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-Los crímenes de odio, una emergencia perpetua

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Escrito por: Helmut Kessel, Sociedad Secular Humanista del Perú

Un acto terrorista usualmente se motiva en alguna ideología u objetivo político, un argumento religioso o la simple ojeriza contra algún grupo social. Un crimen de odio se podría describir exactamente igual.

En este mes del Orgullo LGBT, recordemos este importante concepto sobre el cual nuestro siguiente Congreso debería legislar, pues se trata de una emergencia perpetua que no cesa año tras año.

Legalmente, un crimen de odio se da cuando el agresor ataca a una persona o grupo únicamente y sin otra motivación que su condición humana o creencias, como la raza, religión u orientación sexual. Si la acción califica como tal, aplica un agravante y la pena por el crimen se hace más severa.

Como ejemplos tenemos las violaciones «correctivas» contra lesbianas, las noches nefastas de salir a la calle a pegarles a las personas transgénero, las golpizas o asesinatos de gays, lesbianas y trans muchas veces por sus propias familias, o incluso los tan conocidos ataques gratuitos contra fans de otros equipos de fútbol.

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Ataque en el Club Pulse de Orlando.

Cualquier crimen contra una persona gay o transgénero no es necesariamente un crimen de odio, pues esto depende de la motivación. Si un gay es asaltado por su billetera o envenenado por un familiar para quedarse con la herencia, no se trata de un crimen de odio. Y nótese que todo aquel que tenga una orientación sexual está cubierto, no solo la población LGBT.

Tal como los actos de terrorismo, el agravante se justifica porque tras el crimen se originan dos víctimas: los individuos atacados y la comunidad a la que pertenecen, a la cual el criminal está enviando un mensaje amenazante que incrementa su sensación de rechazo, restringe su libertad de movimiento e impacta sus posibilidades de adaptación social. Existe entonces un doble crimen que debe ser castigado, además de la necesidad de enfatizar que no se va a tolerar la violencia entre distintos sectores de la sociedad.

Un proyecto de ley sobre este tema se llegó a presentar en el 2017 (P.L. 1378), pero los acontecimientos del 2018 lo truncaron. El objetivo de este proyecto era el proteger mediante la disuasión a ciertas comunidades vulnerables, en particular a la población LGBT, con énfasis en la comunidad transgénero, cuyos miembros son los más proclives a caer víctimas de crímenes de odio.

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Mujer trans atacada en Honduras.

Cuando en el año 2013 se presentó un proyecto de ley similar y tuvo que pasar por la comisión de justicia, ciertos congresistas ligados a instituciones religiosas extirparon de ella las categorías de orientación sexual, identidad de género y afiliación deportiva, dejando intacta la categoría de religión, en un país donde prácticamente nadie es violentado por su religión. Esto causó que se desvirtúe por completo el propósito del proyecto.

Fue fácil para ellos esconderse detrás de cifras nebulosas de crímenes que no se pueden contabilizar fácilmente pues i) la policía no lleva un registro de crímenes de odio, y ii) las familias rara vez los reportan como lo que son.

Ni aquél proyecto de ley ni el derogado Decreto 1323 (2017) tipificaban ni castigaban el llamado “discurso de odio”. Solo regulaban acciones criminales, pues regular opiniones atenta contra la libertad de expresión y es francamente impracticable con nuestro poder judicial.

El Congreso tiene que dejar de meter la cabeza en la arena cuando se trata de la protección de estas comunidades vulnerables que son objeto diario del odio y la discriminación. En juego se encuentran vidas humanas, no solo derechos civiles.

Un crimen de odio no sólo busca matar, violar o agredir a una persona, sino aterrorizar a toda una comunidad y limitar su participación en la sociedad. Y los agresores lo hacen motivados por un odio que usualmente se respalda en argumentos religiosos, políticos o puramente tribalistas. Un crimen de odio es casi indistinto a un acto de terrorismo.

 
Helmut W. Kessel

Sociedad Secular Humanista del Perú

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En el mes del Día del Padre, Cabify Club destaca a quienes se mueven con frecuencia en Lima

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En una ciudad como Lima, moverse no siempre es fácil. Ya sea para llegar temprano a clases, volver a casa después del trabajo o cruzar la ciudad para visitar a tu familia, cada trayecto puede ser una prueba de paciencia, tiempo y energía. Por eso, tener una opción de movilidad segura y de calidad adaptada a la rutina diaria hace una gran diferencia.

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No es necesario esperar una fecha especial para aprovecharlo. Pero en este mes, cuando muchos aumentan sus desplazamientos para estar con sus padres o celebrar en familia, Cabify Club se vuelve un aliado para una movilidad segura y de calidad. 

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MINJUSDH presenta «La Ruta 1348»: una herramienta innovadora para fortalecer los derechos de adolescentes en el sistema de justicia juvenil

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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) ha desarrollado «La Ruta 1348: Los derechos del adolescente en la justicia juvenil», un documento que presenta de manera didáctica y accesible los derechos fundamentales de los adolescentes en conflicto con la ley penal, en el marco del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

Esta iniciativa utiliza el formato de historieta para explicar de manera clara y comprensible los procedimientos legales del proceso penal juvenil, incluyendo la investigación preparatoria, etapa intermedia, juicio oral y aplicación de medidas socioeducativas. Para cumplir estos fines incluye personajes emocionalmente identificables y un enfoque centrado en los derechos humanos.

Este documento, financiado por el Proyecto PRODOC, fue elaborado por el Observatorio Nacional de Política Criminal INDAGA de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, y ofrece una narración sencilla con un final esperanzador que busca generar confianza en el sistema de justicia juvenil.

La primera presentación regional de «La Ruta 1348» se realizó el 30 de mayo en Puno, en el marco de una estrategia nacional para difundir esta herramienta educativa en todo el país. El cronograma de presentaciones continuará en Tumbes (20 de junio), Iquitos (3 de julio), Madre de Dios (18 de julio) y Piura (25 de julio).

«La Ruta 1348» tiene como base el Decreto Legislativo N° 1348 (2017) que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, y su reglamento establecido mediante Decreto Supremo N° 004-2018-JUS. Esta normativa regula integralmente el proceso de responsabilidad penal que se sigue a los adolescentes por la comisión de infracciones, desde las actuaciones policiales hasta la ejecución de medidas socioeducativas.

La versión completa, en formato digital, de «La Ruta 1348» está disponible para consulta pública en el portal web del MINJUSDH y puede descargarse aquí.

Esta herramienta representa un paso significativo hacia la construcción de un sistema de justicia juvenil más comprensible, accesible y respetuoso de los derechos fundamentales de los adolescentes en el Perú.

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