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Indecopi ordena retiro de 28 alimentos para mascotas: aquí la lista de productos – Diario Nacional Realidad.PE

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Indecopi ordena retiro de 28 alimentos para mascotas: aquí la lista de productos – Diario Nacional Realidad.PE


El Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual ordenó a Nestlé Perú S.A. retirar 28 de sus productos de alimentos para mascotas (perros y gatos) al probarse que el etiquetado de denominación no reflejaba su verdadera naturaleza, al contener otros tipos de ingredientes no declarados.

De esta manera, la sala confirmó la decisión de la Comisión de Protección al Consumidor Sede Lima Sur N° 2 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

De acuerdo con la Resolución N° 2498-2023/SPC-Indecopi, emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi se trata de los siguientes productos:

  • FELIX CLASSIC CON ATÚN Registro Senasa: A.01.17.I.4351
  • FELIX CLASSIC CON CORDERO Registro Senasa: A.01.17.I.4332
  • FELIX CLASSIC PESCADO BLANCO Registro Senasa: A.01.17.I.4333
  • FELIX CLASSIC CON SALMÓN Registro Senasa: A.01.17.I.4331
  • FELIX CLASSIC CON SARDINA Registro Senasa: A.01.17.I.4345
  • FELIX CLASSIC GATITOS CON PESCADO Registro Senasa: A.01.17.I.4328
  • FELIX PATÉ PESCADO Y ATÚN Registro Senasa: A.29.17.I.0040
  • FELIX TROCITOS DE POLLO EN SALSA Registro Senasa: A.29.17.I.0047
  • FELIX FILETES DE PESCADO Y ATÚN EN SALSA Registro Senasa: A.01.17.I.3378
  • DOG CHOW SALMÓN Registro Senasa: A.01.15.I.4258
  • DOG CHOW POLLO Registro Senasa: A.01.15.I.4261
  • DOG CHOW ADULTOS POLLO Registro Senasa: A.01.15.I.4268
  • DOG CHOW CACHORROS POLLO Registro Senasa: A.01.15.I.4292
  • PURINA DOG CHOW CORDERO Registro Senasa: A.01.15.I.2769
  • PURINA DOG CHOW ADULTOS CON POLLO Registro Senasa: A.01.15.I.4253
  • DOG CHOW PAVO Y POLLO Registro Senasa: A.29.15.I.0090
  • FANCY FEAST CASSEROLE POLLO Registro Senasa: A.01.17.I.3179
  • FANCY FEAST PETITS FILETS SALMÓN Registro Senasa: A.01.17.I.3184
  • FANCY FEAST MOUSSE PESCADO Y CAMARÓN Registro Senasa: A.01.17.I.3180
  • FANCY FEAST PETITS FILETS ATÚN Registro Senasa: A.01.17.I.3169
  • FANCY FEAST TARTARE TRUCHA Registro Senasa: A.01.17.I.3185
  • CAT CHOW GATITOS POLLO Registro Senasa: A.01.17.I.3380
  • CAT CHOW ESTERILIZADOS PESCADO Registro Senasa: A.01.17.I.3379
  • CAT CHOW HYDRO DEFENSE ESTERILIZADOS CON PESCADO Registro Senasa: A.01.17.I.4913
  • CAT CHOW ADULTO POLLO Registro Senasa: A.01.17.I.3377
  • CAT CHOW ADULTOS PESCADO Registro Senasa: A.01.17.I.3368
  • FELIX FANTASTIC DELI CON ATÚN Registro Senasa: A.29.17.I.0148
  • FELIX FANTASTIC MIX CON POLLO Y SALSA SABOR A CANGREJO Registro Senasa: A.01.17.I.4651

Retiro del mercado de productos

Conforme a la decisión del colegiado administrativo, Nestlé Perú S.A. en un plazo de 60 días hábiles, contado desde el día siguiente de notificada la referida resolución, deberá cumplir con retirar del mercado los mencionados 28 productos que contengan los errores detectados, salvo que durante dicho plazo la empresa pueda desplegar otras acciones que cumplan a cabalidad con la misma finalidad, tales como, colocar stickers en sus productos para corregir su conducta, bajo el estricto amparo de las normas sectoriales que corresponda.

Medidas correctivas

Además, de manera inmediata, Nestlé Perú S.A. deberá abstenerse de introducir en el mercado nuevas unidades de los 28 productos mencionados que contengan los errores detectados.

A la par, en un plazo de 15 días hábiles, contado desde el día siguiente de notificada la citada resolución, deberá publicar en sus redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter y TikTok, siempre y cuando posea una cuenta en las mismas) un aviso pre-establecido en el que se detallan los verdaderos componentes de cada uno de aquellos 28 productos, el cual deberá mantenerse en línea por lo menos durante 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de su publicación.

