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MINJUSDH: Bloqueo de carreteras vulnera derechos fundamentales y puede configurar delitos penales

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MINJUSDH: Bloqueo de carreteras vulnera derechos fundamentales y puede configurar delitos penales

El cierre de vías afecta gravemente la vida cotidiana de la población y está penado por la ley cuando se entorpece el funcionamiento de servicios públicos o se cometen actos violentos

9 de julio de 2025 – 11:59 a. m.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) reconoce y respeta el derecho constitucional a la protesta pacífica sin atentar contra la propiedad pública y privada, ni generar caos y desorden en las calles. Sin embargo, recuerda a la ciudadanía que los bloqueos de carreteras, más allá de ser una forma de manifestación, pueden afectar gravemente derechos fundamentales y configurar delitos sancionables por el Código Penal.

Desde una perspectiva constitucional y legal, estas acciones limitan el derecho de las personas a la libertad de tránsito, tal como lo establece el numeral 11 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Este derecho garantiza a toda persona la posibilidad de elegir su lugar de residencia, transitar libremente por el territorio nacional y salir o ingresar al país, salvo restricciones judiciales o sanitarias.

Asimismo, el bloqueo de vías atenta contra otros derechos igualmente protegidos, como el derecho a la paz, la tranquilidad, el descanso y el disfrute de un ambiente adecuado para el desarrollo de la vida, hecho consignado en el artículo 2, numeral 22 de la Constitución.

Cuando el tránsito es interrumpido las consecuencias son muchas y afectan a personas que no tienen relación con la protesta. Por ejemplo, puede impedir que una ambulancia llegue a tiempo, que un niño asista a su colegio, que un trabajador llegue a su empleo o que un comerciante venda sus productos. Todo esto impacta directamente en derechos como la salud, la educación, el trabajo y la propiedad privada.

Consecuencias legales
El Código Penal peruano sanciona duramente los actos violentos durante protestas. El delito de disturbios, por ejemplo, puede castigarse con penas de hasta 15 años de prisión si se afectan las vías nacionales. De igual modo, el artículo 283 sanciona el entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos como transporte, electricidad, gas o telecomunicaciones, con penas de hasta 6 años de prisión, y con agravantes que pueden llegar hasta 10 años si se generan daños graves o se afectan infraestructuras esenciales.

Por su parte, el artículo 200, numeral 4, considera como extorsión el uso de la violencia o amenaza para obstaculizar vías de comunicación con el fin de obtener beneficios de las autoridades, sancionando estos actos con penas de entre 5 y 10 años, e incluso cadena perpetua en caso de toma de rehenes.

No solo quienes participan directamente en los bloqueos pueden ser sancionados. La ley también alcanza a quienes colaboran o financian estas acciones. Si alguien provee objetos, materiales o dinero que ayuden a realizar un bloqueo o disturbio, también puede ser procesado y recibir penas de hasta 6 años de prisión.

Finalmente, el MINJUSDH hace un llamado a la ciudadanía a ejercer sus derechos con responsabilidad. En ese sentido, es importante recordar que hay formas legítimas y pacíficas de hacer oír una demanda. Las protestas no deben convertirse en escenarios de violencia o en actos que perjudiquen a la mayoría. Existen canales institucionales y espacios de diálogo que permiten atender los reclamos sociales sin poner en riesgo a la población ni caer en actos delictivos.

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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

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Desde septiembre, OxI Exprés suma dos proyectos y Servicios por Impuestos no tiene procesos

Mientras Obras por Impuestos marca un récord de S/10 263 millones adjudicados, especialistas señalan trabas de gestión en regiones y piden centralizar las contrataciones de emergencia.

A inicios de septiembre, el Gobierno lanzó OxI Exprés, una versión simplificada de Obras por Impuestos (OxI), y un Servicios por Impuestos (SxI) de emergencia para enfrentar el Fenómeno El Niño. Según ProInversión, el régimen excepcional del Decreto de Urgencia 010-2026 registra solo dos adjudicaciones, por poco más de S/6 millones: la reparación de diques en Ica y el reforzamiento estructural de un canal en Cañete, promovidas por las municipalidades distritales de San José de Los Molinos y Santa Cruz de Flores. En SxI hay 167 intervenciones priorizadas, 22 de ellas de emergencia, pero ningún proceso de selección activo. Gonzalo Pereyra, presidente ejecutivo de ProBienes Capital, comentó: “Todavía falta ver más movimiento [de adjudicaciones]”.

Los especialistas apuntan a razones sobre todo de gestión. Karen Ángeles, socia de Hundskopf & García Nores Abogados, recordó que las convocatorias las realiza cada entidad pública y que, en el cambio de administraciones, “no quieren comprometerse, lo que llevará el asunto hasta enero”. Propuso que ProInversión centralice las contrataciones de emergencia hasta que los nuevos funcionarios se adecúen. ProInversión indicó que debe esperar los documentos base que las entidades envíen tras contratar directamente el servicio. Sobre la intervención de la Contraloría durante el proceso, y no antes de adjudicar, Pereyra afirmó: “Tiene sentido la excepción, pero el reto está en acelerar las cosas a nivel regional y local”.

El mecanismo llega con respaldo. Hasta el 22 de octubre se adjudicaron 761 intervenciones OxI por S/10 263 millones en 2026, tres veces el monto del mismo periodo de 2025, y el 64% de las 374 entidades que lo usaron lo hizo por primera vez. El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, indicó a Gestión que se promoverá el “Saldo de Obras por Impuestos”, sin nueva normativa. Ángeles y Pereyra consideran que el plazo para sumarse, hasta el 31 de diciembre de 2027, podría ser corto, pues la reconstrucción posterior al fenómeno toma tiempo.

Fuente: Gestión

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

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Minem reemplaza inspecciones en campo por revisión de documentos para autorizar a mineros informales

El decreto se publica a menos de dos meses del vencimiento del Reinfo, con el objetivo de reducir tiempos y costos, mientras el Ejecutivo propone una nueva ley para la pequeña minería.

El Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) vence el 31 de diciembre de 2026, según la Ley 32537, y el Gobierno ya anunció qué quiere después: una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento. Según sus considerandos, la propuesta eliminaría la protección legal de algunos operadores que, bajo la condición de informales, estarían haciendo minería ilegal. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, declaró a RPP: “El Reinfo hoy día, tal como está, tiene un paraguas legal que protege sobre todo a los mineros ilegales”. “No vamos a hablar de los mineros informales que quieren trabajar bien y vamos a ayudarlos para que se formalicen”, añadió.

En paralelo, un decreto supremo publicado el 2 de noviembre en El Peruano cambió la forma en que el Minem verificará los requisitos de quienes piden autorización para operar. La Dirección General de Formalización Minera revisará la información y los documentos desde una oficina, en lugar de basar la verificación en una inspección en el lugar donde trabaja el minero. La norma modifica el artículo 32 del Decreto Supremo 018-2017-EM y exige comprobar las condiciones del artículo 31, antes de otorgar la autorización de inicio o reinicio de actividades de explotación o beneficio y el título de concesión de beneficio.

Los considerandos justifican el cambio en la necesidad de simplificar el trámite: “Reducir los tiempos de evaluación y los costos asociados, sin comprometer la rigurosidad técnica de las evaluaciones”. El decreto añade que, si una autorización se emite sin cumplir lo exigido, la autoridad competente deberá declararla nula, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Es decir, el procedimiento se agiliza, pero se mantiene la obligación de comprobar que se cumplan las condiciones.

Fuente: RPP

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