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¿VIERON UN DINÁMICO?
El fallo del juez Jorge Chávez Tamariz, al no aplicar la Ley 32108 de crimen organizado en el caso «Los Dinámicos del Centro» en la forma solicitada por los hermanos Cerrón, refleja una postura jurídica sólida y coherente con las obligaciones internacionales del Perú. Esta decisión marca un hito en la interpretación de las leyes nacionales en consonancia con los tratados internacionales, particularmente la Convención de Palermo. Al enfatizar la necesidad de una interpretación amplia y en armonía con los estándares internacionales, el juez ha subrayado la importancia de no permitir que las modificaciones legislativas recientes sean utilizadas para evadir la justicia, especialmente cuando están involucradas figuras políticas que podrían haber influido en dichas modificaciones.
La decisión de Chávez Tamariz es un recordatorio contundente de que la ley no puede ser interpretada de manera aislada, sino que debe ser contextualizada dentro del marco legal internacional al que Perú se ha comprometido. La referencia a la jurisprudencia estadounidense sobre la estructura de organizaciones criminales refuerza la idea de que no es necesario que estas tengan una estructura rígida o jerárquica para ser consideradas como tal, sino que su participación en actividades delictivas organizadas es suficiente para su consideración como crimen organizado. Este enfoque evita que vacíos legales o interpretaciones limitadas debiliten la lucha contra la corrupción y el crimen organizado.
El caso de los hermanos Cerrón es emblemático porque involucra no solo la aplicación de la ley penal, sino también la integridad del sistema judicial frente a posibles abusos de poder por parte de figuras políticas. La decisión del juez de no aceptar el recurso de excepción solicitado por los Cerrón envía un mensaje claro: la ley debe ser aplicada con imparcialidad y rigor, sin permitir que quienes están bajo investigación puedan beneficiarse de las modificaciones legislativas que ellos mismos han promovido. Esto refuerza la confianza en un sistema judicial que debe ser independiente y robusto frente a cualquier intento de manipulación.
Finalmente, el fallo destaca la necesidad de una legislación que esté en sintonía con los desafíos actuales del crimen organizado. Aunque la Ley 32108 no es inconstitucional, como señaló el juez, sus lagunas normativas requieren una interpretación que esté alineada con los estándares internacionales para asegurar que su aplicación sea efectiva. Al rechazar el recurso de los hermanos Cerrón, el juez Chávez Tamariz ha reafirmado el compromiso del Perú con la justicia y la lucha contra la corrupción, estableciendo un precedente importante para casos futuros.
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Alcaldes del Cusco protestan encadenados en Lima
En una medida de protesta sin precedentes, el alcalde del distrito de Huaro, provincia de Quispicanchi (Cusco), Juvenal Humpire, llegó a Lima junto a otros seis alcaldes de la región Cusco para exigir al Gobierno Central la asignación de recursos que permitan culminar importantes obras de infraestructura de salud.
Los siete burgomaestres representan a municipios cuyos proyectos forman parte del Programa Plan Mil, una iniciativa impulsada por el Gobierno, a través del Ministerio de Salud, para construir y mejorar establecimientos de salud en distintos distritos y provincias del país. Sin embargo, denuncian que varias de estas obras, pese a encontrarse en ejecución, no fueron consideradas con el presupuesto necesario para su culminación.
Como medida de protesta, los alcaldes de provincias como Anta, Acomayo, Paruro y Quispicanchi decidieron encadenarse en instituciones del Estado, entre ellas el Congreso de la República y diversos ministerios, con el objetivo de ser escuchados y lograr la asignación de recursos mediante el próximo crédito suplementario.
«Nuestro centro de salud registra un avance del 70 % de ejecución, pero el presupuesto asignado no alcanza para concluir la obra. Necesitamos recursos adicionales para ejecutar el 30 % restante. Si no se aprueba este financiamiento, el proyecto quedará paralizado», manifestó el alcalde Juvenal Humpire.
El burgomaestre expresó su indignación al señalar que las autoridades del Gobierno les aseguraron que los proyectos en continuidad serían priorizados. Sin embargo, sostuvo que en la Ley de Presupuesto se incluyeron nuevos proyectos, mientras varias obras del Plan Mil quedaron sin el financiamiento requerido.
«Somos 17 alcaldes que integramos el Programa Plan Mil de la región cusco y, en esta oportunidad, siete hemos venido a Lima para alzar nuestra voz de protesta. Solo mediante esta medida radical esperamos que el Gobierno Central escuche nuestro pedido. Si no nos asignan el presupuesto en este crédito suplementario, nuestras obras quedarán paralizadas y se generará un grave problema para la población», afirmó.
El nuevo Centro de Salud de Huaro y de los demás distritos beneficiará a cerca de 100 mil habitantes de Huaro y distritos vecinos. La moderna infraestructura permitirá brindar atención médica oportuna y de calidad a miles de niños, adultos mayores y familias que durante décadas han esperado este proyecto.
«Han pasado más de 50 años y nuestro distrito sigue esperando un establecimiento de salud digno. El antiguo centro de salud ya colapsó y hoy, en medio del intenso friaje que afecta a nuestra población, necesitamos culminar esta obra con urgencia. La salud debe ser una prioridad. Gracias a Dios seguimos firmes en esta lucha porque nuestros pueblos no pueden seguir esperando», concluyó el alcalde Juvenal Humpire.
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Multas desde S/660 a quienes circulen con vehículos menores motorizados en ciclovías –
La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través de la Gerencia de Movilidad Urbana, informó que la circulación de vehículos menores motorizados en las ciclovías de Lima constituye una infracción muy grave y se sanciona con una multa de S/660.
La comuna precisó que esta conducta se encuentra tipificada como la infracción M43, establecida en el Decreto Supremo N.° 016-2009-MTC, modificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Además de la sanción económica, la falta implica la acumulación de 50 puntos en el récord del conductor.
Según la normativa vigente, esta infracción se aplica cuando no se respeta el derecho preferente de paso del ciclista o del conductor de vehículos de movilidad personal (VMP), lo que incluye el uso indebido de ciclovías por unidades motorizadas.
La MML recordó que la multa equivale al 12% de una UIT, lo que actualmente representa S/660. Esta medida forma parte del régimen de tránsito que busca ordenar el uso de las vías exclusivas para bicicletas y otros vehículos no motorizados.
La autoridad municipal remarcó que la infracción M43 no contempla medidas preventivas, pero sí se considera de alta gravedad dentro del sistema de fiscalización vial.
En tanto, la Policía Nacional del Perú (PNP), a través de la Dirección de Tránsito, informó que desde el 2 de agosto de 2026 aplicará sanciones contra conductores de motocicletas eléctricas que circulen por ciclovías.
La medida se anunció durante el inicio de una campaña de orientación en Miraflores, que se extenderá por 45 días en las jurisdicciones de Lima norte, centro y sur. Luego de ese periodo, la PNP comenzará la imposición de sanciones.
La institución precisó que las motocicletas eléctricas pertenecen a la categoría vehicular L, por lo que deben circular por la pista y no por ciclovías, las cuales están destinadas exclusivamente a bicicletas y vehículos de movilidad personal como los scooters.
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