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Normas legales: aprueban ley sobre condiciones para alquiler de inmuebles a extranjeros – Diario Nacional Realidad.PE
Fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano dos leyes promulgadas por el Congreso, referidas a la situación de los migrantes, que incluyen condiciones para alquilar inmuebles y restricciones para su ingreso al país, así como a la protección a las mujeres con hijos menores en situación de vulnerabilidad.
Ambas leyes establecen modificaciones a diversos artículos del decreto legislativo 1350 (Decreto Legislativo de Migraciones. Una de ellas es la Ley 31689, que fue aprobada por insistencia en el pleno parlamentario tras ser observada por el Ejecutivo.
Mediante ella se modifica el artículo 61 de dicha norma, estableciendo que quienes arrienden un inmueble a un extranjero deberán exigir que este presente un documento que acredite su situación migratoria. Ello deberá de informarse a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
También se aplican cambios a dos incisos del artículo 63 de esta ley. En ellos se indica que se multará a quienes brinden servicio de alojamiento a extranjeros “sin registrar la nacionalidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos completos, así como el número de documento de identidad o de viaje”, y a quienes no remitan a Migraciones la información del arrendatario.
De igual manera, se modifica el artículo 45 del Decreto Legislativo de Migraciones, para señalar que “por motivos de seguridad nacional, salud pública, orden interno, orden público y seguridad ciudadana se puede limitar el ingreso y tránsito de los extranjeros, de conformidad con el principio de proporcionalidad y soberanía”.
Otra modificación es la aplicada al artículo 10, referida a los deberes de los extranjeros en el país. En el texto se indica que estos deben “respetar el marco normativo vigente, en especial en lo referido al legado histórico y cultural del Perú, al orden público, orden interno, seguridad nacional, seguridad ciudadana y las disposiciones sanitarias y ambientales”.
Protección a las mujeres
La segunda norma (Ley 31685) incorpora un numeral al artículo 11 del Decreto Legislativo de Migraciones para proteger a las mujeres migrantes con hijos menores de edad y en situación vulnerable.
En este se señala que la Cancillería Peruana y Migraciones no expulsan del territorio nacional a las mujeres migrantes con hijos en situación de vulnerabilidad que sean víctimas de violencia familiar y sexual, de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes.
Esta protección se otorga siempre y cuando la mujer “no sea responsable de dicha situación de vulnerabilidad”, se indica en la norma promulgada.
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Actualidad
JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO
Rumbo a las Elecciones Generales 2026
- Organismo electoral de primera instancia intensifica acciones de orientación ciudadana y promoción del Pacto Social
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3, en el marco de las acciones de promoción del Pacto Social “Liga de la Democracia por un Voto Informado”, logró la suscripción de 11 pactos en los distritos de Santiago de Surco, La Molina, Chorrillos y Barranco, iniciativa destinada a ampliar la difusión de información electoral oficial y fortalecer la participación ciudadana de cara a las Elecciones Generales (EG) 2026.
Durante las jornadas informativas el Facilitador e Implementador de Voto Informado (FIVI) de la Dirección Nacional de Educación, Participación y Formación Cívica Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), brindó orientación a jóvenes, emprendedores, docentes, estudiantes y personal administrativo sobre los requisitos de las autoridades a elegir, el proceso electoral y la importancia del voto responsable.
Esto, mediante dinámicas lúdicas y material pedagógico, se reforzaron conocimientos electorales y se promovió una cultura cívica informada en distintos espacios académicos y comunitarios.
El JEE Lima Oeste 3 destacó que entre los nuevos espacios institucionales suscritos al Pacto Social figuran la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL), en La Molina, y la Institución Educativa José María Eguren, en Barranco, cuyos aliados se comprometen a difundir información electoral verificada a través de sus plataformas y entornos institucionales, ampliando el alcance del Programa Voto Informado rumbo a las EG 2026.

El organismo electoral informó que continuará impulsando la suscripción de nuevos pactos sociales en coordinación con instituciones públicas, privadas y organizaciones comunitarias, con el fin de fortalecer la red de aliados y asegurar que más ciudadanos accedan a información oficial, clara y oportuna para el proceso electoral.
Actualidad
JEE LIMA OESTE 3 RECIBIRÁ INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR LIMA METROPOLITANA
Conforme a las competencias asignadas por el Pleno del JNE
A fin de garantizar el adecuado desarrollo de las materias y procedimientos que comprenden las Elecciones Generales 2026
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de candidatos a diputados que cuenta con un total de 32 escaños por Lima Metropolitana en el marco de las Elecciones Generales 2026, conforme a las competencias definidas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.° 0624-2025-JNE.
De acuerdo con la norma, el JEE Lima Oeste 3, con sede en el distrito de Santiago de Surco, tendrá a su cargo la calificación de listas y postulantes, la fiscalización y el procedimiento sancionador respecto de la Declaración Jurada de Hoja de Vida, así como la resolución de tachas y exclusiones.
Asimismo, ejercerá el procedimiento sancionador establecido en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas y la resolución, en primera instancia, de los pedidos de nulidad total vinculados a esta elección dentro del distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana.
La determinación de competencias se produce en el contexto del proceso de inscripción de candidaturas, cuya fecha límite es el 23 de diciembre. En este marco, el JEE Lima Oeste 3 asume un rol central para el distrito electoral múltiple de Lima Metropolitana, uno de los más numerosos del país.
El JNE precisó además que los JEE mantienen sus funciones plenas para resolver expedientes de publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, apelaciones contra lo resuelto por las mesas de sufragio sobre impugnaciones de votos e identidad de los electores, pedidos de nulidad, actas electorales observadas, así como para determinar los casos en los que procederá el recuento de votos dentro del ámbito territorial de su respectiva circunscripción de justicia electoral.
Cabe precisar que, el JEE de Lima Centro 1 tendrá como competencia principal recibir las solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, así como de tramitar la renuncia y retiro de candidatos. En tanto, el JEE Lima Oeste 2 se encargará de la recepción de solicitudes de inscripción de listas de senadores de distrito electoral único.
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