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Mario Vizcarra: JEE declara improcedente solicitud de inscripción de fórmula presidencial de Perú Primero

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Mario Vizcarra: JEE declara improcedente solicitud de inscripción de fórmula presidencial de Perú Primero


El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró fundadas las tres tachas contra Mario Vizcarra, por lo que la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial de Perú Primero es improcedente.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial de Perú Primero, liderada por Mario Vizcarra. Ello, tras declarar fundadas tres tachas que solicitaban la exclusión de Vizcarra de las Elecciones Generales del 2026 por contar con una sentencia por peculado, aunque se encuentra rehabilitado. 

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial de Perú Primero, liderada por Mario Vizcarra. Ello, tras declarar fundadas tres tachas que solicitaban la exclusión de Vizcarra de las Elecciones Generales del 2026 por contar con una sentencia por peculado, aunque se encuentra rehabilitado.

El JEE decidió acumular las tachas presentadas por Jean Pier Miguel Valverde Ortega, Luis Miguel Caya Salazar y Edwin Roberto Huamani Pérez, pues los argumentos de las tres solicitados eran similares: El ahora excandidato presidencial cuenta con una sentencia por el delito doloso de peculado, catalogado como un delito de corrupción.

Es por ello que el JEE decidió «declarar fundadas las tachas presentada contra» Mario Vizcarra, candidato a la presidencia por Perú Primero.

«En consecuencia, (…) corresponde declarar improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la presidencia y las vicepresidencias de la República presentada por la organización política Partido Político Perú Primero, en el marco de las Elecciones Generales 2026», dice el documento.

La institución se basan en el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 30717) que impide la postulación a «quienes hayan sido condenados por delitos dolosos con pena privativa de libertad». Cabe señalar que el literal J) del artículo en mención se señala que el impedimento se da «aún cuando hubieran sido rehabilitados».

Además, también se basan en el artículo 40 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de candidatos para las Elecciones Generales 2026. Este, en su literal a) del numeral 40.2, señala que «si la tacha contra el candidato a la Presidencia es declarada fundada, las candidaturas a las Vicepresidencias no serán inscritas», es decir, ocasiona que la fórmula en su totalidad no sea admitida.





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Revelan 24 visitas de una joven al despacho de José Jerí cuando era congresista, según reportaje televisivo

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Revelan 24 visitas de una joven al despacho de José Jerí cuando era congresista, según reportaje televisivo


Un reportaje emitido por el programa “Ocurre Ahora”, de ATV, reveló que el presidente de la República, José Jerí, recibió 24 visitas de una misma mujer cuando aún ejercía funciones como congresista, en un periodo de tres meses comprendido entre octubre y diciembre de 2022. La información se sustenta en los registros oficiales de visitas del Congreso de la República.

Según el informe periodístico, la visitante fue identificada como Ana Diburcio, una joven de 29 años, quien —de acuerdo con datos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu)— no registra estudios superiores concluidos. El reportaje señala que las visitas se realizaron en la oficina congresal de Jerí y presentaron duraciones variables, desde encuentros breves hasta reuniones prolongadas.

Uno de los ingresos que más llamó la atención ocurrió el 13 de octubre de 2022, cuando Diburcio registró su entrada a las 9:43 a. m. y su salida recién a las 10:58 p. m., lo que implica una permanencia de más de 13 horas en el despacho del entonces parlamentario, hoy jefe de Estado. El reportaje subrayó que se trata de una de las visitas de mayor duración registradas durante ese periodo.

José Jerí sigue en redes a la joven Ana Diburcio. Foto: difusión.

Asimismo, se detalló que otras reuniones sostenidas ese mismo mes tuvieron una duración aproximada de 30 minutos, una hora y hasta seis horas, según consta en el sistema de control de ingresos del Congreso. Sin embargo, un hecho adicional fue destacado en el informe: el 2 de diciembre de 2022, Ana Diburcio ingresó a la oficina de Jerí a las 10:38 de la mañana, pero no se consignó la hora de salida, lo que generó interrogantes sobre el registro administrativo de visitas.

El reportaje también expuso interacciones previas entre Jerí y Diburcio en redes sociales. En particular, se reveló que en noviembre de 2021, cuando Jerí era congresista, comentó una fotografía de la joven en Instagram con la palabra “Decide”, acompañada de un emoticono de ojos con corazones. Además, se mostró que el hoy presidente marcó con “me gusta” diversas publicaciones de la joven en dicha plataforma digital.

Joven se pronuncia tras reportaje de ATV

Tras la difusión del informe, el equipo periodístico de ATV se comunicó con Ana Diburcio como parte del ejercicio de su derecho a réplica. En declaraciones al programa, la joven explicó que conoció a José Jerí durante actividades políticas.

“Yo he apoyado al partido en campañas. Ahí conocí al ahora presidente José Jerí”, manifestó, sin ofrecer mayores detalles sobre la naturaleza de las reuniones.

Asimismo, Diburcio indicó que no brindará información adicional sobre su vida personal. “Cualquier tipo de consulta es puntual y de manera respetuosa; también le recalco que no doy información de mi vida privada a personas extrañas y menos si no estoy en Perú”, declaró.



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JNJ inicia investigaciones contra juez Richard Concepción Carhuancho por presuntas irregularidades en caso de Mateo Castañeda

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JNJ inicia investigaciones contra juez Richard Concepción Carhuancho por presuntas irregularidades en caso de Mateo Castañeda


La Junta Nacional de Justicia (JNJ) inició una investigación disciplinaria contra el juez Richard Concepción Carhuancho, tras una orden emitida por el Tribunal Constitucional (TC) que dispuso la reevaluación de su actuación como magistrado en el caso conocido como ‘Waykis en la Sombra’. La medida se adopta luego de que el máximo intérprete de la Constitución declarara fundada la demanda presentada por Mateo Castañeda, exabogado de la presidenta Dina Boluarte e investigado en dicho proceso.

La decisión del Tribunal Constitucional responde a una acción presentada por Castañeda, quien cuestionó la demora del juez Concepción Carhuancho en conceder el recurso de apelación contra la prisión preventiva que pesaba en su contra, así como el retraso en elevar el expediente correspondiente a la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional.

Según lo señalado en la resolución del TC, el cuestionamiento se centra en el presunto incumplimiento de los plazos razonables establecidos en el marco del debido proceso, lo que habría afectado el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva del investigado. En ese contexto, el colegiado constitucional ordenó que se evalúe la conducta funcional del magistrado, lo que motivó la intervención de la JNJ.

Cabe recordar que en noviembre de 2024, Richard Concepción Carhuancho dispuso 24 meses de prisión preventiva contra Mateo Castañeda, al atribuirle presunta participación en una organización criminal, tráfico de influencias y otros delitos vinculados al caso ‘Waykis en la Sombra’. Esta decisión generó controversia por la severidad de la medida y el análisis de los presupuestos legales exigidos.

Posteriormente, en diciembre de 2024, la Quinta Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial revocó la prisión preventiva impuesta por Concepción Carhuancho. El colegiado consideró que no se cumplían los requisitos legales necesarios para mantener la medida coercitiva, por lo que ordenó la libertad del investigado bajo otras reglas procesales.

Con la apertura de la investigación por parte de la Junta Nacional de Justicia, se busca determinar si el magistrado incurrió en faltas disciplinarias durante su actuación en el proceso, especialmente en lo referido al manejo de los plazos y al respeto de las garantías procesales.



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