Connect with us

Noticias

Conoce hasta cuando se puede cobrar el Bono Alimentario

Webmaster

Published

on


Alrededor de medio millón de personas aún no cobra el subsidio económico

El bono alimentario es un beneficio social económico de 270 soles por parte del gobierno peruano hacia 4.2 millones de personas, las cuales se encuentran en condición de pobreza y pobreza extrema. Este subsidio se podrá cobrar hasta el 30 de abril de 2023. Pasado este plazo, el dinero transferido al Banco de la Nación retormará a la entidad de donde salió.

Esta ayuda monetaria se dio con el fin de apoyar a la población ante el alza de precios de productos de primera necesidad. Si deseas saber si eres acreedor de este beneficio, consulta con tu DNI, aquí: https://www.gob.pe/bonoalimentario

Cabe resaltar, que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) informó que desde noviembre del año pasado hasta la fecha, el pago del Bono Alimentario de S/ 270 destinado a las personas de menos recursos, fue cobrado por 3 726 425 ciudadanos en el país, lo que representa un avance del 87.7%.

Asimismo, la institución pública informó que 490,265 beneficiarios del Bono Alimentario de la modalidad pago por ventanilla aún no cobra el apoyo económico de 270 soles destinado a las personas de menos recursos.

Las regiones con mayor cantidad de personas que aún no se acerca a las ventanillas del banco para cobrar el bono son Lima con 97,327 personas, seguido de Loreto (35,057), Puno (33,104), Cajamarca (32,968) y La Libertad (31,507).

Te puede interesar:

Conoce el primer grupo de regiones beneficiarias del Fertiabono II

Cronograma de pagos del bono alimentario 2023 según estos grupos:

  • Grupo 1: desde el miércoles 2 de noviembre, los beneficiarios que poseen una cuenta bancaria habilitada, y también los que tienen activa sus billeteras digitales como Yape, Tunki y Agora, podrán recibir los S/270.
  • Grupo 2: desde el 9 de noviembre, el grupo beneficiario conformado por personas que viven en comunidades alejadas y sin una infraestructura adecuada del sistema financiero, podrán cobrar a través de los carritos pagadores de las empresas transportadoras de valores.
  • Grupo 3: este grupo integrado por los ciudadanos que no tienen cuenta bancaria ni tampoco tienen un número de celular a su nombre, según informó el Midis, podrán acercarse a las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, previa llamada a la línea gratuita 101 para recibir la confirmación del cobro de los S/270.
  • Grupo 4: desde el 24 de noviembre podrán cobrar el Bono Alimentario los beneficiarios que no tienen cuentas bancarias habilitadas, pero que deberán crearse y aperturar una billetera digital.

Modalidades de pago del Bono Alimentario:

  • Depósito en cuenta: Si tienes una cuenta en el Banco de la Nación o en alguna otra entidad financiera, el Bono Alimentario se depositará automáticamente en tu cuenta, según corresponda el cronograma de pagos.
  • Billetera digital: Para cobrar por YapeTunki o Agora PAY, necesitarás contar con un celular de gama media con línea a tu nombre.
  • Carritos pagadores: Los carritos pagadores o empresas transportadoras de valores (ETV) llegarán a las localidades más alejadas del país, especialmente de la sierra y selva, donde no existen entidades financieras.
  • Pago en agencias bancarias: Este subsidio se entregará en las agencias del Banco de la Nación a través de sus ventanillas, únicamente a las personas que no tienen cuenta de bancos o entidades financieras, o tampoco tienen una línea celular a su nombre.

Finalmente, si deseas conocer más información sobre la fecha de pago que te corresponde o reportar si tienes problemas con tu bono, consulta la plataforma oficial del gobierno: Bono Alimentario.

Lee más:

Conoce cómo acceder al bono para damnificados por lluvias

(function(d, s, id) {
var js, fjs = d.getElementsByTagName(s)[0];
if (d.getElementById(id)) return;
js = d.createElement(s);
js.id = id;
js.src = «//connect.facebook.net/en_US/sdk.js#xfbml=1&version=v2.5»;
fjs.parentNode.insertBefore(js, fjs);
}(document, ‘script’, ‘facebook-jssdk’));



Source link

Continue Reading
Comments

Noticias

MINJUSDH lanza nuevos servicios digitales de Sunarp para proteger el patrimonio de familias y facilitar acceso a la justicia registral

Published

on

“Alerta Registral” y “Apelaciones vía SID-Sunarp” permiten a los ciudadanos prevenir fraudes y ejercer sus derechos desde casa, sin papeleos ni demoras.

