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Empezó presentación de la Declaración Jurada de Intereses – Señal Alternativa

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A partir del 14 de setiembre. Es un requisito indispensable para ejercer la función pública, según la Ley N° 31227.

A partir de hoy, martes 14 de setiembre, las autoridades, funcionarios y servidores públicos que fueron registrados por la máxima autoridad administrativa de su entidad deben presentar su Declaración Jurada de Intereses (DJI) ante la Contraloría General, con la finalidad de prevenir y evitar posibles conflictos de interés en la administración pública.

La DJI comprende información sobre los vínculos familiares, laborales, económicos y financieros del declarante, así como también de su cónyuge o conviviente, con miras a transparentar y resguardar la independencia y objetividad que deben regir las funciones y actividades en la administración pública.

Registro de la DJI de los obligados y obligadas

La presentación de la DJI es un requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública, según la Ley N° 31227. Se realiza a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI) que se encuentra en el portal institucional www.contraloria.gob.pe  

Las claves de acceso al SIDJI han sido remitidas a los correos electrónicos de las y los obligados a presentar la Declaración Jurada de Intereses, la cual debe presentarse en las oportunidades que se detallan a continuación:

DJI de inicio: las personas obligadas y obligados (señalados en el artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 31227) que a la fecha se encuentren ejerciendo funciones.

DJI de inicio y periódica: las personas obligadas que vienen ejerciendo funciones y que debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

DJI de inicio y cese: las personas obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones culminó al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual, luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

DJI de inicio, periódica y cese: las personas obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones ha culminado al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual y que se encontraban ejerciendo funciones y debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

Es importante que la DJI se presente haciendo uso de la firma digital mediante el SIDJI. Excepcionalmente, y por única vez, las personas obligadas y obligados señalados en el artículo 8° del Reglamento, que no cuenten con firma digital, registran su DJI en el SIDJI, la imprimen y presentan con firma manuscrita dentro del mismo plazo señalado por ley a través de la mesa de partes presencial. La presentación excepcional de esta DJI debe efectuarse en sobre cerrado adjuntando una carta simple en las diferentes mesas de partes a nivel nacional de la Contraloría, según el modelo de carta de presentación de las DJI.

Conforme lo señala la Ley N° 31227, están obligadas y obligados a presentar la DJI, el presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros, congresistas, gobernadores regionales y vicegobernadores, alcaldes y regidores, los titulares de las entidades de la administración pública, organismos públicos, programas y proyectos especiales, así como profesionales y técnicos encargados de las contrataciones, entre otros.



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Municipio no ha ejecutado un sol de presupuesto 2025 asignado al vaso de leche. – Señal Alternativa

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Informe de Contraloría advierte de riesgosa desatención a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en periodo de lactancia, así como personas en estado de desnutrición o afectados por tuberculosis.

Al día 26 de agosto del 2025, la gestión municipal de Ancón, reporta 0 % de ejecución presupuestal en la adquisición de insumos para el programa de vaso de leche.

El presupuesto asignado según el portal de transparencia asciende a la suma de 860 mil 754 soles, el mismo que no ha sido ejecutado a la fecha.

En el año 2024, la gestión municipal tuvo un mejor desempeño ejecutó el 100% de su presupuesto asignado al vaso de leche. En tanto, en el 2023, la ejecución fue del 98.5%.

En Ate ejecución apenas llega al 18.1 %

El segundo distrito con más baja ejecución del presupuesto asignado al vaso de leche es la gestión del alcalde Franco Vidal Morales de Ate Vitarte. 7 millones 600 mil soles es el presupuesto asignado y solo reporta un 18.1 % de ejecución.

En los años previos 2023 y el 2024, la gestión municipal ejecutó el 97.9 % y 98.4 % del presupuesto del programa de vaso de leche, respectivamente.

Otras gestiones municipales alcaldes limeños con baja ejecución

Además de las comunas de Ancón y Ate, los distritos de Chorrillos, El Agustino, San Isidro, La Molina y Pueblo Libre, no llegan a la ejecución del 40 % del presupuesto asignado.

Fuera de juego:

La Contraloría en su informe de Orientación de Oficio Nº 006-2025-OCI/2149-SOO de fecha 16 de julio pasado, advirtió que la municipalidad no ha adoptado medidas oportunas y eficaces para garantizar la adquisición y provisión de suministros del Programa Vaso de Leche correspondiente al periodo 2025, situación que podría afectar el cumplimiento de la distribución diaria obligatoria de las raciones alimentarias a la población beneficiaria.



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Toman medidas ante tachas maliciosas contra inscripción de partidos y alianzas. – Señal Alternativa

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Durante proceso electoral 2026.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informa que, frente a la denuncia de diversas organizaciones políticas sobre la presentación de presuntas tachas maliciosas en los procedimientos de inscripción de alianzas electorales, ha dispuesto acciones concretas orientadas a garantizar la legalidad, la transparencia y la buena fe en dichos procesos.

En reciente jurisprudencia, el Pleno del JNE ha precisado que, en aplicación del artículo 73 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) está facultada —y obligada— a evaluar la improcedencia liminar de las tachas que evidencien prácticas dolosas, sin necesidad de convocar a audiencia.

Esta medida busca cerrar el paso a conductas ilícitas y preservar la equidad en el proceso de inscripción de organizaciones políticas.

De manera especial, se tendrá en cuenta aquellos casos en los que la tacha se sustente en la reserva fraudulenta de denominaciones en registros públicos (SUNARP o INDECOPI), lo que contraviene el principio de buena fe procedimental.

En tales circunstancias, la DNROP podrá declarar su improcedencia de manera inmediata y, cuando corresponda, remitir copias a la Procuraduría Pública del JNE y al Colegio de Abogados al que pertenezca el profesional que haya autorizado el escrito, para que se determinen las responsabilidades del caso.

Asimismo, el JNE recuerda que ya se ha puesto en conocimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría de la institución una denuncia contra un ciudadano que, de manera reiterada, habría actuado con fines ilícitos y extorsivos al interponer tachas en procesos de inscripción.

Se ha solicitado que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y que se apliquen sanciones con el máximo rigor de la ley a quienes pretendan distorsionar la participación democrática.

Finalmente, el organismo electoral hace un llamado a todas las organizaciones políticas a denunciar estos hechos sin demora, a fin de interponer las acciones legales pertinentes y evitar que actos maliciosos e ilícitos entorpezcan el normal desarrollo de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina



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