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Fonavi: Mira en este link si eres beneficiario de la devolución de aportes

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Fonavi: Mira en este link si eres beneficiario de la devolución de aportes


La devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) se realiza desde el 21 de diciembre del 2023 y favorece a los peruanos que todavía no han recuperado estos recursos. Conoce aquí toda la información que necesitas para lograr la devolución de tus aportes.

Existe un link oficial para saber si formas parte del Padrón Nacional de Beneficiarios, oficializado por la Resolución Administrativa Nº 001-2023/CAH-LEY Nº 29625. En los sigiuentes párrafos te contamos más detalles.

Para esta devolución de aportes del Fonavi el Ejecutivo ha destinado recursos por 2,400 millones de soles a entregarse antes de Navidad.

Fonavi navideño 2023

“Estamos apostando para que en Navidad los fonavistas puedan cobrar, porque ya van a tener cuentas individuales. Hay recursos por cerca de 2,400 millones de soles y si sumamos las cuentas por cobrar los recursos que tiene el fondo llegan a alrededor de 5,000 millones. Esto, sin duda, ayudará a la reactivación de este segmento vulnerable de la población”, dijo el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras.

Cabe precisar que en caso de que no se tenga la información completa de los aportes se otorgarán las facilidades necesarias a fin de acceder a la devolución.

Si deseas conocer si estás registrado para la devolución de aportes puedes ingresar al siguiente link.

Los datos que deberás consignar son el tipo de documento (DNI, carnet de extranjería o libreta electoral), el número del documento y escribir el código que se mostrará en pantalla. Cabe precisar que la lista de las personas beneficiarias está conformada por un total de 64,272 fonavistas integrantes del Grupo de Pago N° 20.

Detalles devolución del Fonavi

Cabe indicar que en el Diario Oficial El Peruano se publicó la Ley 31928, la cual establece medidas y criterios para la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

La norma modifica tres artículos de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi (Ley 29625), En ella se indica que, si no se cuenta con información sobre los aportes realizados a este fondo, pero sí con evidencia de que la persona laboró durante el periodo de aportaciones, la Comisión Ad Hoc Liquidadora de los Aportes al Fonavi “está facultada para realizar el cálculo del aporte”.

Se indica asimismo que esta comisión “está autorizada para realizar pagos a cuenta a favor del fonavista, sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones”. Para ello, dicha instancia determinará cuáles son los medios para acreditar los aportes efectuados, “incluyendo aquellos que pudiera presentar el fonavista”.

Prioridades

Si el monto total calculado para ser devuelto es menor al monto reconocido “se adopta la solución más beneficiosa para el fonavista”, se establece en la ley. La devolución de aportaciones deberá ser consignada en el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista.

De igual manera, esta norma incluye entre las personas que deben recibir con prioridad la devolución de estos aportes a quienes están registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que padecen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o sus deudos.

Procedimiento para la devolución

La ley establece, en tal sentido, que la Comisión Ad Hoc del en tal sentido, que la Comisión Ad Hoc del Fonavi determine el procedimiento para acreditar a dichas personas, debiendo el Reniec entregar la información que se le requiera al respecto. Asimismo, se fija el orden de prioridad para la devolución de los fondos en los casos en que sean los deudos de los aportantes los que recibirán el dinero.



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El precio oculto del oro: economías armadas, violencia y poder en los territorios extractivos del Perú

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El precio oculto del oro: economías armadas, violencia y poder en los territorios extractivos del Perú

Roberto C. Parra[1]
Consultor forense internacional
Vocero de CONADEMI

De Pataz a las regiones auríferas de África, la expansión de economías criminales revela una transformación preocupante: la violencia puede convertirse en un instrumento para controlar recursos, territorios y trabajadores. En medio de estas disputas, las comunidades mineras tradicionales enfrentan riesgos crecientes y una protección institucional que necesita fortalecerse.

La riqueza mineral y las nuevas formas de violencia

La minería ha formado parte de la historia económica y social del Perú durante siglos. Particularmente, la minería artesanal constituye una actividad tradicional que proporciona trabajo, sustento e identidad productiva a numerosas comunidades. La legislación peruana reconoce su importancia como fuente de empleo y desarrollo en territorios económicamente vulnerables.[1]

Su reconocimiento no implica desconocer los desafíos ambientales, laborales y de formalización, sino distinguir una práctica económica legítima de las organizaciones criminales que utilizan la extracción mineral para obtener beneficios mediante la violencia.

