Independientemente que se logre o no aprobarla en los tiempos previstos, creo que muchos han olvidado que al terminar el gobierno del Ing. Fujimori y, encontrándose auto exiliado en el Japón, en el año 2001 se aprobó en el Congreso y se promulgó la ley Nº 27600 “Ley que suprime firma y establece proceso de reforma constitucional”.
Dicha norma, en su primer artículo, suprime la firma del Ing. Fujimori del texto de la Constitución Política de 1993 sin perjuicio de mantener su vigencia; por otro lado, en su segundo y tercer artículo la norma esta norma establece que la Comisión de Constitución del Congreso propondrá un proyecto de reforma total de la Constitución, proceso que se llevará a cabo promoviendo el más amplio debate nacional, mediante la realización de eventos académicos como fórums y conversatorios que permitan la difusión y discusión de las propuestas para el cambio constitucional.
Ahora, un punto a discutir es acerca de lo que significa la “reforma total” de la constitución pues, como afirman eminentes constitucionalistas, no es posible cambiar el “núcleo duro” o “cláusulas pétreas” de la constitución. No es posible variar, por ejemplo, la forma de gobierno de una república unitaria a una monarquía constitucional, o a una República Federal y menos a una Dictadura Totalitaria. Tampoco puede excluirse el Estado de Derecho y la separación de poderes, ni pueden variarse (disminuir o suprimir) los Derechos Fundamentales proclamados y reconocidos en la constitución.
Pero hay algo más importante que decir sobre esta ley que la hace especial. Esta ley ha sido, si cabe el término, “refrendada” por el Tribunal Constitucional a través de la Sentencia del Expediente Nº 014-2002-AI/TC del 21 de enero de 2002. En efecto, el Colegio de Abogados del Cusco promovió una Acción de Inconstitucionalidad contra la ley Nº 27600, entre otros motivos porque -sostenían- que la reforma de la constitución debía ser realizada por una asamblea constituyente y no de un poder constituido como el Congreso de la República, criterio que no comparte el Tribunal Constitucional en su fundamento 102 de la sentencia.
El Tribunal Constitucional, después de un análisis exhaustivo y basado en elaborados y exhaustivos fundamentos, declaró INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad y, por lo tanto, es perfectamente CONSTITUCIONAL la ley Nº 27600.
En conclusión, existen todas las herramientas requeridas para efectuar las modificaciones que fueran necesarias, aplicando la citada ley, mientras paralelamente, se realizan las acciones necesarias con el fin de modificar el art. 206º de la constitución para prohibir modificaciones a través de una Asamblea Constituyente.
Es así que, sin más discusión, es totalmente posible dar cumplimiento a la ley Nº 27600 aún vigente y premunida explícitamente de constitucionalidad por el pleno del Tribunal Constitucional.
(*) Abogado Constitucionalista Reg. CAL Nº 54566
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Aeropuerto Jorge Chávez recibirá equipos del FBI para detectar explosivos
El convenio entre la PNP y el FBI, firmado hace tres meses y medio, también incluye herramientas biométricas para reforzar los controles fronterizos y penitenciarios frente al crimen organizado transnacional.
El comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), Óscar Arriola, confirmó que la institución suscribió un convenio con el FBI de Estados Unidos para fortalecer la lucha contra la criminalidad transnacional. El acuerdo, firmado hace aproximadamente tres meses y medio durante el Gobierno de transición que encabezó el legislador José María Balcázar, contempla tecnología, logística, capacitación y asistencia especializada para reforzar las investigaciones contra organizaciones criminales que operan en distintos países.
Entre los alcances del convenio figuran herramientas biométricas para fortalecer los controles en puntos fronterizos y establecimientos penitenciarios, así como la donación de equipos de detección de explosivos para el aeropuerto internacional Jorge Chávez. Arriola explicó que el objetivo es mejorar la capacidad policial para detectar, investigar y reunir evidencias contra redes delictivas. «Contra las organizaciones de crimen que no tienen fronteras», remarcó, en referencia a mafias como el Tren de Aragua que operan en el país.
La cooperación fue respaldada por el embajador de Estados Unidos en Perú, Bernie Navarro, quien participó en la bienvenida a los nuevos integrantes del equipo conjunto PNP-FBI. «Juntos vamos a seguir desmantelando organizaciones criminales y protegiendo a nuestras familias», escribió en sus redes sociales. El ministro del Interior, César Astudillo, tenía previsto reunirse esta semana con Navarro para definir los siguientes pasos de esta estrategia, enfocada en desarticular bandas extranjeras que operan en el país.
Fuente: Trome
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Solo el 12% de las bodegas peruanas accede a crédito bancario formal, según Agremub
La Asociación de Mujeres Bodegueras del Perú advierte que más de 440.000 negocios del sector no logran financiamiento por ser considerados de alto riesgo, en momentos en que la extorsión ya afecta a un sector que genera 870.000 empleos.
La Asociación de Mujeres Bodegueras del Perú (Agremub) advirtió que solo el 12% de las más de 500 000 bodegas del país accede a crédito formal o financiamiento bancario, pese a que este sector genera alrededor de 870 000 puestos de trabajo y ocupa el primer lugar en formalización entre las mypes. Según el gremio, quienes logran acceder al sistema financiero suelen ser los establecimientos más consolidados o los minimarkets, que por su solidez tienen mayores posibilidades de calificar.
El 20% de las bodegas, en cambio, solo cuenta con crédito de proveedores, otorgado por periodos cortos de una semana o 15 días, insuficientes frente a la necesidad de hacer circular el capital varias veces para poder crecer. El 68% restante no tiene acceso a ningún tipo de crédito, ni siquiera de proveedores, por ser consideradas empresas de alto riesgo, situación que se agrava porque muchas de ellas son hoy víctimas de extorsión. El capital promedio necesario para iniciar una bodega es de S/3500, y el 40% de los negocios del sector son de subsistencia.
A este panorama se suma el impacto que tendría el Fenómeno El Niño sobre las ventas de miles de bodegas del norte del país, ante posibles cortes de carreteras y problemas de abastecimiento. Agremub espera que el nuevo Gobierno Central implemente medidas que faciliten el acceso al crédito. En su mensaje tras la toma de mando, el gremio destacó el rol social de estos negocios: «Detrás de cada bodega hay una historia de esfuerzo, una familia que progresa y un canal de confianza que acompaña a los vecinos todos los días».
Fuente: Panamericana
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