A ello, se suma que en atención a lo dispuesto en el artículo 37° de la Directiva 001-2021-COD-INDECOPI, Directiva Única que regula los Procedimientos de Protección al Consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el colegiado administrativo ordena a la referida empresa que presente a la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 los medios probatorios que acrediten el cumplimiento de las medidas correctivas ordenadas, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contado a partir del vencimiento del plazo que se otorga para cumplir el mandato; bajo apercibimiento de imponer una multa coercitiva, conforme a lo establecido en los artículos 117° de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En caso se produzca el incumplimiento del mandato, la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 deberá actuar de oficio a fin de garantizar el cumplimiento de la decisión de la autoridad, sin perjuicio del derecho que asiste a la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash, de comunicar esa situación a dicha instancia, la cual evaluará la imposición de la multa coercitiva por incumplimiento de medida correctiva, conforme a lo establecido en el artículo 40° de la Directiva 001-2021-COD-Indecopi.

Cabe indicar que dicho colectivo de consumidores fue el que interpuso la denuncia correspondiente, que originó el procedimiento que culminó con las sanciones impuestas a Nestlé Perú S.A.

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN EN EL TOP 3 DE UNIVERSIDADES CON MÁS SOLICITUDES DE PATENTES DE INVENCIÓN EN EL PAÍS

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN EN EL TOP 3 DE UNIVERSIDADES CON MÁS SOLICITUDES DE PATENTES DE INVENCIÓN EN EL PAÍS

La Universidad Señor de Sipán (USS) alcanzó el tercer lugar a nivel nacional en solicitudes de patentes de invención durante 2025, consolidándose como una de las instituciones líderes del país en innovación, investigación aplicada y gestión estratégica de la propiedad intelectual.

Durante el año, la USS registró 30 solicitudes de patentes, resultado de una política institucional orientada a proteger y valorizar el conocimiento generado en sus aulas y laboratorios, convirtiendo la investigación científica en soluciones concretas para la sociedad. Las tecnologías desarrolladas se enfocan principalmente en propuestas biotecnológicas y funcionales de origen natural, con aplicaciones en salud, bienestar, dermatología, control sanitario y prevención de enfermedades.

“Este logro refleja el compromiso de la USS con una investigación que trasciende lo académico y se convierte en innovación al servicio del desarrollo regional y nacional. Apostamos por una ciencia con impacto real en la vida de las personas”, destacó la Dra. Oriana Rivera Lozada de Bonilla, vicerrectora de Investigación.

El posicionamiento alcanzado por la USS también se proyectó internacionalmente con reconocimientos en los certámenes Kiwie 2025 e iCAN 2025, donde obtuvo nueve medallas y cuatro premios especiales a la innovación, fortaleciendo su prestigio como institución generadora de conocimiento competitivo a nivel global.

Asimismo, la USS fue beneficiaria de un fondo de ProCiencia, como entidad asociada, en el marco del Concurso de Desafíos de Innovación para el Desarrollo Regional 2025, mediante un proyecto orientado a la mejora de fibras para la industria textil.

Este resultado, obtenido desde su sede central, marca también la ruta que la universidad busca consolidar en su proceso de expansión nacional. Con la apertura de sus nuevas filiales en Lima, Trujillo y Piura, la USS proyecta fortalecer la misma línea de investigación, innovación y transferencia tecnológica en beneficio de más regiones del país.

De cara al 2026, la USS ha definido como prioridad fortalecer la captación de financiamiento externo para nuevos proyectos de I+D+i, reafirmando su compromiso con la ciencia, la innovación y la transformación del Perú.

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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO

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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO

Rumbo a las Elecciones Generales 2026

  • Organismo electoral de primera instancia intensifica acciones de orientación ciudadana y promoción del Pacto Social

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3, en el marco de las acciones de promoción del Pacto Social “Liga de la Democracia por un Voto Informado”, logró la suscripción de 11 pactos en los distritos de Santiago de Surco, La Molina, Chorrillos y Barranco, iniciativa destinada a ampliar la difusión de información electoral oficial y fortalecer la participación ciudadana de cara a las Elecciones Generales (EG) 2026.

Durante las jornadas informativas el Facilitador e Implementador de Voto Informado (FIVI) de la Dirección Nacional de Educación, Participación y Formación Cívica Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), brindó orientación a jóvenes, emprendedores, docentes, estudiantes y personal administrativo sobre los requisitos de las autoridades a elegir, el proceso electoral y la importancia del voto responsable.

Esto, mediante dinámicas lúdicas y material pedagógico, se reforzaron conocimientos electorales y se promovió una cultura cívica informada en distintos espacios académicos y comunitarios.

El JEE Lima Oeste 3 destacó que entre los nuevos espacios institucionales suscritos al Pacto Social figuran la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL), en La Molina, y la Institución Educativa José María Eguren, en Barranco, cuyos aliados se comprometen a difundir información electoral verificada a través de sus plataformas y entornos institucionales, ampliando el alcance del Programa Voto Informado rumbo a las EG 2026.

El organismo electoral informó que continuará impulsando la suscripción de nuevos pactos sociales en coordinación con instituciones públicas, privadas y organizaciones comunitarias, con el fin de fortalecer la red de aliados y asegurar que más ciudadanos accedan a información oficial, clara y oportuna para el proceso electoral.

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