El problema contemporáneo no radica simplemente en la existencia de actividades mineras informales, sino en la aparición de estructuras económicas con capacidad para financiar grupos armados, imponer mecanismos de coerción y disputar el control de yacimientos, galerías y rutas comerciales.

En estas circunstancias, el poder económico puede traducirse en poder territorial, mientras la violencia deja de ser un acontecimiento excepcional para convertirse en un instrumento de regulación criminal del mercado.

Pataz: una crisis que trasciende La Libertad

Pataz representa una de las expresiones más preocupantes de esta transformación. Entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, el distrito registró una tasa de 315 homicidios por cada 100.000 habitantes, frente a un promedio nacional de 6,6, según el Instituto Peruano de Economía.[2] Aunque estas cifras no permiten atribuir automáticamente todos los homicidios a conflictos mineros, constituyen un indicador extraordinario de violencia letal.

El asesinato de 13 trabajadores vinculados a actividades mineras en 2025 evidenció la vulnerabilidad de quienes desarrollan sus labores en espacios donde existen disputas violentas por el control de recursos.[3]

Las consecuencias tampoco se limitan a Pataz. Las redes de transporte, comercialización, financiamiento y circulación de personas pueden extender los efectos de la criminalidad hacia otras provincias de La Libertad. La prensa ha documentado hechos violentos en Trujillo que involucraron a personas relacionadas con la actividad minera de Pataz.[4]

La magnitud del fenómeno obliga a evaluar si la región dispone de capacidades suficientes para prevenir ataques, investigar homicidios, proteger trabajadores y responder a las necesidades de las familias.

Pataz es, además, un ejemplo de una problemática nacional. Ananea, en Puno, e Inambari y Laberinto, en Madre de Dios, presentan también elevadas tasas de homicidios.[2] La coincidencia con territorios extractivos no demuestra causalidad, pero justifica investigar la relación entre economías criminales, disputas territoriales y mortalidad violenta.

El poder económico y la seguridad armada

Una dimensión especialmente sensible es la capacidad de determinados actores económicos para financiar mecanismos armados de protección o control.

En la minería ilegal, organizaciones criminales pueden emplear grupos armados para asegurar instalaciones clandestinas, controlar accesos, intimidar competidores o imponer pagos extorsivos. La violencia puede constituir así una inversión destinada a proteger beneficios económicos.[3]

En paralelo, las empresas mineras formalmente constituidas pueden contratar servicios privados de seguridad. Esta actividad es legítima cuando se desarrolla dentro del marco jurídico. Sin embargo, en territorios donde concurren distintos actores armados, la proliferación de dispositivos de seguridad plantea riesgos que exigen supervisión efectiva.

Es indispensable diferenciar los servicios legalmente autorizados de los grupos armados irregulares. La contratación de seguridad privada no constituye evidencia de criminalidad empresarial. Cualquier denuncia sustentada sobre vínculos entre operadores económicos y estructuras armadas ilegales debe investigarse independientemente.

En medio de estas relaciones desiguales, los trabajadores artesanales pueden quedar expuestos a amenazas, extorsiones y desplazamientos. Muchos carecen de recursos equivalentes para proteger sus actividades y terminan atrapados en conflictos que no controlan.

Zimbabue: la normalización de las muertes evitables

La experiencia de Zimbabue ofrece una perspectiva especialmente relevante. Melusi Nkomo, antropólogo e investigador afiliado al Departamento de Geografía de la Universidad de Zúrich, Suiza, y anteriormente investigador y docente del Programa de Estudios Africanos de la Universidad de Princeton, ha desarrollado investigaciones etnográficas sobre las relaciones entre minería, violencia, trabajo y poder político en África austral.

