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Ministro de Justicia afirma que el retiro de Perú de la CADH no está en la agenda del Gobierno
El ministro Daniel Maurate sostuvo que “la Procuraduría sabrá responder adecuadamente” respecto al caso del terrorista Víctor Polay
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Maurate, ha asegurado que el retiro de Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, comúnmente conocida como el Pacto de San José de Costa Rica, no se encuentra en la agenda del Gobierno. Además, subrayó el compromiso del Gobierno de la presidenta Dina Boluarte con el respeto al derecho internacional y los compromisos internacionales del país.
«No está en la agenda del Gobierno por ahora. Nosotros somos respetuosos del derecho internacional y de nuestros compromisos internacionales, de manera que somos un país democrático y respetuoso del Estado de derecho, el cual significa cumplir con reglas nacionales y supranacionales», declaró Maurate.
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Ministro de Justicia sobre caso del terrorista Víctor Polay ante la CIDH
El ministro de Justicia y Derechos Humanos también se pronunció sobre la demanda presentada por el terrorista Víctor Polay Campos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual fue admitida por esta entidad. Maurate destacó la firme defensa del Estado peruano en este caso y señaló que la Procuraduría está preparada para responder adecuadamente.
«Había un abandono técnico; sin embargo, alguien, por algún interés, ha despertado el tema. De manera que, seguramente, esto también activará el proceso. Lo que tengo entendido es que la Procuraduría está lista y tiene su estrategia para responder esto», explicó.
El ministro subrayó que se respeta la autonomía de la Procuraduría, que es una entidad plenamente autónoma, pero el Ejecutivo está dispuesto a brindar apoyo para garantizar una defensa eficiente del Estado. Aún no ha tenido conversaciones al respecto con la presidenta de la república, Dina Boluarte, pero anticipó que este tema se abordará en la próxima sesión del Consejo de Ministros.
«La Procuraduría sabrá responder adecuadamente», concluyó el ministro de Justicia y Derechos Humanos.
CIDH admite demanda de terrorista Víctor Polay Campos
Cabe recordar que el pasado 30 de agosto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró admisible la denuncia presentada por el terrorista Víctor Polay Campos, líder del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA). La demanda alega la supuesta violación de sus derechos y garantías judiciales, principalmente en relación con su libertad religiosa, durante su detención en establecimientos penitenciarios. Aunque la demanda fue admitida en marzo de 2022, su divulgación pública se produjo recientemente y aún no se ha programado una fecha para la audiencia correspondiente.
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Indignante: CIDH admite demanda de Víctor Polay contra el Estado peruano
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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento
Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación
Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.
Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.
La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.
La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.
En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:
- Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
- Locales municipales y demás entidades públicas.
- Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
- Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.
Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.
Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.
El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.
Lima, 14 de junio de 2026
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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.
Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/
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