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Por: Arturo Bobbio C. / Un nuevo contrato social y un registro nacional de infractores
Pensadores tan importantes como Thomas Hobbes (1588), John Locke (1632), Jean Jacques Rousseau (1712), Norberto Bobbio y una infinidad más, coincidieron y coinciden, en que para el ser humano la convivencia en sociedad es súper complicada.
Cada persona es un mundo individual producto de sus taras, vivencias, costumbres, traumas, entre otros factores que construyen su personalidad.
Por un lado somos gregarios por naturaleza, pero por el otro solemos tener tendencia a vivir bajo nuestras propias reglas y hacer lo que nos place.
Por ello y para evitar caer en un anarquismo suicida de nuestras sociedades, los individuos que vivimos en ellas y las conformamos, hemos decidido establecer implícitamente un pacto social o contrato social.
Este no es más que un acuerdo de reglas de convivencia entre los individuos que las conforman, buscando instituir sociedades pacíficas y seguras estableciéndose en Estados, este contrato o pacto busca mantener la libertad individual y haciendo uso de esta, se auto impone límites para que el ejercicio de estos derechos individuales no colisionen con los derechos colectivos de la mayoría de sus miembros.
Es así que nace el derecho penal en un intento de regular y poner límites a las acciones antisociales de miembros de la colectividad, detallando en sus instrumentos legales, códigos y normas, las acciones tipificadas como delitos y faltas, así como las sanciones por cometerlos, imponiendo tipos de penas, que pueden ser desde las restrictivas de la libertad, limitativas de derechos o penas de multa, cuando se cometen actividades antisociales consideradas criminales dentro de un país.
Este sistema punitivo ha logrado que avancemos como humanidad, dejando atrás la era del oscurantismo.
Prácticas absurdas como los duelos, la ley del Talion, la Inquisición y otras que demostraban la barbarie y salvajismo al que se puede llegar sin un orden establecido.
Hoy habiendo con éxito regulado y creado un sistema desincentivador de acciones delictivas, ha llegado el momento de firmar un nuevo contrato social, habiendo ya el derecho penal cubierto los delitos y faltas, debemos evolucionar ahora en la búsqueda de mecanismos más efectivos de corrección de lo que se conocen como infracciones.
Estas si bien no son delitos ni faltas, hoy por hoy constituyen el principal problema que evita una convivencia pacífica y armoniosa entre nosotros, siendo esta la dificultad más recurrente para ordenar nuestras ciudades.
Hablamos de actitudes, acciones antisociales que por su levedad no tipifican como delitos ni como faltas, pero la sociedad en su conjunto las rechaza y deplora imponiendo sanciones a quienes las cometen.
Estas sanciones que son generalmente pecuniarias, normalmente no se pagan o ignoran, provocando que el ciudadano sienta que hay impunidad para quien las comete.
Me refiero por ejemplo a quienes miccionan o hacen sus deposiciones en la vía pública, ebrios que vomitan en las calles, quien maneja en estado de ebriedad, dueños de mascotas que no recogen sus excretas, personas que arrojan basura, desmonte o contaminan nuestras ciudades, entre otras tantas que por su levedad no son sancionadas por el derecho penal y que por ello quedan impunes con simples multas municipales que jamás se honran.
Por ello los municipios deben implementar un registro de infractores, el cual deberá estar en Internet.
Esto permitirá exponer el rostro y nombre de los infractores sin retirarlos del registro hasta que paguen sus multas, además de generar ordenanzas de escalonamiento de multas por reincidencias.
Solo con una fiscalización educativa y exponiendo a estos infractores lograremos generar mayor civismo y orden en nuestras ciudades, no soñemos con una ciudad armoniosa, pacifica, segura, eco amigable y ordenada, empecemos a construirla ya.
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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos
Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.
A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.
Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.
El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.
Fuente: Gestión
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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales
El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.
El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.
En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.
Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.
Fuente: RPP
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