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La Ética profesional y la Deontología en el ejercicio de la profesión

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La Ética profesional y la Deontología en el ejercicio de la profesión


Por: Jesús Antonio Rivera Oré*

Filósofos que se han ocupado de la Ética

¿Quiénes son los pensadores occidentales que se han ocupado de estudiar y reflexionar sobre un aspecto de la filosofía como es la ética? Ellos son: Aristóteles, Santo Tomas de Aquino, Emanuel Kant, Jean Paul Sartre y Carlos Santiago Nino, quienes a lo largo del tiempo han reflexionado sobre ella y han permitido que sus reflexiones hayan alcanzado a convertirse en normas jurídicas.

Aristóteles y la ética

Para interpretar la moralidad, Aristóteles se formuló la pregunta: ¿Qué es lo bueno hacia lo cual se dirige el comportamiento humano? Roa, (1998), citado por Encinas, (2013), consideró que el bien o lo bueno para el ser humano puede ser descubierto al estudiar su naturaleza esencial y a través de la observación de su comportamiento cotidiano. Observando el actuar del ser humano, resulta fácil coincidir en que persigue la felicidad como fin.

Jean Paul Sartre y la ética

Sartre, se interesó por la estructura de la acción humana y las normas para realizar esta acción. La tesis fundamental de la ontología de Sartre (1946), citado por Encinas (2013) y Fernández Sessarego (2017), es que el hombre es libre, más exactamente, por expresarse en términos puramente sartrianos, el hombre “está condenado a ser libre”.

Sobre la teoría de la moral

La moral, señala Cueva, (2018), impone a la persona una decisión entre las varias acciones necesarias a su cumplimiento, en referencia al sujeto mismo y en consecuencia surge una seria contradicción en decidirse por determinados actos considerados valederos, en relación a otros actos del mismo sujeto causantes de hacer daño.

La doctrina jurídica

¿Una disciplina hermenéutica?

Difícilmente, señala Mark Van Hoecke (2014), puede negarse el hecho que quienes se dedican a la investigación jurídica suelen interpretar textos y discutir qué interpretación elegir de entre varias. En este sentido la doctrina jurídica es una disciplina hermenéutica, de la misma forma que lo es, por ejemplo, el estudio de la literatura o de la historia, aunque esta última lo sea en menor medida.

Teoría de la ética profesional

Conforme lo señala Cueva (2018), la asignatura de ética profesional va ganando espacio en las universidades. Considero que es la mejor manera de dar cumplimiento a las responsabilidades adquiridas en su ejercicio, las cuales deben responder a las necesidades que exige la sociedad contemporánea. La ética profesional se presenta como parte de la Filosofía que examina los deberes y los derechos de los profesionales frente a la sociedad, se le vincula, ordinariamente, con la deontología forense para el área del Derecho.

La abogacía, profesión liberal y su función social

La abogacía como profesión liberal, cumple una función social al servicio del Derecho y, principalmente, al servicio de la Justicia, siendo su objetivo esencial la convivencia social de los seres humanos como fuente fecunda de paz, libertad, progreso y bienestar general, cuya acción no se debe limitar sólo al éxito de la causa que se patrocina o de la función que se cumple en el órgano jurisdiccional o en la entidad pública o la empresa privada.  (Chanamé, 2019)

Globalización, cultura centrada en valores

Hoy la globalización se extiende con gran rapidez y complejidad afectando el orden social, cultural y económico de los países, aseguran las profesoras Debeliuh y Jáuregui (2017). Este fenómeno puede ser una gran oportunidad de crecimiento, pero a su vez puede convertirse en una amenaza para aquellos que no han desarrollado una cultura centrada en valores. Lo que quiero destacar ante ustedes hoy es reflexionar sobre la importancia de la ética en un mundo globalizado y someter a consideración del auditorio la propuesta de redacción de un Código de Ética Tipo para América Latina que permita definir el camino ya trazado por los códigos de ética de cada país como un instrumento para el desarrollo de la abogacía.

*Abogado. Doctor en Derecho. Doctor en Educación. Doctor en Ciencias Políticas. Máster en Derecho Empresarial.  Abogado en ejercicio. Profesor Principal de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Federico Villarreal. Exdecano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima Sur. Presidente del Capítulo Peruano de la Federación Interamericana de Abogados.



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JEE LIMA OESTE 3 RETOMA FUNCIONES CON PRESIDENTE TITULAR

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JEE LIMA OESTE 3 RETOMA FUNCIONES CON PRESIDENTE TITULAR
  • Órgano de justicia electoral en primera instancia continuará evaluando las listas presentadas para las Elecciones Generales 2026

El Pleno del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 retomó oficialmente sus funciones con sus miembros titulares, luego de que el presidente de este órgano electoral se reincorporó tras volver de licencia de cinco días.

Durante dicho período, el despacho fue asumido de manera temporal por el presidente accesitario, magistrado Sandro Omar Aguilar Gaitán, a fin de garantizar la continuidad de la impartición de justicia electoral jurisdiccional de primera instancia.

Con la reincorporación del presidente titular, el órgano electoral continúa desarrollando sus labores en el marco de las Elecciones Generales 2026.

Actualmente, el JEE Lima Oeste 3 tiene a su cargo 37 solicitudes de inscripción de listas de candidatos a diputados por Lima Metropolitana, todas registradas a través del sistema Declara+, lo que comprende la calificación de un total de 1 152 Declaraciones Juradas de Hoja de Vida.

Desde el pasado 23 de diciembre, el JEE viene evaluando de manera permanente las listas presentadas. De acuerdo con el último corte de información realizado al 21 de enero de 2026, se registran dos listas inscritas, 18 en condición de admitidas, una lista improcedente y 16 en estado inadmisible.

Cabe precisar que el JEE Lima Oeste 3 es uno de los órganos electorales con el mayor volumen de hojas de vida  por revisar y calificar, al tener bajo su competencia la inscripción de candidatos que aspiran a ocupar 32 escaños de los 130 correspondientes a diputados para todo el Perú.

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JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA

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JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA

Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE

A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.

De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.

Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.

La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.

El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.

Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.

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