Lima Norte
Contraloría publicó reglamento para aplicar sanciones contra funcionarios públicos – La Noticia Renovada
La Contraloría General de la República publicó hoy el reglamento del procedimiento administrativo sancionador que se aplicará contra funcionarios que incurran en responsabilidad administrativa funcional.
La Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG establece el reglamento con disposiciones complementarias para que el ente pueda ejercer la potestad sancionadora y llevar a cabo procedimientos administrativos contra funcionarios responsables de actos funcionales.
El documento detalla cómo se conforman y qué atribuciones tiene los órganos relacionados con el procedimiento sancionador y lleva la firma del contralor general, Nelson Shack.
El dispositivo establece la aprobación del reglamento y deja sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 100-2018-CG que aprobó el reglamento de infracciones y sanciones para la determinación de la responsabilidad administrativa funcional. También se deja sin efecto toda disposición que se oponga al reglamento actual salvo las siguientes excepciones:
El artículo 73, hasta la implementación del Sistema de Gestión e-PAS, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional.
También, los artículos 30, 31, 44, 45, 47, 50, 52, 57 y 131, hasta la conformación de la primera Sala integrada por vocales nombrados en el régimen de tiempo completo y dedicación exclusiva, conforme a lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional.
Sanciones de la Contraloría
El Título II del reglamento establece que los funcionarios o servidores públicos que incurran en infracción son sancionadas con una inhabilitación para ejercer la función pública entre 1 y 5 años en casos muy graves.
En caso de infracción grave, la sanción será no menor de 60 días y no mayor a 1 año.
“La sanción de inhabilitación impide la realización de actividades que representen el ejercicio de la función pública, por parte del administrado sancionado. Así también, supone el impedimento para obtener un nuevo cargo, empleo, comisión de carácter público, celebrar contratos administrativos de servicios o contratos de cualquier naturaleza para el ejercicio de función pública”, señala el documento.
La persona sancionada será considerada “automáticamente rehabilitada” cuando se cumpla el plazo de la sanción impuesta.
En primera instancia, se instalará un Órgano Sancionador que será el encargado de conducir las fases sancionadoras del proceso contra los funcionarios responsables de infracciones. En segunda y última instancia, en caso de apelación, el proceso se decidirá en el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, que tendrá competencia a nivel nacional. (Correo).
Lima Norte
Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa
Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.
Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.
El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.
En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %
El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.
En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.
Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución
Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:
La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.
Lima Norte
Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa
Durante proceso electoral 2026.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.
En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.
Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.
De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.
En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.
Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.
Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.
Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.
Fuente: Andina
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