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¿Cómo sobrevivieron los 4 niños perdidos durante 40 días en la Amazonía colombiana? – Diario Nacional Realidad.PE
Actualidad RT
Los cuatro niños indígenas que este viernes fueron encontrados tras estar desaparecidos 40 días en la Amazonía de Colombia lograron sobrevivir gracias a sus conocimientos de la selva y porque la propia jungla los “cuidó”, afirmó el presidente del país sudamericano, Gustavo Petro, en declaraciones a la prensa.
Estos menores son “un ejemplo de supervivencia total que quedará en la historia”, destacó el mandatario. Además, indicó que anteriormente mantuvo una conversación telefónica con Fidencio Valencia, abuelo de los infantes, quien le había manifestado que “todo dependía de la selva, que la selva o no les dejaba en sus espíritus […] o que la madre selva los devolvería [vivos]”.
“Se defendieron solos. Es su aprendizaje en las familias indígenas, su aprendizaje de vivir en la selva lo que los ha salvado”, agregó Petro.
Los niños —de 1, 4, 9 y 13 años de edad— se extraviaron el pasado 1 de mayo, cuando la avioneta en la que viajaban se precipitó en una región selvática del departamento de Caquetá. Además de los menores, en la aeronave se encontraban tres adultos, incluyendo la madre de los infantes y el piloto, quienes fueron hallados sin vida dos semanas después del siniestro.
Habilidades de supervivencia.
Los cuidados y conocimientos de la jungla por parte de la hermana mayor fueron cruciales para la supervivencia. Gracias a sus habilidades, la niña de 13 años encontró en la selva lo necesario para mantenerse con vida y proteger a sus hermanos. Ella incluso logró organizar a los demás pequeños para construir con palos y hojas un refugio para descansar y que les brindó algo de protección, reporta la prensa local.
Además, la niña sacó de las maletas del avión algunas pertenencias que posteriormente fueron utilizadas. Según los datos de seguimiento de las Fuerzas Militares de Colombia, los menores caminaban por una zona alrededor del lugar del accidente, buscando la forma de salir de la selva.
En su camino, ellos dejaron varias pistas que ayudaron al grupo de búsqueda y rescate a dar con su paradero, en el departamento de Guaviare, fronterizo con Caquetá. Los rastros hallados incluían unas tijeras, una muñeca, restos de frutas silvestres, una tapa de tetero, pañales para bebés, una especie de cuerdas usadas para atar los palos del refugio, entre otras cosas.
Los niños, junto a su padre y uno de sus abuelos, fueron trasladados este sábado en un avión de la Fuerza Aérea hasta Bogotá, donde fueron ingresados en el Hospital Militar de la capital. El estado de salud de los pequeños es reservado.
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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento
Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación
Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.
Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.
La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.
La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.
En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:
- Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
- Locales municipales y demás entidades públicas.
- Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
- Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.
Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.
Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.
El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.
Lima, 14 de junio de 2026
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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.
Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/
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