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ONP y Banco de la Nación firmaron convenio para brindar préstamos hasta 40000 soles a jubilados
Esto con el fin de facilitar el acceso de servicios y productos financieros para los afiliados y pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones
El Banco de la Nación (BN) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) firmaron un convenio marco de colaboración interinstitucional para beneficiar a más de medio millón de adultos mayores que reciben sus pensiones por medio del banco de todos los peruanos.
Este convenio busca fortalecer las operaciones y productos especializados mediante la creación de esta Banca Platino del Banco de la Nación, buscando satisfacer las necesidades de los pensionistas.
La suscripción del mencionado acuerdo permitirá la posterior firma de otros convenios específicos en beneficio de 4′642, 734 afiliados al SNP, 525, 311 pensionistas que cobran pensión a través de la entidad bancaria y los 9,593 pensionistas que utilizan el servicio de Pago a Domicilio y pertenecen al Decreto Ley N.º 19990.
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Este servicio de banca dirigido exclusivamente a adultos mayores permite la prestación de servicios financieros, como la entrega de créditos a tasas de interés muy atractivas, sin necesidad de aval o garantías, y con montos que van desde los 3 000 hasta los 40 000 soles.
¿Qué requisitos necesito para acceder al préstamo de 40 mil soles?
Los requisitos que necesita cumplir un jubilado para solicitar un préstamo en el Banco de la Nación son los siguientes:
- Recibir su pensión en el Banco de la Nación
- Original del DNI
- Original y copia (o boleta virtual) de la última boleta de pago de pensión
- Acercarse, si es posible, a una agencia del BN para la evaluación de su caso
Asimismo, Juan Carlos Galfré, presidente ejecutivo del BN, señaló que la propuesta Banca Platino presenta “muy buenos beneficios para la población que normalmente no ha sido atendida por el sistema financiero. Los pensionistas cuentan con una calidad muy buena en el cumplimiento de sus obligaciones, se encuentra entre las mejores”.
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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento
Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación
Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.
Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.
La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.
La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.
En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:
- Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
- Locales municipales y demás entidades públicas.
- Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
- Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.
Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.
Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.
El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.
Lima, 14 de junio de 2026
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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.
Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.
Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/
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