En su reciente estudio publicado en American Anthropologist (2026), Nkomo documenta cómo los derrumbes, explosiones, enfrentamientos entre grupos y deficiencias de infraestructura sanitaria constituyen riesgos recurrentes para las comunidades vinculadas a la minería artesanal en Kwekwe.[5] Su concepto de abandono calibrado (calibrated neglect) describe una modalidad de ejercicio del poder en la que la protección estatal se posterga frente a riesgos conocidos, mientras las autoridades intervienen selectivamente durante episodios de lesiones, muerte o duelo.

Su investigación plantea una pregunta fundamental para el Perú: ¿están nuestras instituciones organizadas para prevenir riesgos conocidos o principalmente para reaccionar cuando las tragedias ya han ocurrido?

No se trata de equiparar automáticamente las realidades de ambos países, sino de reconocer que la insuficiencia sostenida de protección, prevención e investigación puede contribuir a normalizar daños evitables y perpetuar condiciones de vulnerabilidad.

República Democrática del Congo: la economía de la violencia

Una segunda comparación proviene de la República Democrática del Congo, donde los conflictos armados han mantenido una compleja relación con el control territorial, la explotación de recursos naturales y los intereses económicos de diversos actores.

En The War That Doesn’t Say Its Name, Jason K. Stearns, investigador especializado en los conflictos de África central, analiza la persistencia de la violencia en el este congoleño y explica cómo determinados actores políticos y militares han desarrollado intereses materiales vinculados a su continuidad.[6] Su interpretación permite comprender que, bajo ciertas condiciones, el conflicto no solamente destruye riqueza: también puede generar beneficios para quienes controlan territorios, recursos y redes comerciales.

Durante más de ocho años de experiencia profesional en África, particularmente en la región de los Grandes Lagos de la República Democrática del Congo, he tenido la oportunidad de conocer de cerca las profundas consecuencias humanas de la violencia. Mi participación en investigaciones forenses relacionadas con presuntos crímenes internacionales, incluidos hechos de violencia sexual, tortura, masacres, asesinatos selectivos y enterramientos clandestinos, me ha permitido comprender la complejidad de estos escenarios, en los que convergen factores históricos, políticos, territoriales, económicos e institucionales. Estas experiencias constituyen observaciones profesionales desde la optica forense que invitan a un análisis integral y prudente, evitando atribuciones generalizadas sobre las motivaciones de los actores involucrados.

Si bien la realidad congoleña responde a circunstancias históricas y políticas distintas de las peruanas, ambas experiencias permiten reflexionar sobre una hipótesis relevante: en determinados contextos, los beneficios económicos asociados al control territorial y de recursos pueden generar incentivos que dificultan la reducción de la violencia y la consolidación de soluciones institucionales sostenibles.

Desde esta perspectiva, resulta fundamental que las investigaciones no se limiten a los hechos violentos y sus responsables directos, sino que también examinen, mediante evidencia verificable, las posibles redes de financiamiento, relaciones económicas y estructuras de poder que contribuyen a su persistencia. Comprender estas dinámicas constituye un paso esencial para fortalecer la prevención, la investigación científica y la administración de justicia.

El terrorismo de lucro, la crisis de la evidencia forense y la gobernanza institucional

En este contexto, la expresión terrorismo de lucro adquiere relevancia en el debate público peruano como concepto analítico para examinar determinadas manifestaciones de criminalidad organizada que recurren sistemáticamente a la violencia y la intimidación colectiva para obtener beneficios económicos, controlar mercados y ejercer dominio territorial.[7] Su utilización exige distinguir estas estructuras criminales de la minería artesanal y otras actividades extractivas, evitando generalizaciones que puedan comprometer derechos fundamentales o estigmatizar actividades productivas tradicionales.

La expansión de la criminalidad organizada plantea importantes desafíos para la justicia peruana, particularmente frente a las limitaciones que afectan la producción oportuna de evidencia forense confiable. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML-CF) del Ministerio Público enfrenta brechas estructurales en infraestructura, tecnología, financiamiento, personal especializado y gestión de calidad. Como hemos señalado recientemente junto con otros colegas en un análisis comparativo de los sistemas forenses latinoamericanos (Parra et al., 2026), el sistema forense peruano enfrenta desafíos estructurales relacionados con la fragmentación institucional, la limitada articulación operativa y la ausencia de una estrategia nacional sostenible de gestión de la calidad forense, condiciones que evidencian la necesidad de fortalecer su gobernanza y desarrollo científico.[11]

