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Teletrabajo: ¿sabías que puede realizarse en el país o en el extranjero? – Diario Nacional Realidad.PE

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Teletrabajo: ¿sabías que puede realizarse en el país o en el extranjero? – Diario Nacional Realidad.PE


El nuevo marco normativo del teletrabajo permite que esta modalidad especial de prestación de labores, de condición regular o habitual, se lleve a cabo dentro del territorio nacional o fuera de este.

El Ejecutivo emitió el domingo 26 de febrero el Decreto Supremo N° 002-2023-TR que aprueba el reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, en el que se establecen los derechos y obligaciones del trabajador y de la empresa, entre otros aspectos.

En ese contexto, el teletrabajador es libre de decidir el lugar o lugares donde se realiza, siempre que este cuente con las condiciones digitales y de comunicaciones necesarias, indica la Dirección de Promoción de la Formalización Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

De acuerdo con la nueva definición de teletrabajo fijada por la Ley 31572, este se caracteriza por el desempeño subordinado de labores de condición regular o habitual sin presencia física del trabajador o servidor civil en el centro de trabajo, con el que mantiene vínculo laboral, efectuándose mediante la utilización de las plataformas y tecnologías digitales. Así, el teletrabajo se caracteriza también por ser voluntario y reversible, temporal o permanente, total o parcial y flexibilizar la distribución del tiempo de la jornada laboral, precisa la citada dirección.

La norma, asimismo, se aplica a las entidades y empresas privadas sujetas a cualquier tipo de régimen laboral. También a las entidades establecidas en el artículo I del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el DS 004-2019-JUS.

En el caso de las modalidades formativas u otras análogas, se les aplicarán las disposiciones de la Ley del Teletrabajo, siempre y cuando no contravengan su naturaleza formativa, detalla la dependencia del MTPE.

Cambio de lugar habitual

En el caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador deberá informarlo al empleador con una anticipación de cinco días hábiles, salvo causa debidamente justificada. En estos casos, el empleador aplicará unilateralmente el mecanismo de autoevaluación alternativo, dispuesto en la referida ley.

La guía señala que el empleador garantiza todas las facilidades para el acceso y la accesibilidad digital del teletrabajador a los sistemas, plataformas, herramientas de ofimática, software de seguridad u otras aplicaciones, necesarias para el desarrollo y cumplimiento de sus funciones, brindándole, además, el soporte tecnológico vía remota. Y, finalmente, que el teletrabajador es responsable del correcto uso de las facilidades brindadas por el empleador.

Obligaciones

El teletrabajador tiene las mismas obligaciones que los trabajadores que laboran bajo la modalidad presencial, de acuerdo con el tipo de régimen laboral al que pertenezca cada teletrabajador, salvo en lo referido a la asistencia al centro de labores. En tanto que el empleador tiene también las mismas obligaciones que las dadas para los trabajadores bajo la modalidad presencial, de acuerdo con el tipo de régimen laboral al que pertenezca cada teletrabajador. La ley regula la provisión de equipos.

Compensación

El reglamento de la ley definirá la forma como se determinan y efectúan las compensaciones por la provisión, uso y cuidado de equipos tecnológicos.


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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN EN EL TOP 3 DE UNIVERSIDADES CON MÁS SOLICITUDES DE PATENTES DE INVENCIÓN EN EL PAÍS

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN EN EL TOP 3 DE UNIVERSIDADES CON MÁS SOLICITUDES DE PATENTES DE INVENCIÓN EN EL PAÍS

La Universidad Señor de Sipán (USS) alcanzó el tercer lugar a nivel nacional en solicitudes de patentes de invención durante 2025, consolidándose como una de las instituciones líderes del país en innovación, investigación aplicada y gestión estratégica de la propiedad intelectual.

Durante el año, la USS registró 30 solicitudes de patentes, resultado de una política institucional orientada a proteger y valorizar el conocimiento generado en sus aulas y laboratorios, convirtiendo la investigación científica en soluciones concretas para la sociedad. Las tecnologías desarrolladas se enfocan principalmente en propuestas biotecnológicas y funcionales de origen natural, con aplicaciones en salud, bienestar, dermatología, control sanitario y prevención de enfermedades.

“Este logro refleja el compromiso de la USS con una investigación que trasciende lo académico y se convierte en innovación al servicio del desarrollo regional y nacional. Apostamos por una ciencia con impacto real en la vida de las personas”, destacó la Dra. Oriana Rivera Lozada de Bonilla, vicerrectora de Investigación.

El posicionamiento alcanzado por la USS también se proyectó internacionalmente con reconocimientos en los certámenes Kiwie 2025 e iCAN 2025, donde obtuvo nueve medallas y cuatro premios especiales a la innovación, fortaleciendo su prestigio como institución generadora de conocimiento competitivo a nivel global.

Asimismo, la USS fue beneficiaria de un fondo de ProCiencia, como entidad asociada, en el marco del Concurso de Desafíos de Innovación para el Desarrollo Regional 2025, mediante un proyecto orientado a la mejora de fibras para la industria textil.

Este resultado, obtenido desde su sede central, marca también la ruta que la universidad busca consolidar en su proceso de expansión nacional. Con la apertura de sus nuevas filiales en Lima, Trujillo y Piura, la USS proyecta fortalecer la misma línea de investigación, innovación y transferencia tecnológica en beneficio de más regiones del país.

De cara al 2026, la USS ha definido como prioridad fortalecer la captación de financiamiento externo para nuevos proyectos de I+D+i, reafirmando su compromiso con la ciencia, la innovación y la transformación del Perú.

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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO

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JEE LIMA OESTE 3 AFIANZA PACTOS SOCIALES EN SURCO, LA MOLINA, CHORRILLOS Y BARRANCO PARA FORTALECER VOTO INFORMADO

Rumbo a las Elecciones Generales 2026

  • Organismo electoral de primera instancia intensifica acciones de orientación ciudadana y promoción del Pacto Social

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3, en el marco de las acciones de promoción del Pacto Social “Liga de la Democracia por un Voto Informado”, logró la suscripción de 11 pactos en los distritos de Santiago de Surco, La Molina, Chorrillos y Barranco, iniciativa destinada a ampliar la difusión de información electoral oficial y fortalecer la participación ciudadana de cara a las Elecciones Generales (EG) 2026.

Durante las jornadas informativas el Facilitador e Implementador de Voto Informado (FIVI) de la Dirección Nacional de Educación, Participación y Formación Cívica Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), brindó orientación a jóvenes, emprendedores, docentes, estudiantes y personal administrativo sobre los requisitos de las autoridades a elegir, el proceso electoral y la importancia del voto responsable.

Esto, mediante dinámicas lúdicas y material pedagógico, se reforzaron conocimientos electorales y se promovió una cultura cívica informada en distintos espacios académicos y comunitarios.

El JEE Lima Oeste 3 destacó que entre los nuevos espacios institucionales suscritos al Pacto Social figuran la Universidad San Ignacio de Loyola (USIL), en La Molina, y la Institución Educativa José María Eguren, en Barranco, cuyos aliados se comprometen a difundir información electoral verificada a través de sus plataformas y entornos institucionales, ampliando el alcance del Programa Voto Informado rumbo a las EG 2026.

El organismo electoral informó que continuará impulsando la suscripción de nuevos pactos sociales en coordinación con instituciones públicas, privadas y organizaciones comunitarias, con el fin de fortalecer la red de aliados y asegurar que más ciudadanos accedan a información oficial, clara y oportuna para el proceso electoral.

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