1 de julio de 2025 – 10:20 a. m.

En el marco de su política de inclusión y modernización de los servicios públicos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), a través de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), presentó hoy oficialmente la ampliación del servicio digital “Alerta Registral” y la implementación del servicio de “Apelaciones vía SID-Sunarp” con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica en beneficio de la ciudadanía.

Durante la ceremonia, encabezada por el ministro Enrique Alcántara Medrano, se resaltó que ambos servicios no solo consolidan la digitalización de trámites registrales, sino que fortalecen la seguridad jurídica, previenen actos delictivos como la suplantación de identidad, acercan la justicia al ciudadano y garantizan el acceso igualitario a la justicia.

“No se trata solo de digitalizar, sino de humanizar el servicio público. Hoy acercamos el Estado a la gente con hechos, con prevención, con servicios que simplifican la vida”, subrayó el ministro.

Señaló que este servicio gratuito y 100 % digital permite a los titulares registrales recibir alertas por correo o mensaje de texto ante cualquier movimiento que afecte sus bienes inscritos en Sunarp, desde la presentación de títulos hasta la expedición de publicidad registral. Con sus nuevas funcionalidades, también advierte sobre duplicados de placas (alerta de clonación), inclusión de vehículos como garantías mobiliarias y solicitudes de consulta a través del sistema “Conoce Aquí”.

Refirió que, a la fecha, solo en 2025 se han generado más de 3.2 millones de alertas, lo que evidencia la alta acogida de este servicio como una herramienta efectiva de prevención ante posibles fraudes o transferencias irregulares.

Por su parte, el Superintendente Nacional de la Sunarp, Armando Subauste Bracesco, informó que el servicio de “Apelaciones vía SID-Sunarp” permite, desde junio, que cualquier ciudadano pueda impugnar resoluciones registrales electrónicamente, validando su identidad con la plataforma ID-Perú y utilizando su firma electrónica, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina.

Ambas iniciativas se enmarcan en la política del gobierno que lidera la presidenta Dina Boluarte para procurar una gestión pública moderna, abierta y centrada en las personas. Finalmente, se invitó a todos los ciudadanos a afiliarse al servicio “Alerta Registral” desde https://alertaregistral.sunarp.gob.pe  y a utilizar los nuevos canales digitales que Sunarp ha puesto a disposición para mejorar su experiencia registral y proteger su patrimonio.

Continue Reading

Noticias

Disponen la suspensión de la captura de pota en busca de la sostenibilidad de su pesquería

Published

on

La medida entró en vigor a partir de las 00:00 horas del 30 de junio de 2025 y fue oficializada mediante la Resolución Directoral N.º 00112-2025-PRODUCE/DGSFS-PA.

En una decisión que busca equilibrar las necesidades económicas de la pesca de pota con la sostenibilidad del recurso, el Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la suspensión de las actividades extractivas del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), tras un periodo de altos desembarques por la participación de numerosas embarcaciones, lo que fue ocasionado por la gran concentración de este recurso en áreas muy cercanas a la costa, que hicieron más fácil su captura.

“Esta medida no solo obedece a criterios de conservación del recurso, sino también a una gestión responsable que busca garantizar la continuidad de la actividad pesquera en el tiempo. Cuidar la pota es cuidar el sustento de miles de familias peruanas”, señaló el Viceministerio de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.

De acuerdo con la normativa, solo podrán realizar desembarques aquellas embarcaciones que cuenten con autorización de zarpe emitida antes de la entrada en vigencia del cierre.

La publicación oficial de esta resolución se encuentra en el portal institucional del Ministerio de la Producción, reafirmando así su compromiso con la transparencia y el ordenamiento pesquero.

Continue Reading

Trending

Copyright © 2014 - 2023 Limaaldia.pe Es operado por CC Multimedios. | Todos los titulares mostrados en esta página son leídos desde los RSS de los respectivos medios. Limaaldia.pe no tiene responsabilidad por el contenido de dichos titulares, solo se limita a mostrarlos. Si su medio no desea que sus RSS sean publicados en este portal, escríbanos a [email protected]