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Temblor hoy en Perú: Trujillo y Piura fueron remecidas esta tarde por dos sismos – Diario Nacional Realidad.PE

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Temblor hoy en Perú: Trujillo y Piura fueron remecidas esta tarde por dos sismos – Diario Nacional Realidad.PE


Dos temblores de regular magnitud remecieron esta tarde el norte del país, afectando de manera particular a las regiones de La Libertad y Piura, informó el Centro Sismológico Nacional del Instituto Geofísico del Perú (IGP).

El primer sismo se registró en la provincia de Trujillo, región La Libertad, a las 13:15 horas y alcanzó una magnitud de 4.5, con una profundidad de 62 kilómetros.

El epicentro de este movimiento telúrico se localizó en el océano Pacífico, a 50 kilómetros al sur del balneario de Salaverry, distrito del mismo nombre, provincia de Trujillo.

Según el IGP, el evento sísmico se sintió con una intensidad III-IV en Salaverry y fue percibido también en la ciudad de Trujillo, en Chiclayo (Lambayeque) y en Chimbote (Áncash); además de otras localidades como Santiago de Chuco, Laredo y Chepén, en La Libertad; en Huarmey y Antonio Raymondi (Áncash); en La Esperanza, provincia de Santa Cruz (Cajamarca); distrito de Monzón, provincia de Huamalíes (Huánuco; y en Sayán, provincia de Huaura (región Lima).

El segundo temblor se produjo hace unos minutos, a las 14:27 horas, en Piura y registró una magnitud de 4.1, con una profundidad de 12 kilómetros. En un primer momento, el IGP informó que este alcanzó una magnitud de 4.6

El IGP informó que el epicentro de este evento telúrico se localizó también en el océano Pacífico, a 109 kilómetros al sur de la localidad de Sechura, distrito y provincia del mismo nombre.

El organismo científico agregó que el sismo fue sentido con una intensidad III en Sechura y percibido también en la localidad de Huancas Alto, provincia de Ayabaca (Piura); en la ciudad de Chiclayo y el balneario de Pimentel (Lambayeque); y en La Esperanza, provincia de Santa Cruz, y San Ignacio, provincia del mismo nombre (Cajamarca).

Por su parte, la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, a través de su cuenta oficial en Twitter, descartó que ambos eventos telúricos generen un tsunami en el litoral peruano.

El Instituto Nacional de Defensa Civil recomienda que, en caso de sismo, se mantenga la calma y evite el pánico. Asimismo, es necesario elaborar un plan de evacuación familiar y verificar las vías de salida, teniendo a la mano la mochila de emergencia.

Perú se ubica en la zona denominada Cinturón de Fuego del Pacífico, donde se registra aproximadamente el 85 % de la actividad sísmica mundial.

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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