La dimensión presupuestaria agrava estos desafíos. En 2026, el IML-CF contó con un presupuesto inicial aproximado de S/ 258,2 millones, mientras que en 2025 identificó necesidades adicionales por S/ 134,4 millones.[10] Como ejemplo, resulta preocupante que La Libertad, una región de considerable importancia económica y actividad extractiva, continúe enfrentando deficiencias en su principal sede forense de Trujillo, cuya infraestructura, equipamiento tecnológico y morgue requieren modernización. Esta situación evidencia la necesidad de articular el desarrollo económico regional con una inversión sostenida en capacidades científicas que permitan investigar eficazmente la violencia criminal y garantizar una justicia sustentada en evidencia confiable.

Superar esta situación exige una gobernanza forense moderna, financiamiento sostenible, innovación tecnológica, fortalecimiento del capital humano y sistemas de aseguramiento de la calidad, conforme a los principios de la Declaración de Sídney.[8] La cooperación internacional y la participación responsable del sector privado, mediante transferencia científica y mecanismos como Obras por Impuestos, pueden complementar los esfuerzos estatales, preservando la independencia pericial y la supervisión pública.[9]

Combatir la impunidad requiere fortalecer las capacidades científicas del IML-CF como institución estratégica para el Ministerio Público y la administración de justicia.

La fortaleza del Estado no reside únicamente en sancionar la criminalidad, sino también en su capacidad científica para esclarecer los hechos, combatir la impunidad y proteger los derechos de la sociedad en su conjunto.

Cuando el oro vale más que la vida

Las experiencias de Perú, Zimbabue y la República Democrática del Congo revelan, desde contextos diferentes, una preocupación común: la vulnerabilidad de las poblaciones cuando la riqueza extractiva convive con economías criminales, violencia organizada y capacidades institucionales insuficientes.

Pataz constituye una advertencia nacional sobre la necesidad de proteger las actividades productivas tradicionales, investigar las estructuras económicas que sostienen la violencia y superar las brechas del sistema forense peruano.

La respuesta exige una gobernanza institucional sólida, financiamiento sostenible, modernización tecnológica, cooperación internacional y participación responsable del sector privado, preservando siempre la independencia científica.

Fortalecer el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses resulta esencial para transformar los hallazgos científicos en evidencia confiable al servicio del Ministerio Público y la administración de justicia.

La verdadera fortaleza del Estado no reside únicamente en sancionar la criminalidad, sino en prevenir la violencia, esclarecer científicamente los hechos y garantizar que la vida, la justicia y los derechos de la sociedad prevalezcan sobre cualquier interés económico.

Notas y referencias

[1] Congreso de la República del Perú. (2002). Ley N.º 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal. Texto legal.

[2] Instituto Peruano de Economía. (2026). Cuatro de los diez distritos con más homicidios registran minería informal. IPE. Véase también Ardiles, A. (2026, 29 de septiembre). El mapa de los homicidios: Pataz alcanza una tasa de 315 asesinatos por cada 100 mil habitantes. El Comercio.

[3] Reuters. (2025, 7 de mayo). Grisly Peru mining murders spotlight ‘gold curse’ in the Andes. Reuters. Ministerio del Interior del Perú. (2025, 15 de mayo). Coordinación entre Policía Nacional de Perú y Colombia permitió captura de alias «Cuchillo». Gob.pe.

[4] Ardiles, A. (2026, 29 de septiembre). El mapa de los homicidios. El Comercio. Véase la referencia [2].

[5] Nkomo, M. (2026). Burying futures: Artisanal mining deaths and the politics of negligence in Zimbabwe. American Anthropologist. https://doi.org/10.1111/aman.70120

[6] Stearns, J. K. (2022). The war that doesn’t say its name: The unending conflict in the Congo. Princeton University Press. Editorial.

