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Luciano Revoredo / Dime la verdad

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Luciano Revoredo / Dime la verdad


En 1995 en lo más alto de la fama la española Martha Sánchez, que había sido la vocalista del grupo Olé Olé, y que triunfaba como solista lanzó una canción que tuvo un enorme éxito, se titulaba “Dime la verdad”. La canción en ese momento no parecía tener relación con la realidad, sino más bien ser parte de una especie de ficción que permitía además hacer un video clip misterioso, hoy prácticamente desaparecido, que mostraba escenas de una especie de película de espionaje en que la propia Martha Sánchez era perseguida y capturada por unos personajes oscuros, los cuales sentados en una mesa dirigían alguna sociedad o entidad que no se llega a identificar. Una vez capturada era torturada y se le arrebataba un cuaderno que tenía por título La Verdad, los torturadores elegantemente vestidos y con mefistofélicas sonrisas terminaban quemando el cuaderno.

Ignoramos qué llevó a la entonces joven y hermosa española es escribir esta letra. Han pasado casi treinta años de aquel lanzamiento y algunas cosas de las que hablaba ese tema musical tienen mucha vigencia. Hoy que está en juego la libertad y que se pretende imponer el Nuevo Orden Mundial (NOM) por parte de una élite globalista tiene sentido cuestionarse con Martha Sánchez: Me pregunto mil veces quién gobierna mi vida, quién dirige mi mente junto a la de los demás.

Cuando se muestran los avances de la perversa Agenda 2030 en que el Foro Económico Mundial de Davos a través de la implantación de un pensamiento único, plantea un reseteo de la humanidad y nos dice sin ambages “No tendrás nada y serás feliz” o promueve el consumo de insectos, el fin de la ganadería y la igualdad entre el hombre y los animales es momento de recordar las líneas de la canción que se preguntaban: Qué poderes en la sombra juegan con mi voluntad, una máquina los nombra para podernos controlar. Dime la verdad, dime su secreto. Toda la verdad, no le tengas miedo.

Es evidente, cada vez más, que el globalismo a través de la ideología progresista está imponiendo un nuevo modo de vida, generando una nueva humanidad, toda una maquinaria para generar un nuevo ser humano sin voluntad, una sociedad en que la familia natural no exista, que no haya derecho a la vida, en que la bandera multicolor del progresismo bajo la apariencia de promover la libertad impondrá, si lo permitimos, una dictadura del pensamiento único, que acabará con la soberanía de las naciones, con la patria potestad de los padres, con la libertad religiosa, la libertad de enseñanza, una dictadura en la que hasta una neolengua supuestamente inclusiva será obligatoria, un mundo “feliz” en que habrá que creer como verdades de catecismo en el calentamiento global y en la idea neo malthusiana de la necesidad de reducir la población. Tres décadas después toma vigencia la estrofa final de la canción: Somos unas marionetas, otros mueven los hilos. No se quitan la careta, no sabemos cómo son. Utilizan las palabras sólo para confundir. Yo no sé si la esperanza conseguirá sobrevivir.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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