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Emiten pasaporte a niña que requiere trasplante de médula ósea en el extranjero – Diario Nacional Realidad.PE

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Emiten pasaporte a niña que requiere trasplante de médula ósea en el extranjero – Diario Nacional Realidad.PE


La Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) emitió el pasaporte electrónico a la ciudadana Cecilia Maldonado Alfaro y a su hija de iniciales K.A.R.M. de seis (6) años, para que viajen al exterior en los próximos días y realicen a la menor un trasplante de médula ósea, el cual no se efectúa en el Perú

Para este servicio, la institución trasladó al domicilio de la usuaria a un equipo de enrolamiento móvil, el cual es utilizado para atender en hospitales a usuarios que no puedan trasladarse a algunas de las sedes por diversas dificultades físicas. 

La menor K.A.R.M. será operada en los próximos días en el hospital Austral de Buenos Aires (Argentina), gracias al apoyo del Instituto Nacional de Salud del Niño (INSN) y del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), por lo que es indispensable contar con el documento de viaje a fin de evitar inconvenientes. 

“Hice mi solicitud, la respuesta fue bastante rápida, requerimos el pasaporte para irnos a Argentina y realizar el trasplante de la niña. Yo recomiendo que no se dejen llevar por lo que dicen los demás, el trámite fue súper rápido y ya tengo mi documento en la mano”, indicó Cecilia Maldonado.

Pasaporte por temas médicos 

Para acceder a este beneficio, los usuarios deberán ingresar una solicitud de celeridad de trámite de pasaporte electrónico en la Mesa de Partes Digital de la Agencia Digital Migratoria, que se encuentra en el enlace https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad.

Además de realizar el pago de la tasa de S/ 98.60 en el Banco de la Nación o págalo.pe, entrar a la plataforma con sus datos, dar clic en Mesa de Partes, y escoger en tipo y sub tipo la opción de “Solicitudes generales”. 

Los ciudadanos tendrán que adjuntar todos los documentos probatorios que confirmen la necesidad de obtener el pasaporte por un viaje con motivos médicos, educación, visado, entre otros, los cuales son indispensables para la aprobación de la solicitud.

Cabe señalar que un equipo de Migraciones, luego de evaluar el caso, se comunicará con el usuario a fin de coordinar la visita respectiva, y proceder con el trámite de emisión del pasaporte electrónico.



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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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