[7] Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2026, 15 de septiembre). Ministro Álvarez: «El trabajo del INPE se comienza a solucionar con inteligencia llevada a cabo por expertos». Plataforma Digital Única del Estado Peruano. https://www.gob.pe/institucion/minjus/noticias/1444811-ministro-alvarez-el-trabajo-del-inpe-se-comienza-a-solucionar-con-inteligencia-llevada-a-cabo-por-expertos

[8] Roux, C., et al. (2022). The Sydney declaration – Revisiting the essence of forensic science through its fundamental principles. Forensic Science International, 332, 111182. https://doi.org/10.1016/j.forsciint.2022.111182

[9] Congreso de la República del Perú. (2008). Ley N.º 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y sus modificatorias. Marco normativo de Obras por Impuestos.

[10] Ministerio Público – Fiscalía de la Nación. (2025). Información presupuestaria y requerimientos para el fortalecimiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Documentación presentada ante el Congreso de la República del Perú.

Documento institucional: https://www.congreso.gob.pe/Docs/comisiones2024/cean-reforma-integral-sistema-admin/files/ofi_005407_mp_anexo_ru2035765-oficio-5407-2025-mp-fn-segfin-20250908.pdf

Ministerio de Economía y Finanzas. (2026). Consulta Amigable: información presupuestaria del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. https://apps5.mineco.gob.pe/transparencia/Navegador/default.aspx

[11] Parra, R. C., Iannacone, G. C., Alvarez-Godoy, A. G., Castellanos, D., Garcia-Marroquin, R., & Vasquez-Guerrero, J. L. (2026). Latin America in forensic action: Quality standards alone do not provide an infallible quality assurance. En R. C. Parra & A. G. Alvarez-Godoy (Eds.), Forensic Science and Quality Management: Addressing the Era of Standardization in Challenging Environments (cap. 10, pp. 225–250). Wiley.

[1] Experto forense peruano con más de 25 años de experiencia internacional en África, Medio Oriente y Latinoamérica. Vinculado a las Naciones Unidas y exfuncionario del Comité Internacional de la Cruz Roja y del Ministerio Público peruano. Coeditor de Forensic Science and Quality Management: Addressing the Era of Standardization in Challenging Environments(2026), obra de referencia internacional publicada por Wiley bajo los auspicios de la American Academy of Forensic Sciences (AAFS). Especialista en gobernanza y fortalecimiento de sistemas forenses. Su proyecto doctoral en la University of Technology Sydney (UTS) busca fortalecer los sistemas forenses del Sur Global, especialmente en países afectados por la violencia y las limitaciones institucionales, mediante modelos de gobernanza, desarrollo de capacidades y movilización de recursos internacionales complementarios al financiamiento estatal. Más información: www.rcpforensics.com.

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Minsa ordena devolver más de S/ 404 mil a Alkofarma pese a cuestionamientos por contrato millonario

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Minsa ordena devolver más de S/ 404 mil a Alkofarma pese a cuestionamientos por contrato millonario

Una resolución de Cenares, organismo del Ministerio de Salud, dispone gestionar la devolución de una penalidad a la farmacéutica, cuestionada por el suministro de suero fisiológico de procedencia china.

La empresa Alkofarma E.I.R.L. vuelve al centro de la polémica luego de que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares), órgano del Ministerio de Salud (Minsa), reconociera la devolución de S/ 404,528.69 por una penalidad aplicada a la compañía.

La decisión consta en la Resolución Directoral N.° 202-2026-CENARES-MINSA, firmada el 23 de septiembre por Patricia Suárez Beyodas, directora general de Cenares, y sustentada en un acuerdo de conciliación.

El caso se produce en medio de cuestionamientos por una contratación superior a S/ 31 millones para el suministro de suero fisiológico importado de China, producto sobre el cual se reportaron observaciones técnicas, según investigaciones periodísticas.

Asimismo, el diario Del País denunció que la empresa habría sido favorecida con reconocimientos de deuda superiores a S/ 5 millones, además de la devolución de la penalidad.

Si bien la resolución acredita que Cenares reconoció el derecho a recuperar dicho monto, no confirma que el dinero ya haya sido desembolsado ni demuestra por sí sola una irregularidad.

El Ministerio de Salud debe esclarecer los fundamentos de estas decisiones, las observaciones realizadas al producto y las condiciones bajo las cuales se autorizó la devolución de la penalidad, en un caso que involucra millones de soles destinados a la salud pública.

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