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Ministra de cultura se pronuncia por falsos seres no humanos

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Ministra de cultura se pronuncia por falsos seres no humanos


Ministra de Cultura se pronuncia tras declaraciones del ufólogo mexicano Jaime Maussan tras la presentación de supuestos cuerpos no humanos

la Cámara de Diputados de México, liderada por el ufólogo Jaime Maussan y otros expertos en extraterrestes y ovnis, que supuestamente fueron hallados en Perú, originó que la ministra de CulturaLeslie Urteaga, haga una pertinente aclaración sobre el controvertido tema que ha atrapado la atención de medios de comunicación y expertos.

«En el Perú no hay ninguna entidad científica que lo haya dicho», dijo la titular de ese sector al ser consultada por la prensa, a su salida de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a donde llegó para sustentar el proyecto de nueva ley del libro.

Además, Urteaga recordó que existe una denuncia penal de parte del Mincul contra algunas personas que habrían tenido relación con los ufólogos que presentaron los seres no humanos en México.

El pasado martes 12 de setiembre, Maussan presentó ante la Cámara de Diputados los supuestos cadáveres de extraterrestres en el marco de la primera audiencia pública sobre Fenómenos Aéreos No Identificados (FANI), antes llamados Objetos Voladores No Identificados (Ovnis).

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Durante su discurso, y en medio de la expectativa de los diputados mexicanos presentes, el ufólogo detalló que los cuerpos fueron hallados en territorio peruano y que estos habían sido estudiados por la Universidad Nacional Autónima de México (UNAM).

«Vamos a presentar dos seres que fueron recuperados en Perú, son cuerpos disecados, encontrados entre las ciudades de Palpa y de Nazca en 2016. Son seres no humanos que no son parte de nuestra evoluación terrestres», señaló Maussan ante decenas de parlamentarios.

«La anatomía de estos seres tridáctilos, porque son tres dedos, no son simples figuras antropomorfas o mitológicas. Se trataba de material orgánico, propio de un huevo, todo nos indica que se trata de un embrión de pocas semanas de gestación. No estamos hablando de ficción, estamos hablando de ciencia», complementó otro de los ufólogos.

Después de que el ufólogo Jaime Maussan presentara en el Congreso de México a las supuestas momias no humanoides,  (con tres dedos) halladas en Perú, han surgido una serie de dudas sobre la autenticidad de estos especímenes.

Muchos creen que se trataría de una farsa, y que quieren hacer creer algo que realmente no es.

 

 

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

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Se prevé multa mínima de S/ 275 000 por incumplimiento

Publican reglamento sobre uso de colegios designados como locales de votación

Una multa no menor de 50 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) se establece para aquella institución educativa y universidad, pública y privada, local municipal y demás entidades públicas; que no cumplan con ceder a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus locales para la instalación y funcionamiento de mesas de sufragio.

Así lo dispone el organismo electoral, en la Resolución Jefatural n.° 000095-2026-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de la Ley n.° 32594. Esta norma modifica el artículo 65 de la Ley n.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para el uso de instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, locales de municipalidades y entidades públicas; edificios públicos no destinados al servicio de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas u otros locales que la ONPE considere idóneos como locales de votación para la instalación de mesas de sufragio.

La finalidad del reglamento – que establece las disposiciones administrativas, operativas y sancionadoras correspondientes – es el correcto funcionamiento y organización de los procesos electorales, garantizar el ejercicio libre, autónomo e independiente del derecho al sufragio y la accesibilidad e idoneidad de los locales de votación. Igualmente, promover la cooperación entre las entidades públicas y privadas, cuyos recintos sean designados para la instalación de mesas de sufragio.

La norma consta de 61 artículos, distribuidos en 10 títulos y 2 disposiciones complementarias finales y comprende aspectos generales, designación de los locales de votación, obligación de los locales de votación designados, actuaciones previas, procedimiento administrativo sancionador, infracción y sanción administrativas, caducidad y prescripción, recursos administrativos, efectivización de sanciones y notificaciones.

En uno de los primeros artículos se fija que las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) designan los locales de votación observando el siguiente orden de preferencia:

  1. Universidades, institutos e instituciones educativas, públicas y privadas, en todos sus niveles.
  2. Locales municipales y demás entidades públicas.
  3. Edificios públicos no destinados a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú o autoridades políticas.
  4. Otros locales que la ONPE/ODPE considere idóneos para el adecuado desarrollo de los procesos electorales.

Según la resolución, las instituciones educativas, públicas y privadas, constituyen la alternativa que reúne las condiciones favorables y óptimas para el adecuado desarrollo de los procesos electorales. En términos generales, cuentan con ambientes adecuados para la instalación de mesas de sufragio, tales como aulas, patios, explanadas y espacios complementarios que permiten albergar un número significativo de electores en óptimas condiciones, considerando que cada mesa de sufragio tiene actualmente hasta 300 electores.

Asimismo, la mayoría de estos locales cuenta, con cercos perimétricos, mecanismos de control de accesos y servicios básicos que permiten resguardar al material electoral y brindar condiciones adecuadas al personal de la ONPE, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de la seguridad del proceso electoral.

El texto normativo fue publicado en el portal web oficial de la ONPE el 5 de junio de 2026, mediante Resolución Jefatural n.° 000094-2026-JN/ONPE, a fin de que durante el plazo de 3 días calendario, contados a partir del del día siguiente de su publicación, los interesados remitan sus comentarios, aportes u opiniones al correo electrónico que se señaló para tal fin. Al revisarse el buzón electrónico consignado para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, no se advirtió comunicaciones remitidas dentro del plazo establecido para tal efecto.

Lima, 14 de junio de 2026

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

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ONPE contabilizó el 100 % de actas del Congreso y Parlamento Andino

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contabilizó este sábado 13 de junio el 100 % de actas electorales correspondientes a las elecciones congresales y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Tras ser resueltas por los diferentes Jurados Electorales Especiales, las actas que estaban pendientes de ser contabilizadas, fueron incorporadas en nuestro Sistema de Cómputo Electoral con lo que se completó la totalidad a las 4:10 p. m.

Los resultados por cada elección pueden visualizarse en: https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/

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